RESOLUCIÓN 240 2006 MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PUBLICAS

Síntesis:

MODIFICA EL TEXTO ORDENADO DE LAS ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CARACAS ENTRE FRANCISCO BEIRÓ Y SALVADOR MARÍA DEL CARRIL

Publicación:

31/08/2006

Sanción:

24/08/2006

Organismo:

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PUBLICAS


Visto la Nota N° 702-DGTRANSI/06, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la nota señalada en el visto se propone asignar sentido único de circulación a la calle Caracas entre las avenidas Francisco Beiró y Salvador María del Carril, en el sentido sudeste a noroeste;

Que el motivo de la propuesta obedece a los resultados de los estudios técnicos realizados para disminuir los riesgos entre automóviles y ciclistas, dado que se trata de una calle actualmente de doble mano donde corre una bicisenda, promoviendo el uso de la misma;

Por ello, conforme los términos de la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760), las modificaciones y agregados introducidos por la Ley N° 1.560 (B.O.C.B.A. N° 2112),y la delegación aprobada por Decreto N° 515/00 (B.O.C.B.A. N° 926),

EL MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Inclúyese en las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el sentido único de circulación a la calle Caracas en el tramo comprendido entre las avenidas Francisco Beiró y Salvador María del Carril, de sudeste a noroeste.

Artículo 2° - La presente medida requerirá la instalación del correspondiente señalamiento vertical, que gestionará la Dirección General de Tránsito la cual, posteriormente, dispondrá día y hora de puesta en vigencia mediante la pertinente disposición.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término previsto en el artículo 2° de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito, la que comunicará a la Policía Federal Argentina y a las Direcciones Generales de Seguridad Vial y del Sistema de Señalización.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res 240-MPYOPGC-06- Incluye en sentido único de circulación a la calle Caracas entre Av Francisco Beiró y Salvador María del Carril
INTEGRADA POR
Disp.55-DGTRANSI-06 Fija la fecha de implementación de la Res.240-SIyP-06