RESOLUCIÓN 289 2007 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

Síntesis:

DESIGNA COORDINADOR E INTEGRANTES DE LA COMISIÓN INTERFUNCIONAL DE HABILITACIÓN AMBIENTAL CREADA POR LA LEY N° 123 - SR. HORACIO WALTER - ESTABLECE FUNCIONES

Publicación:

25/04/2007

Sanción:

30/03/2007

Organismo:

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE


Visto las Leyes Nros. 123 y 1.925, la Ordenanza N° 26.607, los Decretos Nros. 1.929/06 y 220/07, la Resolución N° 179-MPyOPGC/07, el Expediente N° 18.082/07, y

CONSIDERANDO:

Que, es propósito insoslayable de este Gobierno el velar por un desarrollo pujante, con carácter armónico y sustentable, motivando, la necesaria intervención de las Áreas de Planeamiento y Medio Ambiente a los fines de extremar los recursos para garantizar el equilibrio de diversos intereses, tanto económicos como sociales, de modo de continuar promoviendo el desarrollo urbano en la Ciudad de Buenos Aires, con un ordenamiento apto que sostenga la calidad de vida de sus habitantes;

Que, la Ley de Ministerios N° 1.925 establece como funciones de este Ministerio de Medio Ambiente: a) Diseñar y aplicar las políticas de planeamiento, gestión y evaluación del ambiente urbano, en correspondencia con las establecidas en el ámbito nacional y Área Metropolitana y g) Actuar como autoridad de aplicación de las leyes relacionadas con la materia ambiental;

Que, la Ley de Impacto Ambiental N° 123 establece, que Las actividades, proyectos, programas o emprendimientos de construcción, modificación y/o ampliación, demolición, instalación, o realización de actividades, susceptibles de producir impacto ambiental de relevante efecto, deben someterse a una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) como requisito previo a su ejecución o desarrollo...;

Que, por Decreto N° 1.929/06 se suspendió por el término de noventa (90) días el trámite de los permisos de obra nueva o ampliación que se iniciaran ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, dependiente de la Subsecretaría de Control Comunal del Ministerio de Gobierno, con relación a parcelas en las cuales se proyectaran viviendas de tipo multifamiliar o colectivas cuando su altura supere la correspondiente a un distrito de baja densidad (13,5 metros sobre la rasante), pertenecientes a los Distritos R2a, E3 y C3 del Código de Planeamiento Urbano en los barrios de Villa Urquiza, Coghlan, Núñez, Palermo, Villa Pueyrredón y Caballito definidos por Ordenanza N° 26.607, a fin de evaluar los efectos que el crecimiento edilicio provoca sobre los servicios disponibles y la posibilidad de eventuales daños al medio ambiente urbano y a su infraestructura;

Que, por el Decreto N° 220/07 se derogó el Decreto N° 1.929/06 y se dispuso que los trámites de permisos de obra que se encontraran suspendidos por aplicación del referido decreto, así como los trámites para obtener un permiso de obra nueva o ampliación de obra que incorpore superficie habitable con destino a vivienda multifamiliar o colectiva con iguales características a los suspendidos, y cuya superficie total supere los 5.000 m2, deben someterse a la Evaluación Técnica de Impacto Ambiental para la iniciación o continuidad del trámite, según corresponda, con carácter previo al otorgamiento del permiso;

Que en tal contexto, y fin de poner en funcionamiento los mecanismos existentes en la Ley N° 123, que en forma armónica conjuguen las decisiones en materia de planeamiento con las que sostienen y preservan una ciudad con un medio ambiente apto y deseable, el artículo 4° de dicho decreto ordena que la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental, creada por la citada ley, sea integrada por representantes de los Ministerios de Planeamiento y Obras Públicas, de Gobierno y de Medio Ambiente, siendo la Autoridad de Aplicación el último nombrado;

Que asimismo, en el Anexo II del mencionado Decreto N° 220/07 se establecieron los objetivos y responsabilidades de la citada comisión;

