DISPOSICIÓN 8 2007 DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA
Síntesis:
SE ACLARA QUE LA EMPRESA NESTER SA ES CABEZA DEL CLUSTER O GRUPO ASOCIATIVO NESTER SA, ATOMPLAST SAICYF, FRIGORÍFICO DE AVES SOYCHU SA Y MIRALEJOS SACF Y AGROP - PROYECTOS GANADORES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA BUENOS AIRES INNOVA
Publicación:
18/04/2007
Sanción:
13/03/2007
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA
Visto el Expediente N° 60.549/06, y la Resolución N° 114-SSPRODU/06, y
CONSIDERANDO:
Que por resolución mencionada en el visto se aprueban los proyectos ganadores de la convocatoria del Programa Buenos Aires Innova, entre los cuales se encuentra el Cluster o Grupo Asociativo integrado por las empresas Nester S.A., Atomplast S.A.I.C. y F., Frigorífico de Aves Soychu S.A. y Miralejos S.A.C.F. y Agrop.
Que las bases de la convocatoria de dicho programa establecen en su artículo 8° que En el caso de proyectos de cluster, el titular del subsidio será la figura jurídica que adopte el grupo asociativo (unión transitoria de empresas, asociaciones de colaboración empresaria o consorcios), o en el caso de que la conformación de la figura jurídica se ejecute como consecuencia del proyecto el titular será la empresa que aporte la mayor proporción de recursos de contraparte acompañando carta compromiso del resto de las empresas participantes;
Que a fojas 16/17 del precitado expediente se establece el carácter de titular del Cluster o Grupo Asociativo en cabeza de la empresa Nester S.A.;
Que el mismo expediente ha sido tramitado por ante la Dirección General de Contaduría del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en esa dependencia requieren aclaraciones, mediante Informe N° 454-DL-DGO/07, en cuanto a la identidad del beneficiario o titular del subsidio tramitado por dicho expediente.
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1° - Aclárese que la empresa Nester S.A. es cabeza del Cluster o Grupo Asociativo Nester S.A., Atomplast S.A.I.C. y F., Frigorífico de Aves Soychu S.A. y Miralejos S.A.C.F. y Agrop.
Artículo 2° - La empresa Nester S.A. es titular para el cobro del subsidio de pesos ciento treinta y dos mil quinientos ($ 132.500), tramitado mediante Expediente N° 60.549/06.
Artículo 3° - Notifíquese a Nester S.A. y comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, oportunamente archívese.