RESOLUCIÓN 31 2007 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
APRUEBA EL MODELO DE ENCUESTA DE SATISFACCIÓN DEL ORGANISMO AUDITADO
Publicación:
09/04/2007
Sanción:
28/03/2007
Organismo:
INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Visto lo dispuesto por la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 130 de la Ley N° 70 establece entre otras atribuciones y responsabilidades del/la Síndico/a General la de organizar y reglamentar el funcionamiento de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, en sus aspectos operativos y funcionales;
Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 123 de la Ley N° 70, es función de esta Sindicatura General la de Emitir informes sobre la gestión y el Sistema de Control Interno vigente en cada jurisdicción o entidad ;
Que una de las herramientas más utilizadas por este organismo en orden a la consecución de sus fines es el denominado procedimiento de auditoría interna, llevado a cabo sistemáticamente por el cuerpo de auditores de esta Sindicatura General en los distintos organismos objeto de control;
Que el mencionado procedimiento de auditoría interna tiene como corolario el denominado informe de auditoría, en el que se especifican el objeto y los alcances de la auditoría realizada, determinando, asimismo, las observaciones que surgen como consecuencia de la auditoría realizada en cada caso, y las recomendaciones sugeridas para mejorar los distintos procesos que hubieran sido objeto de observación;
Que se ha advertido que resultaría de suma importancia e interés para mejorar los procedimientos de auditoría interna, que sea el propio organismo auditado el que sugiera y valide otros temas o áreas que pudieran ser críticos en su funcionamiento, y que deberían ser tenidos en cuenta por esta Sindicatura General al momento de realizar sus planificaciones anuales;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar un modelo de Encuesta de satisfacción del organismo auditado, que deberá remitirse a los distintos organismos auditados al momento de finalizar los trabajos de auditoría;
Que la Gerencia General Normativa tomó la intervención que le compete;
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por el artículo 130 de la Ley N° 70,
Artículo 1° - Apruébase el modelo de Encuesta de satisfacción del organismo auditado, que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese y para su conocimiento e intervención pase a la Gerencia Técnica, Administrativa y de Sistemas. Cumplido, archívese.