RESOLUCIÓN 1096 2026 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA EL PLAN CURRICULAR INSTITUCIONAL DEL PROFESORADO DE EDUCACIÓN PRIMARIA PRESENTADO POR EL INSTITUTO NUESTRA SEÑORA DE LAS NIEVES A-587 FIJANDO SU VIGENCIA A PARTIR DEL CICLO LECTIVO 2026 A FIN DE REGULAR LA PROPUESTA PEDAGÓGICA DE LA ENTIDAD EN EL ÁMBITO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - APROBACIÓN DE PLAN CURRICULAR INSTITUCIONAL - PROFESORADO DE EDUCACIÓN PRIMARIA - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PRIVADOS - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA - CICLO LECTIVO 2026
Publicación:
03/08/2026
Sanción:
28/07/2026
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: la Ley nacional 26.206 y sus modificatorias, la Resolución del Consejo Federal
de Educación 476/24, las Leyes 6.053, 6.684 (textos consolidados por la Ley 6.764) y
su modificatoria 6.851, el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones
1.602/MEDGC/24, 890/MEDGC/25 y 1.586/MEDGC/25, el Expediente EX-2025-
41986075-GCABA-DGEGP, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispone el artículo 74 de la Ley nacional 26.206, corresponde a la
actual Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano de la Nación y al
Consejo Federal de Educación acordar los lineamientos para la organización y
administración del sistema de formación docente, así como los parámetros de calidad
que orienten los diseños curriculares;
Que la Resolución del Consejo Federal de Educación 476/24 estableció los
Lineamientos Curriculares Nacionales para la Formación Docente Inicial;
Que la Ley 6.053 establece entre los objetivos y fines de las políticas educativas para
la formación docente, promover una sólida formación inicial y continua; planificar;
evaluar y monitorear los planes, programas y proyectos para la formación docente
inicial y continua, y el desarrollo profesional en los Institutos de Formación Docente; y
desarrollar las capacidades, competencias y los conocimientos necesarios para el
trabajo docente en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo, entre
otros;
Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, entre los cuales se
contempla al Ministerio de Educación, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que conforme a lo establecido en la citada Ley, el Ministerio de Educación tiene entre
sus objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al
desarrollo individual y social; y el de promover la formación y jerarquización profesional
del personal docente, entre otros;
Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la
Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y a la Dirección General
Educación de Gestión Privada bajo la órbita del Ministerio de Educación;
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa tiene entre sus
responsabilidades primarias la de supervisar el proceso de elaboración y evaluación
de los diseños curriculares y planes de estudio;
Que, por su parte, la Dirección General Educación de Gestión Privada tiene entre sus
responsabilidades primarias la de administrar, supervisar, coordinar y acompañar el
subsistema de Educación de Gestión Privada de la jurisdicción, conforme con las
políticas del Ministerio de Educación;
Que por la Resolución 1.602/MEDGC/24 se aprobó en el ámbito de esta jurisdicción el
Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", el cual contempla entre sus principales
políticas la planificación de la formación y carrera docente;
Que por la Resolución 890/MEDGC/25 se aprobó el Diseño Curricular Jurisdiccional
para la Formación Docente de Educación Primaria y se estableció su implementación
a partir del ciclo lectivo 2026 en los Institutos Superiores de Formación Docente de
gestión estatal y de gestión privada detallados en su Anexo II (IF-2025-30003230-
GCABA-DGSFD);
Que por la Resolución 1.586/MEDGC/25 se aprobó el "Procedimiento para la
aprobación de los planes curriculares institucionales de las carreras de formación
docente inicial";
Que, en este marco, el Instituto Nuestra Señora de Las Nieves (A-587) presentó para
su evaluación y posterior aprobación el Plan Curricular Institucional del Profesorado de
Educación Primaria;
Que el referido Plan Curricular Institucional fue evaluado por la Dirección General
Educación de Gestión Privada con dictamen favorable;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Plan Curricular Institucional del
Profesorado de Educación Primaria, presentado por el Instituto Nuestra Señora de Las
Nieves (A-587), el cual tendrá vigencia a partir del ciclo lectivo 2026;
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, la Dirección General
Educación de Gestión Privada y la Gerencia Operativa Innovación y Contenidos
Educativos tomaron intervención en el marco de sus respectivas competencias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el Plan Curricular Institucional del Profesorado de Educación
Primaria, presentado por el Instituto Nuestra Señora de Las Nieves (A-587), de
conformidad con el detalle obrante en el Anexo (IF-2026-16802546-GCABA-DGEGP),
el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Establecer que el Plan Curricular Institucional aprobado por el artículo 1°
tendrá vigencia a partir del ciclo lectivo 2026.
Artículo 3°.- Dejar constancia de que la aprobación realizada por el artículo 1° de la
presente Resolución no lleva implícito el derecho a percibir aporte gubernamental por
parte del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación Educativa, a
la Dirección General Asuntos Jurídicos, a la Gerencia Operativa Innovación y
Contenidos Educativos, a la Subgerencia Operativa Títulos y Legalizaciones y a la
Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y
Perfeccionamiento Docente. Para su conocimiento y demás efectos, girar a la
Dirección General Educación de Gestión Privada. Cumplido, archivar. Miguel