LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2007

Síntesis:

SE DECLARA SITIO HISTÓRICO A LA IGLESIA DE LA SANTA CRUZ

Publicación:

16/05/2007

Sanción:

03/05/2007

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley:

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1° - Declárase "Sitio Histórico" a la "Iglesia de la Santa Cruz", inmueble sito en la manzana conformada por las calles Carlos Calvo, General Urquiza, Estados Unidos y 24 de Noviembre, identificado catastralmente como Circunscripción 8, Sección 30, Manzana 54, Parcela 1 "a"; ello de acuerdo a lo dispuesto por el art. 4°, inc. A) de la Ley N° 1.227 (B.O. N° 1850).

Artículo 2° - Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89, inciso 3 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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