RESOLUCIÓN 2765 1998 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO CON LA SEÑORA HAYDEE OLGA PAOLINI DE CASCARDO, EN REPRESENTACIÓN DE LA SEÑORA EDMEA BLANCA DE MARSICO DE VELASCO

Publicación:

06/01/1999

Sanción:

28/04/1998

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N°0208-CVD ex MCBA-97 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96, y

CONSIDERANDO:

Que por el Registro mencionado tramita la presentación que la señora HAYDEE OLGA PAOLINI de CASCARDO en representación de la señora EDMEA BLANCA de MARSICO de VELASCO hiciera ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, en su carácter de propietaria del inmueble sito en la calle Virrey Loreto 2449 de esta ciudad, locado con destino al área Educación hasta el 10-01-96, fecha en que se restituyó el inmueble citado;

Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex-Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 17 de julio de 1997 la locadora en cuestión se notifica de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada que asciende a pesos dos mil cuatrocientos ochenta y tres con ochenta y siete centavos ($ 2.483,87);

Que en la misma fecha la señora HAYDEE OLGA PAOLINI de CASCARDO, en representación de la señora EDMEA BLANCA de MARSICO de VELASCO acepta la opción consistente en una deducción del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el monto de la deuda verificada, en consecuencia, se le reconoce en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96 la suma de pesos un mil seiscientos catorce con cincuenta y dos centavos ($ 1.614,52), la cual será abonada en una (1) sola cuota, sin interés, con vencimiento a los treinta (30) días posteriores a la firma del acta acuerdo correspondiente;

Que dicha cuota se instrumentará con pagarés Decreto N° 225-GCBA-96, con cláusula sin protesto emitidos en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a favor del acreedor, descontando de la primera de ellas las retenciones del Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieran corresponder;

Que el 28 de abril de 1998 y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a suscribir el acta correspondiente;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se ha pronunciado al respecto, en cumplimiento de lo estipulado en el Art. 8° de la citada norma;

Por lo expuesto y en cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96, en su Art. 9°;

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 28 de abril de 1998, por la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la señora HAYDEE OLGA PAOLINI de CASCARDO, en representación de la señora EDMEA BLANCA de MARSICO de VELASCO, que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Art. 2° Notifíquese a la Dirección General de Contaduría General a los efectos de los Arts. 10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Planificación Presupuestaria, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de Tesorería y de Contaduría General.

ACTA ACUERDO

Entre: GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, representada en este acto por Funcionarios de la COMISION DE VERIFICACION DE CREDITOS DE LA EX MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (Dto. N° 225-GCBA-96), designados por Resolución N° 7-S.H.yF. del 07/10/96, con domicilio en Avda. de Mayo 525, Capital Federal por una parte y la señora HAYDEE OLGA PAOLINI de CASCARDO, en adelante EL ACREEDOR, titular de los contratos que suscribiera con la ex-Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio en la calle Talcahuano 1276, Piso 16°, Departamento B, Capital Federal por la otra.

ANTECEDENTES: 'EL ACREEDOR solicitó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el reconocimiento de la deuda de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el procedimiento establecido en el Decreto N° 225-GCBA-96.

Cumplidas las intervenciones previstas en el Decreto mencionado, corresponde la suscripción del Acta Acuerdo a que se refiere el artículo 7° de citada norma la que deberá ser aprobada por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. Por ello, las partes acuerdan:

ARTICULO 1°: En el Anexo I , que suscripto por separado forma parte integrante de la presente, se detalla la suma verificada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos del presente Acuerdo, la cual asciende a pesos dos mil cuatrocientos ochenta y tres c/ochenta y siete centavos ($ 2.483,87 ).

ARTICULO 2°: EL ACREEDOR ha aceptado la propuesta oportunamente efectuada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, consistente a una deducción del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el monto consignado en el artículo anterior.

ARTICULO 3°: En consecuencia, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a EL ACREEDOR el importe de pesos un mil seiscientos catorce c/cincuenta y dos centavos ($ 1.614,52) que serán abonados en una sola cuota sin interés, con vencimiento a los 30 días de la firma de la presenta acta, descontando de la misma la retención de Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieran corresponder.

