CONVENIO 24 2007

Síntesis:

ACTA DE INTENCIÓN - FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - UBA - MINISTERIO DE SALUD DE LA CIUDAD DE BUENOS DE BUENOS AIRES - ACCIONES CONJUNTAS PARA PROMOVER EL DESARROLLO, FORTALECIMIENTO Y FORMACIÓN DE ALUMNOS Y PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR - MEDICINA

Publicación:

29/05/2007

Sanción:

16/05/2007

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Acta de Intención

Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires representado por el Jefe de Gobierno, Jorge Telerman, domiciliado en Bolívar 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, el Ministro de Salud, Dr. Alberto De Micheli, con domicilio en Carlos Pellegrini 313, piso 12, de esta ciudad, en adelante EL MINISTERIO, por una parte y por la otra, la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, representada por su Decano, Prof. Emérito Dr. Alfredo Buzzi, en adelante LA FACULTAD, con domicilio en la calle Paraguay 2155 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; se conviene en formalizar el Acta de Intención que se sujeta a las siguientes consideraciones:

PRIMERA: Las partes manifiestan su intención de aunar esfuerzos a fin implementar acciones conjuntas para promover el desarrollo, fortalecimiento y formación de alumnos y profesionales del arte de curar. Se propicia a tal efecto el desarrollo de programas de capacitación e intercambio que promuevan objetivos pedagógicos y formativos, a través de su implementación en trabajos de campo.

SEGUNDA: Asimismo, las partes manifiestan su interés en propiciar la implementación de Carreras de Especialización Universitaria en base a los programas aprobados y los que se desarrollen en el futuro, con formación en servicio.

TERCERA: En el marco de la establecido en las cláusulas precedentes, se impulsará la inclusión de los Efectores de Salud dependientes de EL MINISTERIO, como HOSPITALES ASOCIADOS de LA FACULTAD, de conformidad con el marco normativo dispuesto por las resoluciones del Consejo Directivo (CD) de la mencionada casa de altos estudios Nros. 1.198/90 y 531/02, y demás reglamentaciones vigentes en la materia.


ANEXOS

Acta de Intención

Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires representado por el Jefe de Gobierno, Jorge Telerman, domiciliado en Bolívar 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, el Ministro de Salud, Dr. Alberto De Micheli, con domicilio en Carlos Pellegrini 313, piso 12, de esta ciudad, en adelante EL MINISTERIO, por una parte y por la otra, la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, representada por su Decano, Prof. Emérito Dr. Alfredo Buzzi, en adelante LA FACULTAD, con domicilio en la calle Paraguay 2155 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; se conviene en formalizar el Acta de Intención que se sujeta a las siguientes consideraciones:

PRIMERA: Las partes manifiestan su intención de aunar esfuerzos a fin implementar acciones conjuntas para promover el desarrollo, fortalecimiento y formación de alumnos y profesionales del arte de curar. Se propicia a tal efecto el desarrollo de programas de capacitación e intercambio que promuevan objetivos pedagógicos y formativos, a través de su implementación en trabajos de campo.

SEGUNDA: Asimismo, las partes manifiestan su interés en propiciar la implementación de Carreras de Especialización Universitaria en base a los programas aprobados y los que se desarrollen en el futuro, con formación en servicio.

TERCERA: En el marco de la establecido en las cláusulas precedentes, se impulsará la inclusión de los Efectores de Salud dependientes de EL MINISTERIO, como HOSPITALES ASOCIADOS de LA FACULTAD, de conformidad con el marco normativo dispuesto por las resoluciones del Consejo Directivo (CD) de la mencionada casa de altos estudios Nros. 1.198/90 y 531/02, y demás reglamentaciones vigentes en la materia.

En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de mayo de 2007.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Convenio 24-07 Implementa acciones conjuntas para promover el desarrollo, fortalecimiento y formación de alumnos y profesionales del arte de curar en el marco del Convenio 5-97