DECRETO 1733 2006

Síntesis:

APRUEBA PROYECTO DE ACUERDO DE COOPERACIÓN A CELEBRARSE ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD Y EL CONSEJO COMUNAL DE LA CIUDAD DE CASABLANCA DEL REINO DE MARRUECOS

Publicación:

02/11/2006

Sanción:

23/10/2006

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 66.910/06, y

CONSIDERANDO:

Que la Subsecretaría de Relaciones Internacionales impulsa un proyecto de acuerdo de cooperación a celebrarse entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Consejo Comunal de la Ciudad de Casablanca del Reino de Marruecos, con el objeto de fomentar las relaciones de amistad y de colaboración en todos los campos de intervención que correspondan a sus competencias administrativas, a través del intercambio de información y de experiencias relativas a sus respectivos modos de gestión;

Que los campos de cooperación refieren a la organización del espacio y el planeamiento urbano, los intercambios científicos, técnicos, educativos y culturales, las relaciones económicas y comerciales, temas relativos al medio ambiente, áreas portuarias, formación de funcionarios y conservación de los patrimonios históricos;

Que el señor Subsecretario de Relaciones Internacionales emprenderá un viaje, el día 25 de octubre de 2006, a la ciudad de Marrakech, a fin de asistir a la reunión del Consejo Mundial de Ciudades y Gobiernos Locales Unidos;

Que por lo expuesto corresponde facultar al señor Embajador titular de la Subsecretaría de Relaciones Internacionales, a suscribir el Acuerdo de Cooperación, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase el proyecto de acuerdo de cooperación a celebrarse entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Consejo Comunal de la Ciudad de Casablanca del Reino de Marruecos, el que como Anexo se adjunta al presente decreto en dos (2) fojas y que a todos sus efectos lo integra.

Artículo 2° - Autorízase al señor Subsecretario de Relaciones Internacionales, Roberto Laperche, a suscribir el acuerdo aprobado en el artículo precedente.

Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y, para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Gobierno y a la Subsecretaría de Relaciones Internacionales. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO I

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2376, aprueba Acuerdo de Cooperación cuyo texto fue aprobado por Decreto 1733-06.</p>