RESOLUCIÓN 1297 2007 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

NORMA DEROGADA - SE APRUEBA LA INTEGRACIÓN DE LA UNIDAD DE CONTROL Y GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO UCYGA Y SU MANUAL DE FUNCIONES

Publicación:

05/07/2007

Sanción:

12/06/2007

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


Visto el Decreto N° 612/07 (B.O.C.B.A. N° 2677) y la Nota N° 7.326-MSGC/07, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Resolución N° 204-MSGC/06 (B.O.C.B.A. N° 2381) se creó la Unidad de Control y Gestión de Abastecimiento del servicio de operación logística para el abastecimiento de insumos y medicamentos para Hospitales y Centros de Salud de la Ciudad, en el marco de la Licitación Pública N° 25-SS/04;

Que, por su parte el decreto citado en el visto encomendó a la Dirección Abastecimiento Hospitalario, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, entender en la recepción y distribución de medicamentos, insumos biomédicos y equipamiento de adquisición centralizada;

Que, en tal sentido la Dirección Abastecimiento tiene a su cargo las acciones y funciones relativas a la recepción y distribución logística;

Que, a efectos de ejercer el control encomendado, corresponde dictar el manual de misiones y funciones de la Unidad de Control y Gestión de Abastecimiento, establecer sus procesos administrativos y fijar sus cursogramas de procedimiento;

Que, asimismo corresponde designar a los miembros que conformarán la Unidad de Control y Gestión de Abastecimiento;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la integración de la Unidad de Control y Gestión de Abastecimiento (UCyGA) dependiente de la Subsecretaría de Administración y Finanzas de este Ministerio, conforme lo indicado en el Anexo I que se adjunta al presente y que, a todos sus efectos, forma parte integrante del mismo.

Artículo 2° - Apruébase el manual de funciones, descripción de tareas, procesos y cursogramas de la Unidad de Control y Gestión de Abastecimiento -UCyGA-, que como Anexo II se adjunta a la presente resolución y que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la misma.

Artículo 3° - La asignación de funciones prevista en el artículo 1° no significa mayor erogación presupuestaria.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.


ANEXOS

ANEXO

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Dec. 1353-08 Deroga la Res. 197-MSGC-07 integración de la Unidad de Control y Gestión de Abastecimiento - UCyGA
INTEGRA
Res. 1297-MSGC-07 integra Res. 204-SS-06 Aprueba integración, manual de funciones, descripción de tareas de la Unidad de Control de Gestión de Abastecimiento