RESOLUCIÓN 28 2007 SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN

Síntesis:

CREA UN EQUIPO EVALUADOR DE PROYECTOS PARA EL CONCURSO APOYO A PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS 2007. DESIGNA LOS INTEGRANTES. CREA UNA COMISIÓN REVISORA Y DESIGNA SUS INTEGRANTES

Publicación:

30/04/2007

Sanción:

10/04/2007

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN


Visto la Resolución N° 3-SDSPRODU/07, y

CONSIDERANDO:

Que por la referida norma se procedió a la convocatoria del Concurso Apoyo a Pequeñas y Medianas Empresas 2007 en el marco del Programa Red Institucional de Apoyo a MiPyMES de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, oportunamente creado por el Decreto N° 923/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), con la finalidad de seleccionar entidades que demuestren potencial capacidad para elaborar y ejecutar proyectos destinados a crear o desarrollar pequeñas o medianas empresas y orientados hacia el avance barrial productivo, la creación de nuevos emplazamientos comerciales, la formalización de los emprendimientos existentes, la mejora en las condiciones de trabajo, en la infraestructura y equipamiento, y en general, la creación de nuevos puestos de trabajo o la consolidación de los ya existentes;

Que la citada convocatoria tiene previsto el otorgamiento de aportes no reembolsables destinados a sustentar los objetivos de cambio y reconversión, como la herramienta más adecuada para contribuir al mejor desarrollo de ese tipo de empresas en el actual contexto de restricción crediticia;

Que en mérito a la citada normativa corresponde a la Subsecretaría de Producción, en su carácter de autoridad de aplicación y unidad ejecutora, recibir y registrar los proyectos presentados, determinar el monto de los aportes no reembolsables, aprobar los proyectos que resulten beneficiarios del concurso, suscribir las actas acuerdo pertinentes, realizar el seguimiento y control del cumplimiento de las metas fijadas en cada uno de los proyectos que resulten beneficiarios del concurso, como así también resolver toda cuestión no contemplada en la presente normativa;

Que en este estado debe constituirse un equipo especifico de evaluadores, con el propósito de establecer si los concursantes cuentan con la capacidad de gestión, conocimiento y el perfil necesarios para implementar y llevar a cabo el proyecto y determinar el orden de mérito de cada uno a fin de asignar el monto de los aportes no reembolsables pertinentes;

Que una vez realizada la etapa de evaluación, se considerará de particular importancia elevar sus conclusiones a una instancia de revisión conformada por expertos y profesionales que, transdisciplinariamente, realicen el estudio de las mismas, con la intención de contribuir así no sólo a dotar de la mayor transparencia a dicho proceso de selección, sino para asegurar tanto la solvencia profesional como el máximo rigor de análisis técnico al que sea posible someter a las referidas propuestas;

Que, consecuentemente y por los motivos expuestos, se estima conveniente proceder a la constitución de un equipo evaluador y una Comisión Revisora con el objeto de alcanzar los propósitos señalados en el anterior considerando;

Que a los efectos de operativizar las acciones previstas en la aludida convocatoria, resulta necesario contar con un instrumento de evaluación del perfil de cada una de las entidades y de los proyectos presentados en la convocatoria;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE PRODUCCIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Créase un Equipo Evaluador de Proyectos con competencia en el Concurso Apoyo a Pequeñas y Medianas Empresas 2007, convocado mediante Resolución N° 3-SSPRODU/07, en el marco del Programa Red Institucional de Apoyo a MiPyMES de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° - Establécese que dicho equipo evaluador quedará constituido una vez que se notifiquen los miembros que se detallan en el artículo siguiente siendo su objetivo funcional primario el de establecer si los concursantes cuentan con la capacidad de gestión, conocimiento y el perfil necesarios para implementar y llevar a cabo el proyecto y determinar el orden de mérito de cada uno a fin de asignar el monto de los aportes no reembolsables pertinentes, conforme con las pautas establecidas en las bases y condiciones integrantes del acto resolutivo de la convocatoria al concurso.

Artículo 3° - Establécese que integrarán el Equipo Evaluador de Proyectos las siguientes personas:

a) Peyré, María Eugenia, DNI 28.070.382.
b) Paredes Collado, María Nazareth, DNI 29.912.235.
c) Moya, Fernando Gabriel, DNI 25.070.719.
d) Bosco, Gabriel Osvaldo, DNI 14.229.073
e) Dasso Freysz, Juan Santiago, DNI 27.135.635.

Artículo 4° - Establécese que en caso de resultar necesario formular alguna consulta técnica, con el objeto de evaluar algún proyecto en particular, el Equipo Evaluador de Proyectos podrá solicitar la asistencia de profesionales idóneos.

Artículo 5° - Determínase que las tareas a desarrollar por el Equipo Evaluador de Proyectos, con el objeto de cumplir el objetivo primario fijado en el artículo 2° de la presente, serán las siguientes:

a) Recibir los proyectos presentados;
b) Evaluar las presentaciones de los concursantes, conforme con la metodología desarrollada en las bases y condiciones del concurso y la herramienta de evaluación que se aprueba en la presente;
c) Emitir opinión acerca de la procedencia y razonabilidad de los proyectos;
d) Aprobar o rechazar las solicitudes, estableciendo un orden de mérito de las mismas;
e) Determinar el monto del aporte no reembolsable, sobre la base del orden de mérito establecido;
f) Elevar las propuestas con la opinión por proyecto a la Comisión Revisora a sus efectos.

Artículo 6° - Créase una Comisión Revisora compuesta por tres (3) miembros, la que deberá analizar y revisar los proyectos elevados a su conocimiento por el equipo evaluador.

Artículo 7° - Establécese que integrarán la Comisión Revisora las siguientes personas:

a) Cardoso, Julián Jorge, DNI 22.797.331.
b) Farina, Carlos Alberto, DNI 7.734.209.
c) Sosa, Miguel Ángel, DNI 11.738.613.

Artículo 8° - Establécese que la Comisión Revisora emitirá un informe por escrito sobre los proyectos evaluados, debiendo confirmar o modificar en su caso el orden de mérito definido por el Equipo Evaluador.

Artículo 9° - Apruébase la herramienta de evaluación del perfil de la entidad y del proyecto que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 10 - Regístrese, notifíquese a los integrantes del Equipo Evaluador y la Comisión Revisora, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Industria, Comercio y Servicios de la Subsecretaría de Producción y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Producción y, cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 28-07 integra la Res. 3-07 - Creación del Equipo Evaluador del Concurso Apoyo a PyMES y su Comisión Revisora en el marco del Programa Red Institucional de Apoyo a MiPyMES