RESOLUCIÓN 3832 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

INSTRUMENTA EL ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA N° 22/2026 - COMISIÓN CENTRAL - ESTABLECIENDO LA CONTINUIDAD DE SUPLEMENTOS SALARIALES MEDIANTE ADICIONALES COMPENSATORIOS PARA AGENTES REUBICADOS, CON LA FINALIDAD DE EVITAR PERJUICIOS REMUNERATIVOS DERIVADOS DE CAMBIOS DE ESTRUCTURA Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS -  NEGOCIACIÓN COLECTIVA - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - INSTRUMENTACIÓN DE ACUERDO PARITARIO - RELACIONES LABORALES - EMPLEO PÚBLICO - PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE - REUBICACIÓN DE PERSONAL - TRANSFERENCIA DE AGENTES - SUPLEMENTOS SALARIALES - ADICIONAL REMUNERATIVO - ADICIONAL NO REMUNERATIVO - COMPENSACIÓN SALARIAL - MANTENIMIENTO DE HABERES - PROTECCIÓN DE LA REMUNERACIÓN - FONDO ESTÍMULO - CAMBIO DE ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA - MODIFICACIÓN ORGANIZACIONAL - ELIMINACIÓN DE DEPENDENCIAS - TERMINALES AUTOGESTIONADAS - DIRECCIÓN GENERAL TESORERÍA - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE MEDICINA DEL TRABAJO - SUBSECRETARÍA DE HACIENDA - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - BENEFICIARIOS DETERMINADOS - CONDICIONES DE PERCEPCIÓN - PERMANENCIA EN DESTINO - ACUERDO CON SUTECBA - EFECTOS REMUNERATIVOS

Publicación:

28/08/2026

Sanción:

27/08/2026

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 471 Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto 465/04, el Acta de Negociación

Colectiva Comisión Central Acta N° 22/2026, el Expediente Electrónico EX-2026-

38761283-GCABA-DGTALMHF y,

CONSIDERANDO:

Que con fecha 04 de agosto de 2026, se celebró el Acta de Negociación Colectiva

Comisión Central Acta N° 22/2026, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires Consejo Central para la Negociación Colectiva y el Sindicato Único

de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA);

Que motivó la reunión la reubicación de los agentes pertenecientes a la Dirección

General Tesorería que se encontraban prestando servicios y brindando asesoramiento

descentralizado en las Terminales Autogestionadas (TAS), ubicadas en diversas

jurisdicciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las cuales fueron

suprimidas debido a su bajo nivel de uso; y de los agentes pertenecientes a la

Gerencia Operativa Coordinación A.R.T. de la Dirección General Administración de

Medicina del Trabajo, la cual fue eliminada como consecuencia de la modificación de

la estructura del Ministerio de Hacienda y Finanzas efectuada mediante el Decreto N°

173/26;

Que en la CLÁUSULA PRIMERA las partes convienen que, con el fin de no generar un

perjuicio salarial al personal de planta permanente detallado en el Anexo I adjunto a la

presente, en virtud de las reubicaciones efectuadas como consecuencia del cambio de

procedimientos y de estructura mencionado precedentemente, aquellos agentes que,

como consecuencia de dichas reubicaciones, dejen de percibir los suplementos

"Fondo Estimulo R." (ID 6032100) y "Fondo Estimulo Rem." (ID 6032200), comenzarán

a percibir los conceptos "Adicional R. Acta N° 22/26" o "Ad. Rem. Acta N° 22/26",

según corresponda, a partir de su transferencia a otra repartición del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en la CLÁUSULA SEGUNDA acuerdan que los conceptos "Adicional R. Acta N°

22/26" y "Ad. Rem. Acta N° 22/26" mantendrán idénticas reglas y condiciones

salariales a las originalmente establecidas para los conceptos "Fondo Estimulo R." (ID

6032100) y "Fondo Estimulo Rem." (ID 6032200), respectivamente.;

Que en la CLÁUSULA TERCERA convienen que la percepción de los conceptos

"Adicional R. Acta N° 22/26" y "Ad. Rem. Acta N° 22/26" será exclusiva para el

personal comprendido en el Anexo I de la presente, manteniéndose dicha percepción

mientras los agentes continúen revistando en el primer destino posterior a su

transferencia desde la Direccidn General Administración de Medicina del Trabajo de la

Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos o desde la Dirección General

Tesorería de la Subsecretaria de Hacienda, ambas dependientes del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, según corresponda;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471, los acuerdos

arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la

misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumente el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N° 22/2026.

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta

N° 22/2026, suscripta el día 04 de agosto de 2026, entre los representantes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Consejo Central para la

Negociación Colectiva - y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad

de Buenos Aires (SUTECBA), la que como Anexo (IF-2026-38761883-GCABA-

DGTALMHF) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.

Cumplido, archívese. Arengo Piragine


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7440-ACTA N° 22/26

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>El artículo 1° de la Resolución 3832/MHFGC/26 instrumenta el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta 22/2026.</p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución 3832/MHFGC/26 instrumenta el Acta de Negociación Colectiva 22/2026, que establece medidas salariales para agentes reubicados como consecuencia de la modificación de la estructura del Ministerio de Hacienda y Finanzas efectuada por el Decreto 173/26. </p>