RESOLUCIÓN 2 2021 MINISTERIO DE GOBIERNO

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA N° 1-MGOBGC/21- PROTOCOLO DE ELECCIONES SEGURAS - ELECCIONES 2021 - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIO DE GOBIERNO - VOTO - VOTACIÓN - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

16/11/2021

Sanción:

11/11/2021

Organismo:

MINISTERIO DE GOBIERNO


 

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VISTO: La Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20,

17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21, 11/21 y 12/21, las Resoluciones Nros. 10-

LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-LCABA/20 131-LCABA/20, 182-

LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21, 74-LCABA/21, 132-LCABA/21, 151-LCABA/21

y 165-LCABA/21, la Acordada Extraordinaria N° 83 de la Cámara Nacional Electoral, el

Acta N° 8 de la Junta Electoral Nacional con competencia electoral en el distrito de la

Capital Federal, el Decreto N° 118/AJG/21 y su modificatorio N° 226/AJG/21, la

Resolución N° 842-MSGC/20 y sus modificatorias, el Expediente Electrónico N°

34703787-GCABA-MSGC/21, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la emergencia sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),

prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.

8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21, 11/21 y 12/21 hasta el 30 de

noviembre de 2021;

Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-

LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21,

74/LCABA/21, 132-LCABA/21, 151-LCABA/21 y 165-LCABA/21, la Legislatura de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos de Necesidad y Urgencia

Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21 y 11/21,

respectivamente;

Que mediante la Acordada Extraordinaria N° 83 de la Cámara Nacional Electoral se

aprobó el "Protocolo sanitario de prevención COVID-19 Elecciones nacionales 2021",

que ha sido elaborado conjuntamente con la Dirección Nacional Electoral del Ministerio

del Interior y el Ministerio de Salud de la Nación, que contiene las medidas mínimas de

prevención para la jornada electoral, a fin de mitigar el riesgo de contagio en el

contexto de la realización de un proceso electoral;

Que por su parte, mediante el Acta N° 8 de la Junta Electoral Nacional con

competencia electoral en el distrito de la Capital Federal, se establecieron medidas

específicas a implementarse en el próximo acto eleccionario a fin de asegurar el mejor

desarrollo de dicha actividad;

Que por Resolución N° 842-MSGC/20 y sus modificatorias, el Ministerio de Salud

aprobó el "PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y

CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS COVID-19", el cual contempla la adopción de

medidas que garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de

Coronavirus (COVID -19) con el fin de permitir su atención adecuada, así como las

medidas de investigación, prevención y control pertinentes;

Que por el Decreto N° 118/AJG/21, se convocó al electorado de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires a Elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, a ser

realizadas en forma simultánea con las elecciones primarias nacionales, para que

proceda a la selección de treinta (30) candidatos/as a Diputados/as titulares y los/as

correspondientes candidatos/as a Diputados/as suplentes de cada agrupación política

para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en igual sentido, el artículo N° 3 del referido Decreto, convocó al electorado de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires a Elecciones Generales, a celebrarse en forma

simultánea con las elecciones generales nacionales, para que proceda a la elección de

treinta (30) Diputados/as titulares y los/as correspondientes Diputados/as suplentes,

para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes

asumirán sus funciones el día 10 de diciembre de 2021;

Que por Decreto N° 226/AJG/21, se establecieron las fechas relativas al próximo

proceso electoral que tendrá lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Resolución Conjunta N° 1-MGOBGC/21 se aprobó el "PROTOCOLO DE

ELECCIONES SEGURAS" para llevar adelante las elecciones 2021 en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, atento la situación epidemiológica actual, y las medidas dispuestas a través del

Acta N° 8, de la Junta Electoral Nacional con competencia electoral en el distrito de la

Capital Federal, es menester modificar el protocolo aprobado por Resolución Conjunta

N° 1-MGOBGC/21, a efectos de adaptar las medidas y recomendaciones de orden

sanitario, con el fin de garantizar un marco de prevención en el desarrollo de las

referidas elecciones;

Que, por lo expuesto, y conforme las facultades y responsabilidades primarias

conferidas por la Ley N° 6.292, los Ministerios de Gobierno y Salud, convienen

modificar el "PROTOCOLO DE ELECCIONES SEGURAS" a fin de preservar la salud

de todos los intervinientes en el próximo acto eleccionario, previendo los mayores

cuidados sanitarios tanto para las personas que desarrollarán tareas inherentes al

proceso electoral, los electores que concurrirán a votar, como así también, para toda la

población en general;

Que, conforme ello, han tomado intervención las áreas con competencia en la materia;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.292,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE GOBIERNO

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Modifíquese el Artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta N° 1-

MGOBGC/21, que quedará redactado de la siguiente manera: "Apruébase el

"PROTOCOLO DE ELECCIONES SEGURAS" para llevar adelante las elecciones

2021 en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que, como Anexo (IF-

2021-34633212-GCABA-MSGC), forma parte integrante de la presente.".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°1 con

competencia electoral en este distrito, al Comando General Electoral de la Capital

Federal, al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a

todos los Ministerios y Secretarías dependientes el Poder Ejecutivo del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. González Bernaldo de

Quirós - Screnci Silva


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6258

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>ArtÍculo 1° de la Resolución Conjunta N° 2-MGOBGC-MSGC/21 modifica el “PROTOCOLO DE ELECCIONES SEGURAS, en el marco de la Emergencia Sanitaria decretada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 2-MGOBGC-MSGC/21 modifica el “PROTOCOLO DE ELECCIONES SEGURAS, aprobado por la Resolución N° 1-MGOBGC/21.</p>