DECRETO 1845 2000
Síntesis:
DESIGNA A MARIA V. ALCARAZ DE FERRONATO COMO DIRECTORA GENERAL EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL ÁREA SECRETARIA DE CULTURA. CESA COMO DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO CULTURAL SAN MARTIN.
Publicación:
27/10/2000
Sanción:
20/10/2000
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 56.097/2000, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.361/2000 (B.O.C.B.A. N° 1000), se modificó a partir del 6 de agosto de 2000, la estructura organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 12/96 (B.O.C.B.A. N° 1) y sus modificatorios;
Que por el Decreto citado en primer término, se aprobó entre otras la estructura organizativa de la Secretaría de Cultura, en sus primeros Niveles;
Que en la misma, se encuentra contemplada la Dirección General de Promoción Cultural, dependiente de la Subsecretaría de Acción Cultural;
Que la referida Secretaría, solicita se designe a partir del 7 de septiembre de 2000, a la Señora María Victoria Alcaraz de Ferronato, D.N.I. N° 12.986.110, CUIL. 27-12986110-5, ficha N° 293.279 como Directora General del organismo que nos ocupa;
Que a efectos de proceder a la cobertura del mencionado cargo, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1° Desígnase a partir del 7 de septiembre de 2000, a la Señora María Victoria Alcaraz de Ferronato, D.N.I. N° 12.986.110, CUIL. 27-12986110-5, ficha N° 293.279 como Directora General de la Dirección General de Promoción Cultural, dependiente de la Subsecretaría de Acción Cultural, de la Secretaría de Cultura, partida 5017.0000.S.99 A.02, asignándosele el 50 % del Adicional Selectivo y Transitorio por Función Superior creado por el artículo 4° del Decreto N° 480/96 (B.O.C.B.A. N° 86), cesa como Directora General del Centro Cultural General San Martín, deja partida 5075.0000.S.99 A.02, retiene sin percepción de haberes la partida 5001.0020.C.02.347 C.24, de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, ambas reparticiones de la citada Secretaría.
Art. 2° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Cultura, de Hacienda y Finanzas y de Gobierno.
Art. 3° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos.