RESOLUCIÓN 130 2026 FISCALÍA GENERAL
Síntesis:
DISPONE LA CREACIÓN DEL COMITÉ ASESOR DE CAPACITACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL COMO ÓRGANO CONSULTIVO NO VINCULANTE DESTINADO A PROPONER PLANES Y PROGRAMAS DE FORMACIÓN PARA MAGISTRADOS/AS, FUNCIONARIOS/AS Y EMPLEADOS/AS, EN EL MARCO DE LOS EJES ESTRATÉGICOS DE GESTIÓN INSTITUCIONAL - MINISTERIO PÚBLICO FISCAL-COMITÉ ASESOR DE CAPACITACIÓN-CAPACITACIÓN INSTITUCIONAL-FORMACIÓN CONTINUA-MAGISTRADOS-FUNCIONARIOS-EMPLEADOS-SECRETARÍA GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES-OFICINA DE CAPACITACIÓN-ASESORAMIENTO NO VINCULANTE
Publicación:
29/09/2026
Sanción:
25/09/2026
Organismo:
FISCALÍA GENERAL
VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, los artículos 1°, 18, 22 incisos 1 y 7, 23 y concordantes de la Ley N° 1.903, y las
Resoluciones FG Nros. 110/2026 y 111/2026;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dota al
Ministerio Público de autonomía funcional y autarquía, lo que es receptado por los
artículos 1°, 23 y concordantes de la Ley N° 1.903, Orgánica del Ministerio Público.
Que, conforme lo dispone el artículo 3° de la citada ley, el gobierno y la administración
del Ministerio Público están a cargo de sus titulares, señalando el artículo 18 que cada
uno de ellos, en sus respectivos ámbitos, ejerce los actos que resultan necesarios
para el cumplimiento de las funciones encomendadas (inciso 2°).
Que, en ese sentido, por Resolución FG N° 110/2026 se aprobaron los Ejes
Estratégicos de Gestión de la Fiscalía General para el período 2026-2033, donde se
plasman y exteriorizan los ejes temáticos prioritarios a ser abordados desde esta
Institución durante el lapso de tiempo aludido.
Que, a su vez, con el foco en el desarrollo de una gestión orientada a resultados, por
medio de la Resolución FG N° 111/2026 se dispuso la reorganización de la estructura
interna administrativa del Ministerio Público Fiscal, cuyo diseño fue previsto con la
firme voluntad de orientar la labor de toda la organización a la ejecución de planes y
acciones que permitan dar cumplimiento a los ejes estratégicos desarrollados en la
resolución citada en el párrafo anterior.
Que, en ese marco, cabe señalar que la capacitación y formación permanente de los
magistrados, funcionarios y empleados que conforman este Ministerio Público Fiscal
se erige en una política central de esta conducción, toda vez que impacta de modo
directo en el servicio de justicia al dotar a los operadores de las herramientas y
competencias necesarias para el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas.
Que, en efecto, ello fue incluido en el punto 5.1. Formación Continua de los Ejes
Estratégicos de Gestión de la Fiscalía General, entendiéndose que "...las
capacitaciones no se conciben como una oferta genérica ni desvinculada de la gestión,
sino como un instrumento deliberadamente orientado al cumplimiento de los ejes y
subejes estratégicos..." (allí establecidos).
Que, en esa senda, entiendo valioso generar un espacio específico que permita sumar
aportes de magistrados/as, funcionarios/as, expertos/as de diversos ámbitos
profesionales y/o académicos/as, con el objetivo central de debatir y proponer
mecanismos y/o procesos de formación que aborden problemáticas actuales y futuras,
y que puedan traducirse posteriormente, en su instrumentación, en una mejora
concreta y verificable de la respuesta institucional se brinde a dicha temática.
Que, en virtud de lo expuesto, es que entiendo pertinente disponer la creación de un
Comité Asesor de Capacitación, en la órbita de la Fiscalía General, el que funcionará
como un órgano de consulta, no vinculante, para abordar los lineamientos y/o pautas
en materia de capacitación de los integrantes de este Ministerio Público Fiscal, que
luego serán implementados a través de la Oficina de Capacitación dependiente de la
Secretaría General de Relaciones Institucionales.
Que, en lo operativo, dicho Comité Asesor será convocado y presidido por el Fiscal
General, a través de la Secretaría General de Relaciones Institucionales, y estará
integrado de manera permanente por los/as titulares de las Fiscalías Generales
Adjuntas; mientras que, respecto de los/as titulares de las Secretarías Generales,
los/as magistrados/as, funcionarios/as, expertos/as y/o académicos/as, su intervención
se dispondrá especialmente conforme la temática de que deba tratarse.
Que, el mencionado Comité contará con un coordinador ejecutivo que, en este caso,
será el/la titular de la Oficina de Capacitación dependiente de la Secretaría General de
Relaciones Institucionales, quien llevará adelante todas las gestiones administrativas
necesarias para la realización de los encuentros y su debido registro.
Que, cabe destacar, la creación y puesta en funcionamiento del Comité Asesor de
Capacitación no genera erogación presupuestaria alguna, y sus integrantes llevarán
adelante dicha labor de manera ad hoc y ad honorem.
Por ello, y de conformidad con lo previsto en los artículos 124 y 125 de la Constitución
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y las potestades que emanan de la Ley
Orgánica del Ministerio Público (1.903);
Artículo 1°.- Disponer la creación del Comité Asesor de Capacitación del Ministerio
Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que tendrá por misión
proponer planes y/o programas de capacitación para los/as magistrados/as,
funcionarios/as y empleados/as del Organismo, con el alcance previsto en los
considerandos de la presente resolución.
Artículo 2°.- Establecer que el Comité Asesor de Capacitación del Ministerio Público
Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires esté bajo la órbita de la Fiscalía
General, y será convocado y presidido por el Fiscal General, a través de la Secretaría
General de Relaciones Institucionales.
Artículo 3°.- El Comité Asesor de Capacitación del Ministerio Público Fiscal de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires estará integrado de manera permanente por los/as
titulares de las Fiscalías Generales Adjuntas; mientras que, respecto de los/as titulares
de las Secretarías Generales, los/as magistrados/as, funcionarios/as, expertos/as y
académicos/as, su intervención se dispondrá especialmente conforme la temática que
sea objeto de abordaje. Dicha labor será cumplida de manera ad hoc y ad honorem.
Artículo 4°.- El Comité Asesor de Capacitación del Ministerio Público Fiscal de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires contará con un Coordinador Ejecutivo, función que
será cumplida de manera ad hoc y ad honorem por el/la titular de la Oficina de
Capacitación, dependiente de la Secretaría General de Relaciones Institucionales.
Artículo 5°.- Regístrese; publíquese en la página de Internet del Ministerio Público
Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; notifíquese a los/as interesados/as; y
comuníquese a todos los integrantes del Ministerio Público Fiscal, al Tribunal Superior
de Justicia, a la Defensoría General, a la Asesoría General Tutelar, al Consejo de la
Magistratura y al Centro de Formación Judicial. Cumplido, Archívese. López Zavaleta