RESOLUCIÓN 591 2021 SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE

Síntesis:

SE AUTORIZA - LOS/LAS TRABAJADORES/AS MAYORES DE SESENTA (60) AÑOS DE EDAD - SIN COMORBILIDADES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - PRESTAR EL SERVICIO EN FORMA REMOTA TRANSITORIAMENTE - HASTA TANTO SE ENCUENTRE DISPONIBLE PARA DICHOS TRABAJADORES/AS LA POSIBILIDAD DE RECIBIR LA VACUNA CONTRA EL COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19

Publicación:

17/02/2021

Sanción:

12/02/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE

Estado:

No vigente


VISTO: la Ley N° 6.292, el Decreto Nacional N° 260-PEN/20 y modificatorios, el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20 y 2/21, el Decreto

N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20, el expediente electrónico N° 6044606- -

GCABA-DGPDYND/2021 y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la

Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en

relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la

entrada en vigencia de dicho decreto;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por

los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20 y N° 2/21, se

declaró hasta el 31 de marzo de 2021 la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de atender y adoptar las medidas

necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población del coronavirus (COVID-19);

Que mediante Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20 se aprobó una nueva

estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación;

Que es responsabilidad primaria de la Subsecretaría de Carrera Docente, "planificar y

administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires";

Que así también le corresponde, "entender en la administración del personal docente y

no docente del ámbito del Ministerio y de las distintas áreas, en función de las

necesidades del sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que en vista de las facultades que son propias, se propicia autorizar que las tareas de

los trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) años, de edad, sin

comorbilidades, del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, que así lo soliciten, puedan prestarse en forma remota,

transitoriamente, hasta tanto se encuentre disponible para dichos trabajadores/as la

posibilidad de recibir la vacuna contra el COVID-19 (Coronavirus), conforme lo

dispuesto por las autoridades competentes.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE CARRERA DOCENTE

RESUELVE:

Artículo 1°.-Autorizase a los/las trabajadores/as mayores de sesenta (60) años de

edad, sin comorbilidades, del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, que así lo soliciten, a prestar el servicio en forma remota

transitoriamente, hasta tanto se encuentre disponible para dichos trabajadores/as la

posibilidad de recibir la vacuna contra el COVID-19 (Coronavirus), conforme lo

dispuesto por las autoridades competentes. La solicitud deberá efectuarse de

conformidad con lo establecido en el Anexo I (IF-2021-06149497-GCABA-DGPDYND),

que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa,

de Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida, a la Unidad de Coordinación del

Sistema de Formación Docente, y a las Direcciones Generales de Educación de

Gestión Estatal, de Escuelas Normales, Superiores y Artísticas, de Carrera Docente,

de Personal Docente y No Docente, de Planeamiento Educativo y de Coordinación

Legal e Institucional, todas ellas dependientes del Ministerio de Educación de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Vidal


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6060

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 591-SSCDOC/21 autoriza  a los/las trabajadores/as mayores de sesenta (60) años de edad, sin comorbilidades, del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que así lo soliciten, a prestar el servicio en forma remota transitoriamente, hasta tanto se encuentre disponible para dichos trabajadores/as la posibilidad de recibir la vacuna contra el COVID-19 (Coronavirus), en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 10085-SSCDOC/21 deja sin efecto la Resolución N° 591-SSCDOC/21.</p>