RESOLUCIÓN 537 2000 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Síntesis:
APRUEBA LICITACIÓN PRIVADA RÉGIMEN OBRA MENOR N° 190/00. ADJUDICA LA OBRA A GRAPE CONSTRUCTORA S.A.
Publicación:
31/01/2001
Sanción:
22/12/2000
Organismo:
SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Visto el Expediente N° 31.952/00 y los términos de los Decretos Nros. 8.828/78 (B.M. N° 15.951) y 608/98 (B.O. N° 439) y;
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados la Dirección General de Obras Públicas de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tramita las obras Reparación integral de veredas con construcción de rampas para personas con necesidades especiales, etapa II, zona 2 Norte.
Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;
Que, mediante Disposición N° 028-SSOM-2000 se dispuso el llamado a Licitación Privada por el Régimen de Obra Menor N° 190/00 para el día 27 de octubre de 2000 a las 13 horas, al amparo de lo establecido en los Decretos Nros. 8.828/78 (B.M. N° 15.951) y 608/98 (B.O. N° 439);
Que, tal como luce en el Acta de Apertura, se recibieron las propuestas de las firmas GERONIMO RIZZO S.A., URSUB S.A., NAKU CONSTRUCCIONES S.R.L., GRAPE CONSTRUCTORA S.A., JUDZIK Y ANGIELCZYK S.A., PELACCINI S.R.L. y CONANA S.A.C.I.M.;
Que, del estudio de ofertas efectuado surge el Acta de Preadjudicación N° 131/2000 por la cual resulta preadjudicataria la firma GRAPE CONSTRUCTORA S.A.;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 8.828/78 (B. M. N° 15.951) y 608-GCBA-98 (B.O. N° 439);
Artículo 1° Apruébase la Licitación Privada por el Régimen de Obra Menor N° 190/00 realizada al amparo de lo establecido en los Decretos N° 8.828/78 (B.M. N° 15.951) y 608/98 (B.O. N° 439) por la Subsecretaría de Obras y Mantenimiento de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y adjudícanse las obras Reparación integral de veredas con construcción de rampas para personas con necesidades especiales, etapa II, zona 2 Norte, a la firma GRAPE CONSTRUCTORA S.R.L., por un monto total de Pesos Setenta y Seis Mil Novecientos Cincuenta y Ocho con Sesenta y Siete Centavos ($76.958,67).
Artículo 2° Dicho gasto se imputará a la partida del Presupuesto en vigencia.
Artículo 3° Regístrese, comuníquese a la Dirección de Presupuesto Contable y remítase al Area de Compras y Contrataciones, ambas dependientes de la Dirección General Administrativa y Legal de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.