LEY 526 2000
Síntesis:
ASIGNA SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN A UN TRAMO DE LA ARTERIA ESCOBAR - DESDE CUENCA HASTA ZAMUDIO DE SO A NE
Publicación:
27/12/2000
Sanción:
09/11/2000
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
20/12/2000
Artículo 1° - Inclúyese en las disposiciones del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las vías con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria en la forma en que se indica:
ESCOBAR, desde Cuenca hasta Zamudio, de SO a NE.
Artículo 2° - Las disposiciones de la presente ley entrarán en efectiva vigencia una vez instalado el correspondiente señalamiento ilustrativo, el que deberá emplazarse dentro de los noventa (90) días de su promulgación.
Artículo 3° - Comuníquese, etc.