RESOLUCIÓN 591 2021 SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
Síntesis:
SE AUTORIZA - LOS/LAS TRABAJADORES/AS MAYORES DE SESENTA (60) AÑOS DE EDAD - SIN COMORBILIDADES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - PRESTAR EL SERVICIO EN FORMA REMOTA TRANSITORIAMENTE - HASTA TANTO SE ENCUENTRE DISPONIBLE PARA DICHOS TRABAJADORES/AS LA POSIBILIDAD DE RECIBIR LA VACUNA CONTRA EL COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19
Publicación:
17/02/2021
Sanción:
12/02/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
Estado:
No vigente
VISTO: la Ley N° 6.292, el Decreto Nacional N° 260-PEN/20 y modificatorios, el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20 y 2/21, el Decreto
N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20, el expediente electrónico N° 6044606- -
GCABA-DGPDYND/2021 y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en
relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la
entrada en vigencia de dicho decreto;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por
los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20 y N° 2/21, se
declaró hasta el 31 de marzo de 2021 la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de atender y adoptar las medidas
necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la
población del coronavirus (COVID-19);
Que mediante Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20 se aprobó una nueva
estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación;
Que es responsabilidad primaria de la Subsecretaría de Carrera Docente, "planificar y
administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires";
Que así también le corresponde, "entender en la administración del personal docente y
no docente del ámbito del Ministerio y de las distintas áreas, en función de las
necesidades del sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que en vista de las facultades que son propias, se propicia autorizar que las tareas de
los trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) años, de edad, sin
comorbilidades, del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, que así lo soliciten, puedan prestarse en forma remota,
transitoriamente, hasta tanto se encuentre disponible para dichos trabajadores/as la
posibilidad de recibir la vacuna contra el COVID-19 (Coronavirus), conforme lo
dispuesto por las autoridades competentes.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.-Autorizase a los/las trabajadores/as mayores de sesenta (60) años de
edad, sin comorbilidades, del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que así lo soliciten, a prestar el servicio en forma remota
transitoriamente, hasta tanto se encuentre disponible para dichos trabajadores/as la
posibilidad de recibir la vacuna contra el COVID-19 (Coronavirus), conforme lo
dispuesto por las autoridades competentes. La solicitud deberá efectuarse de
conformidad con lo establecido en el Anexo I (IF-2021-06149497-GCABA-DGPDYND),
que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa,
de Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida, a la Unidad de Coordinación del
Sistema de Formación Docente, y a las Direcciones Generales de Educación de
Gestión Estatal, de Escuelas Normales, Superiores y Artísticas, de Carrera Docente,
de Personal Docente y No Docente, de Planeamiento Educativo y de Coordinación
Legal e Institucional, todas ellas dependientes del Ministerio de Educación de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Vidal