RESOLUCIÓN 24 2007 SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
AUTORIZA EL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS EN ARTERIAS DEL BARRIO DE BELGRANO
Publicación:
21/06/2007
Sanción:
07/06/2007
Organismo:
SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE
Visto el Registro N° 833-CGPC13/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación señalada en el visto se solicita la permisión de estacionamiento en un sector de la zona de Colegiales, comprendido por las calles Cramer, Virrey Avilés, Superí y Virrey del Pino;
Que para tal fin, se hace necesario incrementar la oferta de estacionamiento en la vía pública, con el objeto de facilitar el mismo a los vecinos que moran en el lugar y al publico que concurre a los comercios de la zona;
Que la trama vial en el entorno de dichas arterias, corresponde a calles con circulación local a escala barrial, en su mayoría con pavimento granítico, con un ancho de calzada uniforme en el orden de los ocho (8) metros;
Que se ha verificado que dichas vías, pueden albergar el estacionamiento junto a ambas aceras, observando una alta demanda de estacionamiento incluso junto a la acera izquierda donde actualmente está prohibido hacerlo;
Que el artículo 7.1.16 titulado Adecuación por demandas barriales, del Código de Transito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorga la facultad de permitir el estacionamiento junto a la acera izquierda durante las 24 hs., en calles de la red vial terciaria de más de ocho (8) metros de ancho;
Que estas autorizaciones serán consideradas normas particulares, siendo de aplicación lo normado en el artículo 7.1.12 de dicho Código, correspondiendo ejercer dicha facultad a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte;
Por ello, de conformidad con lo aconsejado por la Dirección General de Tránsito,
EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Artículo 1° - Permitir el estacionamiento general de vehículos, junto a la acera izquierda, según el sentido de circulación, en los siguientes tramos de arterias:
* Virrey Del Pino: entre Cramer y Superí.
* Virrey Avilés: entre Cramer y Superí.
* Zapiola: entre Virrey del Pino y Av. de los Incas.
* Cap. Gral. Ramón Freire: entre Virrey Avilés y Virrey del Pino.
* Conde: entre Virrey del Pino y Virrey Avilés.
* Superí: entre Av. Elcano y Av. de los Incas.
Artículo 2° - Las medidas establecidas requerirán la instalación del pertinente señalamiento vertical, para lo cual la Dirección General de Tránsito gestionará y solicitará su instalación. Con posterioridad, dicha repartición fijará fecha y hora de su puesta en vigencia mediante el dictado de la correspondiente disposición.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito la que comunicará a la Policía Federal Argentina, a las Direcciones Generales de Seguridad Vial y del Sistema de Señalización, al Centro de Gestión y Participación Comunal 13 y cumplirá el trámite establecido en el art. 2° de la presente norma.