RESOLUCIÓN 242 2007 MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

OBRA EN PLAZA TTE GRAL PABLO RICCHIERI - NO HACE LUGAR A REDETERMINACIÓN DE PRECIOS SOLICITADA POR LA FIRMA CEA SRL - REVOCA ADJUDICACIÓN DE LOS TRABAJOS DISPUESTA POR RESOLUCIÓN N° 340-MEPGC/06 - ADJUDICA OBRA A GIRO CONSTRUCCIONES SA

Publicación:

22/05/2007

Sanción:

11/05/2007

Organismo:

MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO


Visto el Expediente N° 62.576/04 correspondiente a la Licitación Pública N° 816/05 s/Obras en Plaza Tte. Gral. Pablo Ricchieri y lo dispuesto por la Ley N° 13.064, los Decretos Nros. 2/03 y 2.119/03, el Decreto N° 2.186/04 (B.O.C.B.A. N° 2083 del 7/12/04), la Ley N° 1.925 y su decreto reglamentario y el Decreto N° 544/07, y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación mencionada en el visto, tramita la Licitación Pública N° 816/05 s/Obras en Plaza Tte. Gral. Pablo Ricchieri;

Que por Resolución General N° 340-MEPGC/06, la Ministra de Espacio Público aprobó la Licitación N° 816/05 y adjudicó la obra a la firma CEA S.R.L., por el monto total de su oferta $ 1.377.541,73 (pesos un millón trescientos setenta y siete mil quinientos cuarenta y uno, con setenta y tres centavos);

Que notificado dicho acto al adjudicatario y a las empresas oferentes y vencido el plazo para hacerlo no fue recurrido;

Que, según surge de la cédula de notificación de fs. 413, la empresa CEA S.R.L. fue notificada el 6/9/06 de la adjudicación -conf. a lo dispuesto por el artículo 1.4.3 del Pliego de Condiciones Generales-;

Que, a fs. 419 la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio mediante providencia del 7 de septiembre de 2006 requirió a la empresa CEA S.R.L. la presentación de documentación a los efectos de la firma de la contrata;

Que, cabe señalar que mediante el Registro N° 446-MEPGC/06, el 12 de septiembre de 2006 la empresa adjudicataria CEA S.R.L. cumplimentó parcialmente el requerimiento, sin embargo no allegó a las actuaciones la correspondiente garantía de adjudicación, pese a la expresa solicitud de dicha Dirección y a la previsión normada en el pliego de condiciones;

Que, cabe señalar que el artículo 1.4.4 del PCP, dispone que Dentro de los tres (3) días hábiles de notificado de la adjudicación el adjudicatario deberá efectuar, en el Banco Ciudad de Buenos Aires un depósito integrando el cinco por ciento (5%) del importe total de la adjudicación;

Que, el artículo parcialmente transcripto, también dispone que si el adjudicatario no integra la garantía de adjudicación en el plazo debido, el Gobierno podrá dejar sin efecto aquella en cuyo caso el oferente perderá la garantía de oferta;

Que, surge de los actuados que vencido el plazo de 3 (tres) días hábiles que le otorga el pliego a los efectos de integrar la garantía de adjudicación, la empresa CEA S.R.L. no ha cumplimentado con dicho requerimiento;

Que, en la nota a través de la cual CEA S.R.L. presenta la documentación contenida en el Registro N° 446-MEPGC/06, la empresa solicita la aplicación de los Decretos Nros. 6/05, 2/03 y 2.119/03, previo a la presentación de la póliza de garantía de adjudicación (sic);

Que, con igual temperamento la empresa presentó la Carta Documento N° 75317727-8 del 20 de noviembre de 2006;

Que, el invocado Decreto de Necesidad y Urgencia N° 6/05 no fue ratificado por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, por lo que, de acuerdo al ordenamiento constitucional de la Ciudad, no resulta una norma integrante del ordenamiento jurídico (conf. artículo 103 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires);