Que, entre las funciones más representativas del referido cuerpo, se encuentra el estudio de las diferentes problemáticas que puedan o amenacen generar impacto ambiental negativo en el ejido urbano, así como la formulación de las medidas correctivas a ser aprobadas por las autoridades competentes;

Que, asimismo en el punto a) del Anexo II del citado decreto, se dispuso que la Dirección General de Política y Evaluación Ambiental debe someter a consideración de la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental los proyectos de vivienda colectiva, en los Distritos R2a, E3 y C3 del Código de Planeamiento Urbano en los barrios de Villa Urquiza, Coghlan, Núñez, Palermo, Villa Pueyrredón y Caballito definidos por Ordenanza N° 26.607, de una superficie cubierta total mayor a 5.000 m2, la que debe expedirse en un plazo de 10 días, devolviendo las actuaciones a dicha Dirección General;

Que, por Nota N° 42-MMAGC/07 el Ministerio de Gobierno comunicó la designación del Dr. Javier Figoli, DNI 17.015.647, como representante de dicha instancia ante la Comisión Interfuncional de Habilitación; al tiempo que el Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas hizo lo propio con el Arq. Mario Sabugo, LE 8.586.412, mediante la Resolución N° 179-MPyOPGC/07, facultándolo por el art. 2° al citado funcionario a designar en la mencionada comisión a representantes de ese Ministerio;

Que en virtud de las consideraciones expuestas, resulta necesario que esta autoridad de aplicación de la Comisión Interfuncional de Habilitación dicte el acto administrativo por el cual se designe a los representantes de los distintos Ministerios como integrantes de la citada comisión y se establezca el funcionamiento de la misma, así como las diversas responsabilidades, a fin dotar a ésta de operatividad;

Por ello, y en ejercicio del carácter de autoridad de aplicación de la Ley N° 123 y de la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental,

EL MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

Artículo 1° - Desígnase para integrar la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental, creada por la Ley N° 123, a:

Representante Ministerio de Medio Ambiente:

* Lic. en Gerenciamiento Ambiental, Romina Vanesa Li Donni, FC N° 737.724, DNI 28.711.492.

Representante Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas:

* Arq. Mario Sabugo, Ficha N° 321.991, LE 8.586.412, o quien éste expresamente designe, de conformidad con el art. 2° de la Resolución N° 179-MPyOPGC/07.

Representante Ministerio de Gobierno:

* Dr. Javier Figoli, DNI 17.015.647

Artículo 2° - Desígnase al Director General de Política y Evaluación Ambiental, Sr. Horacio Walter, como Coordinador de la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental.

Artículo 3° - El Coordinador de la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental tiene las siguientes funciones: a) Convocar a los integrantes de la comisión; b) Prestar todo el soporte administrativo requerido por la comisión; c) Coordinar la intervención de la comisión en el procedimiento técnico administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental de los proyectos sometidos a su evaluación; d) Proponer la categorización de actividades que así lo requieran, por no estar contempladas en la normativa vigente; e) Armonizar los criterios y procedimientos de evaluación de la comisión, de acuerdo a la normativa vigente; f) Labrar las actas que se formulen en el seno de la comisión; g) Participar de las reuniones de comisión, pudiendo intervenir para hacer conocer su opinión.

Artículo 4° - Los integrantes de la comisión tienen las siguientes funciones: a) Elaborar el informe correspondiente de conformidad con el Decreto N° 220/07; b) Consensuar las opiniones; c) Evaluar antecedentes; d) Fijar criterios rectores; e) Aprobar el cronograma y la metodología de funcionamiento; f) Solicitar al Coordinador que convoque a la comisión; g) Suscribir los informes; h) En caso de disidencias, suscribir individualmente la opinión de cada profesional.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Planeamiento y Obras Públicas y de Gobierno, a la Subsecretaría de Planeamiento y a las Direcciones Generales de Control de la Calidad Ambiental y de Política y Evaluación Ambiental. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Res.289-MMAGC-07 designa integrantes y coordinador de la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental integrada por el Dto 220-07</p>