La cuota se instrumentará con un pagaré con cláusula sin protesto emitido en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

ARTICULO 4°: EL ACREEDOR expresamente consiente la liquidación formulada y la forma de pago acordada en la presente, desistiendo de cualquier otro reclamo administrativo o judicial que tenga relación con presuntas o reales acreencias de las que se considere titular frente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, originadas en períodos anteriores a la fecha de firma de la presente Acta, renunciando además expresamente a las acciones y derechos respectivos.

ARTICULO 5°: Las partes constituyen los domicilios que se indican en el presente acuerdo y declaran que cualquier cuestión derivada de la interpretación o ejecución del mismo será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires, o los que los sustituyan en el futuro, renunciando las partes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.

ARTICULO 6°: Conforme lo dispuesto en el artículo Séptimo (7°) del Decreto N° 225/GCBA/96, esta Acta Acuerdo se suscribe Ad referendum del señor Secretario de Hacienda y Finanzas, en la Ciudad de Buenos Aires a los 28 días del mes de abril de 1998.

En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados.


ANEXOS

Anexo I

ACTA ACUERDO

Entre: GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, representada en este acto por Funcionarios de la COMISION DE VERIFICACION DE CREDITOS DE LA EX MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (Dto. N° 225-GCBA-96), designados por Resolución N° 7-S.H.yF. del 07/10/96, con domicilio en Avda. de Mayo 525, Capital Federal por una parte y la señora HAYDEE OLGA PAOLINI de CASCARDO, en adelante EL ACREEDOR, titular de los contratos que suscribiera con la ex-Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio en la calle Talcahuano 1276, Piso 16°, Departamento B, Capital Federal por la otra.

ANTECEDENTES: 'EL ACREEDOR solicitó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el reconocimiento de la deuda de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el procedimiento establecido en el Decreto N° 225-GCBA-96.

Cumplidas las intervenciones previstas en el Decreto mencionado, corresponde la suscripción del Acta Acuerdo a que se refiere el artículo 7° de citada norma la que deberá ser aprobada por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. Por ello, las partes acuerdan:

ARTICULO 1°: En el Anexo I , que suscripto por separado forma parte integrante de la presente, se detalla la suma verificada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos del presente Acuerdo, la cual asciende a pesos dos mil cuatrocientos ochenta y tres c/ochenta y siete centavos ($ 2.483,87 ).

ARTICULO 2°: EL ACREEDOR ha aceptado la propuesta oportunamente efectuada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, consistente a una deducción del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el monto consignado en el artículo anterior.

ARTICULO 3°: En consecuencia, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a EL ACREEDOR el importe de pesos un mil seiscientos catorce c/cincuenta y dos centavos ($ 1.614,52) que serán abonados en una sola cuota sin interés, con vencimiento a los 30 días de la firma de la presenta acta, descontando de la misma la retención de Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieran corresponder.

La cuota se instrumentará con un pagaré con cláusula sin protesto emitido en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

ARTICULO 4°: EL ACREEDOR expresamente consiente la liquidación formulada y la forma de pago acordada en la presente, desistiendo de cualquier otro reclamo administrativo o judicial que tenga relación con presuntas o reales acreencias de las que se considere titular frente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, originadas en períodos anteriores a la fecha de firma de la presente Acta, renunciando además expresamente a las acciones y derechos respectivos.

ARTICULO 5°: Las partes constituyen los domicilios que se indican en el presente acuerdo y declaran que cualquier cuestión derivada de la interpretación o ejecución del mismo será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires, o los que los sustituyan en el futuro, renunciando las partes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.

ARTICULO 6°: Conforme lo dispuesto en el artículo Séptimo (7°) del Decreto N° 225/GCBA/96, esta Acta Acuerdo se suscribe Ad referendum del señor Secretario de Hacienda y Finanzas, en la Ciudad de Buenos Aires a los 28 días del mes de abril de 1998.

En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados.

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