DISPOSICIÓN 17 2007 DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA
Síntesis:
OBRA MEJORAMIENTO AVDA PASEO COLÓN 1° Y 2° ETAPAS - VEREDAS PASEO COLÓN - APRUEBA AMPLIACIÓN DE PLAZO N° 2 - EDUARDO CARAMIAN SACICIFYA
Publicación:
09/03/2007
Sanción:
23/02/2007
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA
Visto el Memorándum N° 669-DGINFR/07 mediante el cual la Dirección de Obra comunica la solicitud de Ampliación de Plazo N° 2 presentada por Nota de Pedido N° 37 por la empresa contratista Eduardo Caramian S.A.C.I.C.I.F. y A. para la obra Mejoramiento Avda. Paseo Colón 1° y 2° etapas: veredas Paseo Colón;
CONSIDERANDO:
Que la obra referida tuvo inicio el día 3 de abril de 2006, con un plazo de obra de 180 días corridos;
Que la fecha de finalización prevista era el 1° de octubre de 2006;
Que la primera prórroga aprobada fue de 90 días corridos, determinándose como nueva finalización de obra el 29 de diciembre de 2006;
Que la prórroga solicitada por la contratista por Nota de Pedido N° 37 con fecha 10/12/06 es de 55 días corridos, debido a que la aprobación de la Economía N° 1 por Disposición N° 100 de fecha 19/9/06 (que dio origen a la Ampliación de Plazo N° 1) se produjo 69 días después de lo solicitado impidiendo la compra de materiales para los cambios requeridos;
Que por Memorándum DGRBCOID N° 296/07 la Dirección General de Relaciones con el Banco Interamericano de Desarrollo prestó conformidad para otorgar una ampliación de 55 días corridos;
Que cuenta con la conformidad de la Dirección de Obras para otorgar una ampliación de plazo de 55 días corridos, determinándose como nueva finalización de obra el 22 de febrero de 2007;
Por todo ello, y en uso de las atribuciones acordadas por el Decreto N° 8.828/78 y sus modificatorios,
Artículo 1° - Aprobar la Ampliación de Plazo N° 2, en 55 (cincuenta y cinco) días corridos fijándose como nueva fecha de finalización el día 22 de febrero de 2007.
Artículo 2° - La empresa contratista verificará y completará todos los seguros de obra para el nuevo plazo otorgado.
Artículo 3° - Regístrese, notifíquese a la empresa para su conocimiento, remítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos, cumplido vuelva a esta Dirección General por tratarse de un antecedente de obra.