LEY 6974 2026

Síntesis:

MODIFICA LA LEY 1779 CARTA ORGÁNICA DEL BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES - BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CARTA ORGÁNICA - DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES - UTILIDADES NETAS - FONDO DE RESERVA LEGAL - DONACIONES - APORTE ANUAL A FUNDACIONES - AUMENTO DE CAPITAL - CRÉDITOS HIPOTECARIOS - OBRAS DE INFRAESTRUCTURA - PRESERVACIÓN PATRIMONIAL - PROYECTOS DE INVERSIÓN Y CRECIMIENTO - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Publicación:

21/09/2026

Sanción:

27/08/2026

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

17/09/2026


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Se sustituye el Artículo 45 de la Ley 1779 Carta Orgánica del Banco

Ciudad de Buenos Aires, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 45.- Las utilidades netas que resulten al cierre del ejercicio, se destinan:

a. Al fondo de reserva legal, según el porcentaje que fije la autoridad competente

b. A las donaciones que efectúa el Banco y al aporte anual para la fundación, en los

términos y con los alcances del artículo 9°

c. A aumentar el capital, en cumplimiento del marco normativo que en la materia

establece el Banco Central de la República Argentina; y

d. Del remanente, la parte que supere la necesaria para asegurar la preservación del

patrimonio en valores constantes deberá ser destinado por el Banco Ciudad al

financiamiento de líneas hipotecarias y por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a obras de infraestructura. Los montos que se destinen para las obras

de infraestructura serán distribuidos al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires. El monto destinado a líneas hipotecarias nunca podrá ser menor al 25% del

remanente establecido en este inciso.

A propuesta del Directorio del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el Poder Ejecutivo

podrá aprobar una reducción en el monto a distribuir para contemplar proyectos de

inversión y crecimiento del Banco".

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
MODIFICA
<p>El artículo 1° de la Ley 6.974 sustituye el artículo 45 de la Ley 1.779.</p>