CONVENIO 40 1998
Síntesis:
CONVENIO MARCO DE INTERCAMBIO Y COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA MUNICIPALIDAD DE BOLIVAR
Publicación:
17/12/1998
Sanción:
23/11/1998
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
CONVENIO MARCO DE INTERCAMBIO Y COOPERACION ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA MUNICIPALIDAD DE BOLIVAR
Entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio en Avda. de Mayo 525, Capital Federal, representado por el señor Jefe de Gobierno Dr. Fernando de la Rúa, y la Municipalidad de Bolívar, Provincia de Buenos Aires, con domicilio en la calle Belgrano 11, Bolívar, representada por el señor Intendente, Juan Carlos Simón, y teniendo en consideración:
La necesidad de traducir en hechos concretos los sentimientos de hermandad y solidaridad que unen a ambos gobiernos, y el deseo de cooperar mutuamente en los programas que en el futuro desarrollen,
Que ambas partes coinciden en mantener una administración autónoma y descentralizada de sus respectivos gobiernos, respetando los principios de participación ciudadana y transparencia que debe tener toda gestión estatal,
Que en ese marco puede entablarse entre ambas partes una fructífera comunicación que, dando previa intervención a los sectores interesados, permita establecer un espacio de cooperación orgánica entre los Organos y departamentos Ejecutivos de ambos gobiernos,
Que todo ello requiere la celebración de este convenio marco, dejando abierta la intención de celebrar acuerdos especiales para el desarrollo de programas concretos que en su momento se formulen,
Por todo lo expuesto, las partes suscriben el presente convenio marco, que estará sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: celebrar el presente convenio marco de intercambio y cooperación en todas aquellas cuestiones que sean solicitadas en virtud de este Acuerdo y los que las partes determinen concretamente en los acuerdos especiales.
SEGUNDA: Entablar entre ambos gobiernos, canales formales de comunicación sobre acontecimientos, planes y proyectos culturales, educativos, de seguridad pública, de salud, entre otros, desarrollados en cada jurisdicción, y que puedan resultar de interés para fortalecer su lazos de unión.
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los 14 días del mes de octubre de 1998
CONVENIO N° 40
ANEXOS
Fernando De la Rúa Jefe de Gobierno | Juan C. Simón Intendente |