Que, con relación a la aplicación del régimen de redeterminación de precios instaurado por el Decreto N° 2/03 y su Decreto reglamentario N° 2.119/03, es dable indicar que en el caso no se cumple con los requisitos que exige dicho régimen, puesto que no se ha firmado el contrato respectivo y no ha transcurrido el plazo de seis meses pertinente, por lo que, en consecuencia, no resulta procedente la redeterminación solicitada;

Que, no habiendo integrado la garantía de adjudicación -independientemente de la redeterminación de precios del contrato solicitada, que como se dijo no puede prosperar- este Ministerio entiende que corresponde accionar de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1.4.4 del Pliego de Condiciones Generales, y dejar sin efecto la adjudicación de la Obra en Plaza Tte. Gral. Pablo Ricchieri a CEA S.R.L., y proceder a la afectación de la garantía de oferta;

Que, en este estadío del procedimiento, resta señalar que conforme al informe de preadjudicación de fs. 382/383 vta., la oferta de la empresa Giro Construcciones S.A., por un monto total de $ 1.529.567 (pesos un millón quinientos veintinueve mil quinientos sesenta y siete), resulta la más conveniente en el orden de prelación establecido por dicha Comisión;

Que, la oferta de Giro Construcciones S.A., se ajusta a los pliegos de bases y condiciones y como se señaló resulta la más conveniente en los términos de los artículos 1.4.2 del P.C.G. y 2.2.23 del P.C.P., por lo que corresponde que la obra Obras en Plaza Tte. Gral. Pablo Ricchieri le sea adjudicada por el monto total de su oferta;

Que, a fs. 399/400 vta. y 427/429 vta. la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850);

Que, de acuerdo con la Ley de Obra Pública N° 13.064, en uso de las facultades conferidas por el Decretos N° 2.186/04 (B.O.C.B.A. N° 2083) y en virtud del dictado de la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407), su Decreto reglamentario N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416), este Ministerio de Espacio Público resulta competente para entender en el presente procedimiento;

Por ello, y en uso de la encomienda efectuada por el Decreto N° 544/07,

EL MINISTRO DE HACIENDA A CARGO

DEL MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE:

Artículo 1° - No hacer lugar a la redeterminación de precios solicitada por la empresa CEA S.R.L. y recházase en todos sus términos la Carta Documento N° 75317727-8 de fecha 20 de noviembre de 2006 -Registro N° 581-MEPGC/06.

Artículo 2° - Revócase la adjudicación de la Obra en Plaza Tte. Gral. Pablo Ricchieri dispuesta por el artículo 1° de la Resolución N° 340-MEPGC/06 a favor de CEA S.R.L., -conforme a lo dispuesto por el artículo 1.4.4 del pliego de bases y condiciones generales- y, en consecuencia, aféctase la garantía de oferta constituida por la firma.

Artículo 3° - Adjudícase la Obra en Plaza Teniente General Pablo Ricchieri tramitada a través de la Licitación Pública N° 816/05, que a los efectos de su imputación contable al ejercicio vigente se identifica como Licitación Pública N° 841/06, a la empresa Giro Contrucciones S.A., por el monto total de su oferta de $ 1.529.567 (pesos un millón quinientos veintinueve mil quinientos sesenta y siete).

Artículo 4° - Impútase dicho gasto a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 5° - Autorízase al Subsecretario de Mantenimiento Urbano a suscribir el pertinente contrato, como así también a resolver todas las contingencias que deriven de su ejecución.

Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano, a la Dirección General de Espacios Verdes, a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda, y gírense los actuados al Área de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Espacio Público para la prosecución del trámite. Notifíquese al adjudicatario y a los restantes interesados.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
Res 242-MEP-07 revoca la adjudicación de la Obra en Plaza Tte. Gral. Pablo Ricchieri dispuesta Res 340-MEP-06 a favor de la firma CEA SRL