DECRETO 300 2026

Síntesis:

SANCIONA CON CESANTÍA A LA AGENTE F.D. EN EL SUMARIO ADMINISTRATIVO 153/22 - PERSONAL DOCENTE - MINISTERIO DE EDUCACIÓN 

Publicación:

27/08/2026

Sanción:

25/08/2026

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ordenanza 40.593/85, la Ley de Procedimientos Administrativos de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto de Necesidad y Urgencia 1.510/97), la

Ley 1.845, la Resolución 2.260/MEDGC/22, el Expediente EX-2021-29678173-

GCABA-DGAMT, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución 2.260/MEDGC/22 se dispuso la instrucción del Sumario

Administrativo 153/22 a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades

que pudieran corresponder con base a la situación irregular en la que se hallaría

incursa la agente F.D. (identificada en el IF-2026-29610078-GCABA-DGAJUR), quien

solicitó licencias médicas en calidad de Declaración Jurada a través de la plataforma

MIA (Mi Autogestión), presentando un certificado médico presuntamente apócrifo;

Que, en el marco del cumplimiento de la Ley 1.845 de Protección de Datos

Personales, se procedió a reservar la información que identifica a la agente en el

Informe IF-2026-29610078-GCABA-DGAJUR, a los fines de su tratamiento;

Que abierta la etapa de instrucción, y en mérito de los antecedentes y de las pruebas

recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria de la mencionada

agente, la que fue desarrollada ante el organismo instructor;

Que habida cuenta de las constancias obrantes en el expediente, se formularon los

respectivos cargos administrativos;

Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia y acordó con los

cargos formulados por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la agente en cuestión fue debidamente notificada de los cargos formulados, como

así también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y

prueba, derecho que ejerció en legal tiempo y forma;

Que habiendo sido notificada del plazo para alegar, la agente hizo uso de ese

derecho;

Que en virtud de no restar medios de prueba pendientes de producción, se dispuso la

clausura de la etapa de instrucción;

Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, mediante Dictamen Jurídico identificado como IF-2025-

53026245-GCABA-DGSUM, y luego de un pormenorizado análisis de los hechos, de

las pruebas colectadas y teniendo por probada la ocurrencia de los hechos

disvaliosos, aconsejó sancionar con cesantía a la agente F.D. por hallarla responsable

de los cargos formulados en el Sumario Administrativo 153/22 y con ello transgredir los

deberes establecidos en los incisos c, d y g del artículo 6° de la Ordenanza 40.593/85,

quedando aprehendida su conducta en la previsión contemplada en el artículo 36,

inciso f de la citada Ordenanza;

Que el Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acordó con la

sanción aconsejada por la Dirección General de Sumarios;

Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención mediante Dictamen de

Firma Conjunta identificado como IF-2026-08641993-GCABA-DGCDO, en

cumplimiento de lo establecido por el artículo 38 de la Ordenanza 40.593/85;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación

tomó la intervención de su competencia;

Que conforme surge del expediente citado en el Visto, la docente no se encuentra

amparada con el mandato gremial consagrado por la Ley nacional 23.551;

Que en virtud de lo expuesto, lo dictaminado oportunamente por la Procuración

General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la valoración efectuada sobre los

elementos probatorios y las demás constancias obrantes en el Expediente,

corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sancionar con cesantía a la agente F.D., identificada en el IF-2026-

29610078-GCABA-DGAJUR, por haber sido hallada responsable de los cargos

formulados en el Sumario Administrativo 153/22 y con ello transgredir los deberes

establecidos en los incisos c, d y g del artículo 6° de la Ordenanza 40.593/85,

quedando aprehendida su conducta en la previsión contemplada en el artículo 36,

inciso f) de la citada Ordenanza.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el

Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar a la

agente F.D., identificada en el IF-2026-29610078-GCABA-DGAJUR, en los términos

del artículo 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires (Decreto de Necesidad y Urgencia 1.510/97), con copia del Dictamen

Jurídico IF-2025-53026245-GCABA-DGSUM y del referido Informe, haciéndole saber

que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá

articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles el recurso de reconsideración de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ordenanza 40.593/85 o el recurso

previsto en el artículo 466 del Código Contencioso Administrativo y Tributario (Ley

189). Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente

del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Dirección General Asuntos Jurídicos

dependiente del Ministerio de Educación. Para su conocimiento y demás efectos,

remitir a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido,

archivar. MACRI - Miguel - Sánchez Zinny