RESOLUCIÓN 14 2020 SUBSECRETARIA DE SERVICIOS AL CIUDADANO
Síntesis:
SE APRUEBA - PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO PARA EL EXAMEN DE CONDUCIR TEÓRICO Y PRÁCTICO DE LA DIRECCIÓN GENERAL HABILITACIÓN DE CONDUCTORES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA COVID-19 - COMPLEMENTARIO - PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO PARA TODA DEPENDENCIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES CON ATENCIÓN AL PÚBLICO DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA COVID-19 - CORONAVIRUS - SUBSECRETARIA DE SERVICIOS AL CIUDADANO - SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN COMUNAL
Publicación:
15/10/2020
Sanción:
14/10/2020
Organismo:
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS AL CIUDADANO
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VISTO: Las Leyes N° 27.541, N° 2.148 (conforme texto consolidado por Ley N° 6.017),
los Decretos de Necesidad y Urgencia N°260/PEN/20 y concordantes, los Decretos de
Necesidad y Urgencia N°1/AJG/20, N°8/AJG/20, N° 11/AJG/20, N° 12/AJG/20 y N°
15/AJG/20, la Resolución N° 8/SSSAC/20, el Expediente Electrónico N° EX-2020-
24824971-GCABA-SSSAC, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N°260/PEN/2020, el Poder Ejecutivo
de la Nación (PEN) amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por
la Ley N° 27.541 por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigor de dicho
decreto;
Que, con fecha 19 de marzo de 2020, el PEN, a través del DNU N°297/PEN/2020
estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en
forma temporaria, la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" (ASPO) y
la prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la
circulación y el contagio del virus COVID-19, desde el 20 al 31 de marzo de 2020
inclusive, la cual fue prorrogada de modo sucesivo por los DNU N°325/PEN/20,
N°355/PEN/20, N °408/PEN/20, N °459/PEN/20; N°493/PEN/20, N°520/PEN/20;
N°576/PEN/20, N°605/PEN/20, N °641/PEN/20, N°677/PEN/20, N°714/PEN/20,
N°754/PEN/2020 y N°792/PEN/20 hasta el 25 de octubre de 2020;
Que, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por DNU N°1/AJG/20, se
declaró la Emergencia Sanitaria hasta el 15 de junio de 2020 a los fines de atender y
adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del
contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus), siendo prorrogada por los
DNU N°8/AJG/20, N° 12/AJG/20 y N° 15/AJG/20 hasta el 30 de noviembre de 2020;
Que, por Resolución N° 8/SSSAC/20, se aprobó el "PROTOCOLO DE
FUNCIONAMIENTO PARA TODA DEPENDENCIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES CON ATENCIÓN AL PÚBLICO DURANTE LA
EMERGENCIA SANITARIA COVID-19" y su Anexo I (Informes N° IF-2020-17523333-
GCABA-DGATCIUD y N°IF-2020-17523305-GCABA-DGATCIUD);
Que, por las razones y medidas mencionadas, los ciudadanos se vieron privados de
renovar sus licencias conforme el procedimiento habitual establecido en el Código de
Tránsito y Transporte aprobado por Ley N ° 2.148 (conforme Texto Consolidado por
Ley N° 6.017);
Que, con el fin de no perjudicar a ese universo de vecinos se dispuso, mediante el
artículo 2 del DNU N° 15/AJG/20, la prórroga de manera excepcional por el término de
UN (1) año respecto de la vigencia de las licencias de conducir cuyo vencimiento
opere entre los días 15 de febrero y 31 de diciembre de 2020;
Que, siendo inminente la apertura de la Sede Central de la Dirección General de
Habilitación de Conductores, resulta necesario realizar nuevas consideraciones al
Protocolo aprobado mediante Resolución N° 8/SSSAC/20;
Que deviene necesario incorporar lo que atañe a las medidas sanitarias para rendir los
respectivos exámenes de conducir teóricos y prácticos, a los fines de dar cumplimiento
a lo normado en el artículo 3.2.8 del Código de Tránsito y Transporte para realizar los
trámites correspondientes para el otorgamiento de la licencia de conducir por primera
vez o para ampliar la categoría de una licencia existente;
Que, en este sentido, los incisos i) y j) del artículo referido precedentemente
establecen que, para la obtención por primera vez del registro de conducir o ampliar la
categoría, el aspirante debe aprobar el examen teórico y práctico de manejo;
Que, en consecuencia, la Dirección General Habilitación de Conductores, dependiente
de esta Subsecretaría de Servicios al Ciudadano, en virtud de sus responsabilidades
primarias, elevó mediante Nota N° NO-2020-24736071-GCABA-DGHC, vinculada a
Orden 4, a consideración de esta repartición, el Proyecto de "PROTOCOLO DE
FUNCIONAMIENTO PARA EL EXAMEN DE CONDUCIR TEÓRICO Y PRÁCTICO DE
LA DIRECCIÓN GENERAL HABILITACIÓN DE CONDUCTORES DURANTE LA
EMERGENCIA SANITARIA COVID-19" (Informe N° IF-2020-24732771-GCABA-
DGHC), a los fines de complementar el Protocolo aprobado mediante Resolución N°
8/SSSAC/20, citado ut supra y vinculado a Orden 5;
Que lo antes dicho tiene su fundamento en disminuir el riesgo de contagio de COVID-
19 durante la realización de los exámenes teórico y práctico en los trámites de
otorgamiento y ampliación de licencias de conducir para evaluar la aptitud conductiva;
Que, conforme surge del Decreto N°130/AJG/20, resulta competente para el dictado
del pertinente acto administrativo esta Subsecretaría de Servicios al Ciudadano en
tanto tiene dentro de sus responsabilidad primarias las de "Participar en la definición
de las políticas, pautas y lineamientos de atención ciudadana a implementarse en las
reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con atención al
público", "Entender en el Modelo de Atención al Público en las áreas que brindan
servicio al ciudadano en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y
"Coordinar las políticas, pautas y lineamientos de atención ciudadana a implementarse
en las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con
atención al público"
Que, mediante N° NO-2020-24824170-GCABA-MSGC obrante a Orden 7, el Ministerio
de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado la intervención de su
competencia prestando su conformidad al Proyecto de Protocolo en cuestión;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N°130/AJG/20,
Artículo 1°. - Apruébese el "PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO PARA EL
EXAMEN DE CONDUCIR TEÓRICO Y PRÁCTICO DE LA DIRECCIÓN GENERAL
HABILITACIÓN DE CONDUCTORES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA
COVID-19", como complementario del "PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO PARA
TODA DEPENDENCIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES CON ATENCIÓN AL PÚBLICO DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA
COVID-19", que como Anexo (Informe N° IF-2020-24732771-GCABA-DGHC) forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa de
la Jefatura de Gabinete de Ministerios. Cumplido, archívese. Porzecanski