RESOLUCIÓN 130 2026 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

DISPONE LA CREACIÓN DEL COMITÉ ASESOR DE CAPACITACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL COMO ÓRGANO CONSULTIVO NO VINCULANTE DESTINADO A PROPONER PLANES Y PROGRAMAS DE FORMACIÓN PARA MAGISTRADOS/AS, FUNCIONARIOS/AS Y EMPLEADOS/AS, EN EL MARCO DE LOS EJES ESTRATÉGICOS DE GESTIÓN INSTITUCIONAL - MINISTERIO PÚBLICO FISCAL-COMITÉ ASESOR DE CAPACITACIÓN-CAPACITACIÓN INSTITUCIONAL-FORMACIÓN CONTINUA-MAGISTRADOS-FUNCIONARIOS-EMPLEADOS-SECRETARÍA GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES-OFICINA DE CAPACITACIÓN-ASESORAMIENTO NO VINCULANTE

Publicación:

29/09/2026

Sanción:

25/09/2026

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, los artículos 1°, 18, 22 incisos 1 y 7, 23 y concordantes de la Ley N° 1.903, y las

Resoluciones FG Nros. 110/2026 y 111/2026;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dota al

Ministerio Público de autonomía funcional y autarquía, lo que es receptado por los

artículos 1°, 23 y concordantes de la Ley N° 1.903, Orgánica del Ministerio Público.

Que, conforme lo dispone el artículo 3° de la citada ley, el gobierno y la administración

del Ministerio Público están a cargo de sus titulares, señalando el artículo 18 que cada

uno de ellos, en sus respectivos ámbitos, ejerce los actos que resultan necesarios

para el cumplimiento de las funciones encomendadas (inciso 2°).

Que, en ese sentido, por Resolución FG N° 110/2026 se aprobaron los Ejes

Estratégicos de Gestión de la Fiscalía General para el período 2026-2033, donde se

plasman y exteriorizan los ejes temáticos prioritarios a ser abordados desde esta

Institución durante el lapso de tiempo aludido.

Que, a su vez, con el foco en el desarrollo de una gestión orientada a resultados, por

medio de la Resolución FG N° 111/2026 se dispuso la reorganización de la estructura

interna administrativa del Ministerio Público Fiscal, cuyo diseño fue previsto con la

firme voluntad de orientar la labor de toda la organización a la ejecución de planes y

acciones que permitan dar cumplimiento a los ejes estratégicos desarrollados en la

resolución citada en el párrafo anterior.

Que, en ese marco, cabe señalar que la capacitación y formación permanente de los

magistrados, funcionarios y empleados que conforman este Ministerio Público Fiscal

se erige en una política central de esta conducción, toda vez que impacta de modo

directo en el servicio de justicia al dotar a los operadores de las herramientas y

competencias necesarias para el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas.

Que, en efecto, ello fue incluido en el punto 5.1. Formación Continua de los Ejes

Estratégicos de Gestión de la Fiscalía General, entendiéndose que "...las

capacitaciones no se conciben como una oferta genérica ni desvinculada de la gestión,

sino como un instrumento deliberadamente orientado al cumplimiento de los ejes y

subejes estratégicos..." (allí establecidos).

Que, en esa senda, entiendo valioso generar un espacio específico que permita sumar

aportes de magistrados/as, funcionarios/as, expertos/as de diversos ámbitos

profesionales y/o académicos/as, con el objetivo central de debatir y proponer

mecanismos y/o procesos de formación que aborden problemáticas actuales y futuras,

y que puedan traducirse posteriormente, en su instrumentación, en una mejora

concreta y verificable de la respuesta institucional se brinde a dicha temática.

Que, en virtud de lo expuesto, es que entiendo pertinente disponer la creación de un

Comité Asesor de Capacitación, en la órbita de la Fiscalía General, el que funcionará

como un órgano de consulta, no vinculante, para abordar los lineamientos y/o pautas

en materia de capacitación de los integrantes de este Ministerio Público Fiscal, que

luego serán implementados a través de la Oficina de Capacitación dependiente de la

Secretaría General de Relaciones Institucionales.

Que, en lo operativo, dicho Comité Asesor será convocado y presidido por el Fiscal

General, a través de la Secretaría General de Relaciones Institucionales, y estará

integrado de manera permanente por los/as titulares de las Fiscalías Generales

Adjuntas; mientras que, respecto de los/as titulares de las Secretarías Generales,

los/as magistrados/as, funcionarios/as, expertos/as y/o académicos/as, su intervención

se dispondrá especialmente conforme la temática de que deba tratarse.

Que, el mencionado Comité contará con un coordinador ejecutivo que, en este caso,

será el/la titular de la Oficina de Capacitación dependiente de la Secretaría General de

Relaciones Institucionales, quien llevará adelante todas las gestiones administrativas

necesarias para la realización de los encuentros y su debido registro.

Que, cabe destacar, la creación y puesta en funcionamiento del Comité Asesor de

Capacitación no genera erogación presupuestaria alguna, y sus integrantes llevarán

adelante dicha labor de manera ad hoc y ad honorem.

Por ello, y de conformidad con lo previsto en los artículos 124 y 125 de la Constitución

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y las potestades que emanan de la Ley

Orgánica del Ministerio Público (1.903);

EL FISCAL GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la creación del Comité Asesor de Capacitación del Ministerio

Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que tendrá por misión

proponer planes y/o programas de capacitación para los/as magistrados/as,

funcionarios/as y empleados/as del Organismo, con el alcance previsto en los

considerandos de la presente resolución.

Artículo 2°.- Establecer que el Comité Asesor de Capacitación del Ministerio Público

Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires esté bajo la órbita de la Fiscalía

General, y será convocado y presidido por el Fiscal General, a través de la Secretaría

General de Relaciones Institucionales.

Artículo 3°.- El Comité Asesor de Capacitación del Ministerio Público Fiscal de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires estará integrado de manera permanente por los/as

titulares de las Fiscalías Generales Adjuntas; mientras que, respecto de los/as titulares

de las Secretarías Generales, los/as magistrados/as, funcionarios/as, expertos/as y

académicos/as, su intervención se dispondrá especialmente conforme la temática que

sea objeto de abordaje. Dicha labor será cumplida de manera ad hoc y ad honorem.

Artículo 4°.- El Comité Asesor de Capacitación del Ministerio Público Fiscal de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires contará con un Coordinador Ejecutivo, función que

será cumplida de manera ad hoc y ad honorem por el/la titular de la Oficina de

Capacitación, dependiente de la Secretaría General de Relaciones Institucionales.

Artículo 5°.- Regístrese; publíquese en la página de Internet del Ministerio Público

Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; notifíquese a los/as interesados/as; y

comuníquese a todos los integrantes del Ministerio Público Fiscal, al Tribunal Superior

de Justicia, a la Defensoría General, a la Asesoría General Tutelar, al Consejo de la

Magistratura y al Centro de Formación Judicial. Cumplido, Archívese. López Zavaleta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>El artículo 1° de la Resolución 130/FG/26 dispone la creación del Comité Asesor de Capacitación del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la Ley 1.903.</p>