RESOLUCIÓN 19 2026 SUBSECRETARIA DE AMBIENTE
Síntesis:
CREA EL PROGRAMA DE RED DE REFUGIOS CLIMÁTICOS PARA LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE LA CABA - SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE - PROGRAMA DE RED DE REFUGIOS CLIMÁTICOS - ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO - PROTECCIÓN DE LA SALUD PÚBLICA - DISTINTIVO DE REFUGIO CLIMÁTICO - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA Y ESTRATEGIA AMBIENTAL - GESTIÓN AMBIENTAL URBANA - PROGRAMAS DE GESTIÓN
Publicación:
10/09/2026
Sanción:
07/09/2026
Organismo:
SUBSECRETARIA DE AMBIENTE
VISTO: La Ley nacional 25.675, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, la Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764) y su modificatoria Ley 6.851, los
Decretos 578/16, 387/23 y sus modificatorios, la Resolución 61/AVJG/26, el
Expediente EX-2026-38521559-GCABA-DGPOLEA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley nacional 25.675, establece los presupuestos mínimos para el logro de una
gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la
diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable;
Que de acuerdo con el Principio de progresividad los objetivos ambientales deberán
ser logrados en forma gradual, a través de metas interinas y finales, proyectadas en un
cronograma temporal que facilite la adecuación correspondiente a las actividades
relacionadas con esos objetivos;
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 26,
establece que el ambiente es patrimonio común y que toda persona tiene derecho a
gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en
provecho de las generaciones presentes y futuras;
Que, en el mismo sentido, el artículo 27 de la citada norma, establece que la Ciudad
desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente
urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que
contemple su inserción en el Área Metropolitana;
Que, por la Ley 6.684 y su Ley modificatoria 6.851 se sancionó la Ley de Ministerios
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contemplando a la Vicejefatura de
Gobierno;
Que por Decreto 387/23 y su modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplando a la Subsecretaría de Ambiente y a sus dependencias, entre
ellas, la Dirección General de Política y Estrategia Ambiental, bajo la órbita de la
Vicejefatura de Gobierno;
Que, por el referido Decreto, la Subsecretaría de Ambiente tiene entre sus
responsabilidades primarias la de diseñar, en coordinación con las áreas competentes,
las políticas de planeamiento, gestión y evaluación del ambiente urbano, en
correspondencia con las establecidas en el orden nacional y área metropolitana;
entender en las políticas de infraestructura verde urbana; desarrollar políticas
orientadas a la sustentabilidad, la eficiencia energética y al uso de fuentes alternativas
de energía; diseñar y desarrollar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de
mitigación y adaptación al cambio climático para un desarrollo sustentable, circular y
bajo en carbono para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras;
Que, asimismo, el Decreto mencionado precedentemente establece entre las
responsabilidades primarias y objetivos de la Dirección General de Política y
Estrategia Ambiental las de "Coordinar y planificar las medidas tendientes a una
adecuada gestión ambiental en materia de mitigación y adaptación al cambio climático,
eficiencia energética y promoción del uso de energía renovable, en coordinación con
las áreas competentes e implementar estrategias para la transición de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires hacia un desarrollo sustentable y bajo en carbono, en
coordinación con las áreas competentes";
Que el Decreto 578/16 establece que el Vicejefe de Gobierno, los Ministros,
Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo aprueban los programas de gestión,
en el marco de sus respectivas competencias, los cuales podrán prever la entrega de
subsidios, becas y premios, dentro de la previsión presupuestaria para el ejercicio;
Que por Resolución 61/AVJG/26, la Vicejefa de Gobierno delegó en las
Subsecretarías de Ambiente, Cultura Ciudadana y Responsabilidad Social y
Relaciones Institucionales y Comunicación la facultad de aprobar los Programas de
Gestión;
Que el cambio climático ha incrementado la frecuencia, intensidad y duración de los
fenómenos meteorológicos extremos, especialmente las olas de calor, las bajas
temperaturas, las tormentas severas y otros eventos que representan un riesgo para la
salud y la vida de la población; Que en ese sentido, las olas de calor constituyen una
de las amenazas naturales más letales, provocando fallecimientos evitables,
especialmente en áreas urbanas;
Que, en dicho marco, la implementación de una red de Refugios Climáticos resulta
una medida de adaptación al cambio climático orientada a brindar espacios seguros,
climatizados y de acceso gratuito, permitiendo reducir la exposición de la población a
temperaturas extremas;
Que numerosas ciudades del mundo han incorporado redes de Refugios Climáticos
como parte de sus políticas de adaptación al cambio climático y protección de la salud
pública, consolidándolas como una herramienta eficaz para disminuir los impactos de
los fenómenos meteorológicos extremos y fortalecer la Ciudad ante emergencias
ambientales;
Que, en conclusión, el programa tendrá como finalidad establecer una Red de
Refugios Climáticos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que permita a la
población contar con espacios adecuados y preparados para reducir los riesgos
asociados a las altas temperaturas, así como contribuir a la concientización sobre la
problemática del cambio climático y a la prevención de sus impactos en la salud y el
bienestar de la población;
Que conferidas, deviene necesario el dictado del acto administrativo correspondiente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Crear el "Programa de Red de Refugios Climáticos" para los
establecimientos públicos y privados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Aprobar los lineamientos para la implementación del "Programa de Red de
Refugios Climáticos" que se detallan en el Anexo I (IF-2026-39369757-GCABA-
DGPOLEA) y la Carta de Adhesión conforme el Anexo II (IF-2026-39369976-GCABA-
DGPOLEA), los que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3°.- Crear el distintivo de Refugio Climático mencionado en el punto VII del
"Programa de Red de Refugios Climáticos" detallado en el Anexo I (IF-2026-
39369757-GCABA-DGPOLEA) que a todos sus efectos forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 4°.- Facultar a la Dirección General de Política y Estrategia Ambiental, o el
área que en un futuro la reemplace, a dictar normas complementarias, operativas,
aclaratorias o interpretativas que resulten necesarias para la adecuada
implementación del Programa creado en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura; a
los Ministerios y Secretarías del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido, archivar. Persini