RESOLUCIÓN 383 2007 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

Síntesis:

SERVICIO PÚBLICO DE HIGIENE URBANA - SE INCORPORAN CUADRAS AL SECTOR CRÍTICO FUERA DE LA ZONA DE ALTO IMPACTO DE LA ZONA 6, ADJUDICADA A INDUSTRIAS METALÚRGICAS PESCARMONA SACIF - MARTIN Y MARTIN SA UTE

Publicación:

13/06/2007

Sanción:

30/04/2007

Organismo:

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE


Visto la Ley N° 1.925, los Decretos Nros. 1.838/03, 1.390/04, 328/06, y 189/07, el Registro N° 6.724-DGLIM/07, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto N° 1.838/03 se aprobó el pliego de bases y condiciones generales y particulares y se dispuso el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/03 para contratar el servicio público de higiene urbana para las cinco (5) zonas en las que se subdividió la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, posteriormente mediante Decreto N° 1.390/04 se aprobaron las adjudicaciones derivadas del proceso licitatorio convocado al efecto;

Que, en este sentido, se procedió a adjudicar el Servicio Público de Higiene Urbana a los siguientes oferentes: Zona 1: Cliba Ingeniería Ambiental S.A.; Zona 2: Aesa Aseo y Ecología S.A. - Fomento Construcciones y Contratas S.A. (U.T.E.); Zona 3: Transportes Olivos S.A.C.I.yF. - Ashira S.A. - U.T.E. (Urbasur); Zona 4: Ecohábitat S.A. -Emepa S.A. (Níttida) U.T.E. y Zona 6: Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.C.I.F. - Martin y Martin S.A. - U.T.E. Integra;

Que, en el marco de las competencias otorgadas por la Ley N° 1.925, el Ministerio de Medio Ambiente, dictó la Resolución N° 187-MMAGC/06 por la cual se dio inicio al ...proceso de readecuación del contrato de prestación del servicio público de higiene urbana en las zonas 1, 2, 3, 4 y 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...; ad referéndum de la aprobación por parte del señor Jefe de Gobierno;

Que, por Decreto N° 189/07 se ratificó el acta acuerdo de Readecuación Contractual del Servicio Público de Higiene Urbana suscripta por este Ministerio y la empresa Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.C.I.F. - Martin y Martin S.A.- (U.T.E.), contratista de la Zona 6, facultándose a esta instancia a modificar los sectores críticos establecidos en el Anexo VI del acta referida;

Que, por Nota de Pedido N° 1.109/07 la contratista propone una modificación del sector crítico fuera del área de alto impacto conforme lo previsto en la cláusula decimosegunda de la referida acta;

Que, en cumplimiento del último párrafo de la cláusula citada precedentemente se solicitaron los pertinentes informes técnicos a la Dirección General de Limpieza y a la inspección de la zona;

Que, en ese orden de ideas la Dirección General de Limpieza tomó la intervención que le compete informando que por Orden de Servicio N° 873/07, Zona 6 solicitó a la U.T.E. Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.C.I.F. - Martin y Martin S.A., la formulación de una propuesta técnica tendiente a obtener una mayor eficacia del servicio;

Que, dicha propuesta debía involucrar la problemática de áreas incluidas en los circuitos informales de recolección, clasificación de residuos, comprensivos de zonas de baja densidad de población, predominantemente destinadas a talleres y pequeñas empresas, con galpones y predios abandonados en los que se registran permanente arrojos clandestinos;

Que, en tal sentido, la empresa propuso la conformación de dos sectores críticos fuera del área de alto impacto;

Que, la Dirección General de Limpieza en la intervención que le cupo señaló que la referida modificación supone la incorporación al mismo de ochocientas catorce cuadras e implica un incremento de pesos ochocientos cincuenta mil seiscientos treinta mensuales ($ 850.630);

Que, en función del análisis técnico efectuado por la citada Dirección General, surge que la propuesta formulada por la U.T.E. resulta conveniente y adecuada teniendo en cuenta que las consecuencias de la acción de los recuperadores informales, de la disposición de residuos fuera de hora, y de los arrojos clandestinos reiterados constituyen un elemento fuertemente degradante de la calidad del espacio público;

Que, la Coordinación Ecológica Área Metropolitana S.E., quien se encuentra a cargo de los servicios de inspección y control integral del servicio público de higiene urbana de la Zona 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informa que la propuesta se enmarca en las recomendaciones realizadas por la comisión técnica asesora detalladas en el acta acuerdo, y en términos generales en las cláusulas de la misma;

Que, en cuanto a los nuevos sectores críticos fuera del área de alto impacto en la Zona 6, la citada coordinación indica que …en base a los resultados obtenidos por la prestación de servicios similares en los sectores definidos en su momento en el Anexo VI B del Acta Acuerdo, de iguales características, es que se estima que los efectos resultantes de la implementación de las mencionadas propuestas han de mejorar la higiene del sector;

Por ello, y en ejercicio de las facultades delegadas por el Decreto N° 189/07,

EL MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

Artículo 1° - Incorpóranse dentro del sector crítico fuera de la zona de alto impacto, la cantidad de ochocientas catorce (814) cuadras, correspondientes a la Zona 6 adjudicada a la empresa Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.C.I.F. - Martin y Martin S.A. (U.T.E.) que asciende a la suma de pesos ochocientos cincuenta mil seiscientos treinta ($ 850.630) mensuales, en los términos de la cláusula décima segunda del acta acuerdo de readecuación del contrato ratificada por el Decreto N° 189/07.

Artículo 2° - Establécese que las modificaciones dispuestas en el artículo 1° de la presente, deberán iniciarse a partir del día 1° de mayo de 2007.

Artículo 3° - La empresa Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.C.I.F. - Martin y Martin S.A. (U.T.E.), deberá presentar el nuevo plan de trabajo en el cual se encuentre contempladas las incorporaciones establecidas en el artículo 1° de la presente ante la Dirección General de Limpieza dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese a la empresa Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.C.I.F. - Martin y Martin S.A. (U.T.E.) en el domicilio constituido, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Higiene Urbana y a la Dirección General de Limpieza. Cumplido, incorpórase al Expediente N° 54.572/02.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 383-MMAGC-07 integra Dto. 1838-03 incorpora 814 cuadras dentro del sector crítico - Zona 6 en el marco de Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6-03