DISPOSICIÓN 36 2007 DIRECCIÓN GENERAL DE MUSEOS

Síntesis:

ESTABLECE LA REALIZACIÓN OBLIGATORIA PARA LOS GUÍAS DE TURISMO DE ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN PARA DESEMPEÑAR ACTIVIDAD EN MUSEOS E INSTITUCIONES DEL GCABA

Publicación:

13/07/2007

Sanción:

13/04/2007

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE MUSEOS


Visto la Ley N° 1.264;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 10 de la Ley N° 1.264 establece que los museos, exposiciones, ferias, bibliotecas y otras instituciones de interés turístico dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben facilitar el ingreso a los guías de turismo en forma gratuita con la sola presentación de la credencial que así los acredite;

Que la norma indicada en el párrafo anterior no sólo crea un derecho para los guías de turismo, sino que también constituye una herramienta que fomenta el acercamiento y la profundización de los vínculos entre los profesionales del turismo y los museos de Buenos Aires;

Que la Dirección General de Museos es responsable del desarrollo de estrategias destinadas a promover, rescatar, preservar y acrecentar el patrimonio de sus museos, facilitar el acceso del público a sus colecciones y generar manifestaciones artísticas y culturales vinculadas con el área;

Que la Dirección General de Museos promueve políticas de intercambio cultural, con el objetivo de alentar y enriquecer la conciencia colectiva de pertenencia, manteniendo contactos con otros museos públicos y privados de nuestro país y del exterior, instituciones y entidades vinculadas al quehacer cultural y diversos organismos gubernamentales, como así también con aquellos profesionales que incluyen en su quehacer cotidiano a los museos de la ciudad;

Que la Dirección General de Museos organiza actividades de divulgación artística, patrimonial y museológica; fomenta la profesionalización del personal a través de su capacitación, y coordina los asuntos administrativos, presupuestarios y estadísticos de los museos, estimulando la modernización de la gestión de los mismos;

Que a los efectos de optimizar la calidad de las prestaciones turísticas y de fomentar el trabajo interdisciplinario entre museólogos y guías de turismo, es conveniente implementar acciones de capacitación y actualización para los profesionales del turismo que participan en aquellas;

Por ello, y en ejercicio de funciones que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE MUSEOS

DISPONE:

Artículo 1° - Se establece la obligatoriedad de la realización de actividades de capacitación y actualización para que los guías de turismo puedan gozar del derecho acordado en el artículo 10 de la Ley N° 1.264 en el caso en el que tal derecho se ejerza mientras el mismo guía alguno de los museos dependientes la Dirección General de Museos en el marco de la realización de circuitos turísticos.

Artículo 2° - La Dirección General de Museos programará anualmente los objetivos, los requisitos si los hubiera, los contenidos y la duración y de las actividades indicadas en el artículo anterior.

Artículo 3° - La Dirección General elaborará la nómina de guías de turismo que podrán ingresar gratuitamente a cada uno de los museos de la ciudad y guiar en el marco del artículo 1° de la presente, en base a la acreditación por parte del requirente o a las constancias obrantes en esta dependencia, de la efectiva realización de las actividades de capacitación y actualización señaladas en el artículo 2°.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones de los Museos dependientes de la Dirección General de Museos, cumplido archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 36-DGM-07 establece la obligatoriedad de realizar actividades de capacitación y actualización para los Guías de Turismo contemplados en el Art. 10 de la Ley 1264.</p>