LEY 2103 2006

Síntesis:

MODIFICA EL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - DESAFECTA DEL DISTRITO DE ZONIFICACIÓN U7 LUGANO III Y IV - AFECTA POLÍGONOS A DISTRITO DE ZONIFICACIÓN E3 EQUIPAMIENTO LOCAL  Y A DISTRITO DE ZONIFICACIÓN E4 EQUIPAMIENTO ESPECIAL - DESAFECTA DEL DISTRITO DE ZONIFICACIÓN E4 51 PARQUE DE LA CIUDAD DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO AL POLÍGONO DETERMINADO A PARTIR DE LAS AVENIDAS ROCA Y ESCALADA

Publicación:

17/11/2006

Sanción:

05/10/2006

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

06/11/2006


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Desaféctase del Distrito de Zonificación U7 Lugano III y IV del Código de Planeamiento Urbano al polígono comprendido por las siguientes manzanas de la Circunscripción Primera, Sección 68:

MZ 116 B Parcela 1.

MZ 116 Fracción S.

MZ 116 Parcela 28, 29 y 30.

MZ 122.

MZ 120 Fracción A, B y C.

MZ 118 Fracción A y B.

MZ 116 Fracción F.

Artículo 2° - Aféctese al polígono descripto en el artículo 1° a Distrito de Zonificación E3 Equipamiento Local. (Ver Anexo I).

Artículo 3° - Desaféctase del Distrito de Zonificación U7 Lugano III y IV del Código de Planeamiento Urbano al polígono comprendido por las siguientes manzanas de la Circunscripción Primera, Sección 68:

MZ 103 Fracción A, B, C y D.

MZ 114 Fracción A y B.

Artículo 4° - Aféctese el polígono descripto en el artículo 3° a Distrito de Zonificación E4 Equipamiento Especial. (Ver Anexo I).

Artículo 5° - Desaféctase del Distrito de Zonificación U7 Lugano III y IV del Código de Planeamiento Urbano al polígono comprendido por las siguientes manzanas de la Circunscripción Primera, Sección 68:

MZ 104.

MZ 105.

MZ 106 Fracción A, B y C.

MZ 107.

MZ 108.

MZ 109.

MZ 110.

MZ 111 Fracción A, B y C.

MZ 112.

MZ 113.

MZ 115 Fracción A y B.

MZ 116 Fracción C y G.

MZ 116 B Fracción E, H, I y J.

MZ 116 B Parcelas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18.

MZ 116 Parcelas 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27.

MZ 117.

MZ 119.

MZ 121.

Artículo 6° - Aféctese el polígono descripto en el artículo 5° a Distrito de Zonificación UP Urbanización Parque. (Ver Anexo I).

Artículo 7° - Desaféctase del Distrito de Zonificación E4 51 Parque de la Ciudad del Código de Planeamiento Urbano al polígono determinado a partir de las avenidas Roca y Escalada, y sobre esta última hasta el límite de la parcela delimitada por el artículo 11 de la Ley N° 1.768 (B.O.C.B.A. N° 2288) en dirección NO a partir de este punto, 215 metros en dirección NE formando un ángulo de 90° en dirección SE, paralela a la avenida Escalada hasta cortar a la avenida Roca y de este último punto en dirección SO hasta la intersección de las avenidas Roca y Escalada.

Artículo 8° - Aféctese el polígono descripto en el artículo 7° a Distrito de Zonificación E3 Equipamiento Local. (Ver Anexo I).

Artículo 9° - Dispóngase la apertura de calles perimetrales y transversales de uso interno a estos polígonos conforme a lo establecido por el artículo 3.1.3 del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 10 - Dispóngase el traslado y transplante de todas las especies arbóreas que no pueden ser preservadas por los lineamientos particulares de los proyectos a ejecutarse en los terrenos mencionados.

Artículo 11 - Encomiéndese al Poder Ejecutivo la designación del organismo pertinente para la remoción de restos y limpieza de la MZ 111 Fracción A, B y C.

Artículo 12 - Encomiéndese a la Dirección General de Espacios Verdes, de la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano del Ministerio de Espacio Público, el mantenimiento de la Zona UP Urbanización Parque descripta en el artículo 5° de la presente ley.

Artículo 13 - Encomiéndese al Poder Ejecutivo la modificación de la Plancheta N° 28 del Atlas de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, de acuerdo a lo establecido en la presente ley.

Artículo 14 - Comuníquese, etc.

En virtud de lo prescripto por el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 2.103 (Expediente N° 71.115/06), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 5 de octubre de 2006, quedó automáticamente promulgada al día 6 de noviembre de 2006.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a los Ministerios de Planeamiento y Obras Públicas, de Espacio Público y de Gobierno. Tanuz


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Ley 2103-06, modifica Ley 449-00, afecta y desafecta diferentes manzanas a Distritos de Zonificación.
MODIFICA
<p>Ley 2103-06, modifica Ley 449-00, afecta y desafecta diferentes manzanas a Distritos de Zonificación.</p>