RESOLUCIÓN 3104 2026 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SELECCIONA AL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "PARMENIO PIÑERO" COMO SEDE DE ROTACIÓN DE LA RESIDENCIA DE ARQUITECTURA HOSPITALARIA Y AUTORIZA LA TRAMITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE UN INSTRUCTOR, A FIN DE GARANTIZAR LA FORMACIÓN DE LOS RESIDENTES EN DICHA ESPECIALIDAD. RESIDENCIAS DE SALUD - RESIDENCIA DE ARQUITECTURA HOSPITALARIA - ROTACIÓN DE RESIDENTES - SEDE DE ROTACIÓN - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO - INSTRUCTOR DE RESIDENTES - CONTRATACIÓN DE PERSONAL - CAPACITACIÓN DE POSGRADO - FORMACIÓN PROFESIONAL - SISTEMA DE SALUD - DOCENCIA EN SALUD - ESPECIALIDADES DE SALUD - EFECTORES DE SALUD - FORMACIÓN ASISTENCIAL - MINISTERIO DE SALUD - DIRECCIÓN GENERAL DOCENCIA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL - PLANIFICACIÓN SANITARIA - GESTIÓN EN RED - ADMINISTRACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE HABERES - PUBLICACIÓN OFICIAL
Publicación:
31/07/2026
Sanción:
27/07/2026
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Ordenanza 40.997, la Resolución 2146/MSGC/18, el Expediente EX-2026-
33541770-GCABA-DGDIYDP, y
CONSIDERANDO:
Que las Residencias constituyen un sistema remunerado de capacitación de posgrado
a tiempo completo, con actividad asistencial programada y supervisada, tendiente a
incorporar a todos los profesionales del área de la salud con el objetivo de formar en el
ámbito intra y extra hospitalario, un recurso humano capacitado en beneficio de la
comunidad.
Que se han elaborado cada uno de los Programas para las diversas Residencias, en
pos del accionar de los futuros especialistas, para intervenir en la complejidad y en la
interdisciplinariedad, de acuerdo a las demandas del Sistema de Salud.
Que el programa de formación de la Residencia de Arquitectura Hospitalaria, aprobado
por la Resolución 2146/MSGC/18, prevé la rotación de los residentes como parte de
su formación.
Que la Titular de la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo
Profesional, luego de evaluar la capacidad formadora de los profesionales, la planta
física y las actividades a desarrollar, propicia que, entre las rotaciones previstas para
la Residencia de Arquitectura Hospitalaria, se incluya al Hospital General de Agudos
"Parmenio Piñero".
Que la Ordenanza 40.997 en su artículo 23 inciso "f" establece que los efectores que
no cuenten con sede de residencia pero que reciben residentes rotantes que cumplen
rotaciones obligatorias como parte de su formación, podrán proponer la designación
de un instructor como responsable de dicha formación.
Que, en consecuencia, corresponde autorizar a la Dirección General Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional a tramitar el proceso para la contratación de un
(1) Instructor para la Residencia de Arquitectura Hospitalaria, quien cumplirá sus
funciones en el Hospital previamente indicado, a fin de garantizar el diseño y puesta
en funcionamiento de una rotación de calidad en dicha especialidad.
Que ha brindado su conformidad la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión
en Red.
Que la Dirección General Legal y Técnica de este Ministerio de Salud ha tomado
intervención en el marco de sus competencias.
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Seleccionar al Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero",
perteneciente a este Ministerio de Salud, como sede de rotación para la Residencia de
Arquitectura Hospitalaria.
Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo
Profesional a tramitar el proceso para la contratación de un (1) Instructor de
Residentes de Arquitectura Hospitalaria para desempeñarse en el Hospital indicado en
el artículo 1°.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pasar, para
su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Docencia, Investigación y
Desarrollo Profesional y a la Dirección General de Administración y Liquidación de
Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. González
Bernaldo de Quirós