LEY NACIONAL 26089 2006

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE LA LEY 24.571. DECLARA DÍAS NO LABORALES PARA QUIENES PROFESEN LA RELIGIÓN JUDÍA LOS DÍAS DEL AÑO NUEVO JUDÍO, EL DÍA DEL PERDÓN Y LOS DOS PRIMEROS Y LOS DOS ÚLTIMOS DE LA PASCUA JUDÍA - FERIADOS - ASUETOS

Publicación:

21/04/2006

Sanción:

05/04/2006

Organismo:

PODER LEGISLATIVO NACIONAL

Promulgación:

19/04/2006


El Senado y Cámara de Diputados

de la Nación Argentina reunidos en Congreso,

etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° Refórmese el artículo 1° de la Ley N° 24.571, el que en lo sucesivo quedará redactado de la siguiente manera:

"Declárese días no laborales para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía los días de Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), dos (2) días, el día del Perdón (Iom Kipur), un (1) día y de la Pascua Judía (Pesaj) los dos (2) primeros días y los dos (2) últimos días."

ARTICULO 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 de la Ley 26089 Reforma el artículo 1° de la Ley N° 24.571
INTEGRADA POR
Res 943-07 incorpora las Pascuas Judías a la Agenda Educativa 2007 como días no laborables, según Ley 26089