RESOLUCIÓN 2262 2006 SUBSECRETARIA DE GESTION CULTURAL

Síntesis:

DA POR CUMPLIDA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO BENEFICIADO CON UN SUBSIDIO MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 3.777-SC-04 - LÍNEA INCUBA - FIRMA SILVIA A. HARITCHABALET

Publicación:

01/12/2006

Sanción:

12/10/2006

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GESTION CULTURAL


Visto la Ley N° 1.925, los Decretos Nros. 1.020/04 y 350/06, las Resoluciones Nros. 2.066-SC/04, 2.217-SC/04, 3.164-SC/04, 3.715-SC/04, y el Expediente N° 65.486/04,

CONSIDERANDO:

Que, por medio del Decreto N° 1.020/04 se ha aprobado el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo objetivo general es contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura y las ciencias en sus diversas manifestaciones;

Que, se ha procedido a reglamentar las mentadas normas para el año 2004 mediante la Resolución N° 2.066-SC/04 y se dispuso en la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias;

Que, por la Resolución N° 2.217-SC/04 se ha creado la línea de subsidios denominada INCUBA, estableciendo al mismo tiempo en sus bases y condiciones las obligaciones de los participantes;

Que el art. 4° de la referida norma ha designado a la entonces Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales de la entonces Secretaría de Cultura como área sustantiva de acuerdo a los términos del artículo 24 de la Resolución N° 2.066-SC/04;

Que, por la Resolución N° 3.164-SC/04, se han reasignado las competencias correspondientes a la entonces Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales designando a la entonces Dirección General de Industrias Culturales y Diseño como área sustantiva en la línea de subsidios Industrias Culturales y Diseño e INCUBA;

Que, la Ley N° 1.925 determina que el despacho de los negocios del Gobierno de la Ciudad está a cargo de once (11) Ministerios, entre los que se encuentra el Ministerio de Cultura;

Que, el Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416) establece la nueva Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resultando la Subsecretaría de Gestión Cultural, dependiente de este Ministerio de Cultura, la continuadora de las responsabilidades y funciones que eran propias de la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales;

Que, la Dirección General de Industrias Culturales y de Diseño ha pasado a depender orgánicamente de la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales del Ministerio de Producción;

Que, la Resolución N° 2.066-SC/04, en su Capítulo V ha establecido que los beneficiarios estarán obligados a rendir cuenta documentada de los subsidios que se hubieren otorgado en el marco del citado programa, previendo que las mismas tendrán lugar en el área sustantiva que corresponda y en la forma que la normativa complementaria de alcance general o particular lo establezca, bajo apercibimiento de aplicárseles las sanciones previstas en la presente;

Que, la Resolución N° 3.715-SC/04 ha normado sobre la forma y el plazo en que deberá llevarse a cabo la rendición de cuentas documentada de los subsidios del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, la firma Silvia A. Haritchabalet Oller (DNI 92.027.376) presentó un proyecto en el marco de la línea INCUBA, que finalmente ha sido aprobado por el entonces Secretario de Cultura mediante Resolución N° 3.777-SC/04, conforme surge de las constancias obrantes del expediente administrativo referenciado ut supra;

Que la firma mencionada ha presentado la rendición de cuentas del proyecto por el cual ha sido beneficiada;

Que, el grupo evaluador de la entonces área sustantiva ha realizado un informe, referido a la rendición de cuentas del proyecto aprobado por el entonces Secretario de Cultura mediante Resolución N° 3.777-SC/04, del que se desprende que la firma cumplió de forma medianamente razonable con la ejecución del proyecto. Asimismo el informe expone que la firma realizó la rendición de cuentas de los gastos del proyecto fuera del término establecido por la normativa vigente. Por último, cabe destacar que en el informe se aclara que la firma presentó información relacionada a la oposición judicial que sufrió para el registro de la marca y a problemas de salud de la titular, a manera de explicación de las desviaciones en la ejecución del proyecto beneficiado y en el retraso en la rendición de cuentas de los gastos del mismo;

Que, en consecuencia, resulta necesario dictaminar sobre el cumplimiento del proyecto conforme a las mencionadas normas;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN CULTURAL

RESUELVE:

Artículo 1° - Dése por cumplido con la ejecución del proyecto beneficiado con un subsidio mediante Resolución N° 3.777-SC/04 en el marco de la línea INCUBA, por la firma Silvia A. Haritchabalet Oller (DNI 92.027.376), ya que de la información aportada por la firma, se desprende que las desviaciones en la ejecución del proyecto se debieron a una oposición judicial al registro de la marca que tuvo que afrontar la firma.

Artículo 2° - Dése por cumplida la rendición de cuentas dispuesta por el art. 11 de la Resolución N° 2.066-SC/04, art. 1°, inciso f) de la Resolución N° 3.715-SC/04 y art. 2° de la Resolución N° 3.777-SC/04, y por justificada suficientemente la demora en su presentación.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Industrias Culturales y de Diseño dependiente del Ministerio de Producción quien deberá notificar al interesado los términos de la presente.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res.2262-SSGCUL-06 integra Res.3777-SC-04 concede subsidio