DECRETO 1741 2007
Síntesis:
APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 1.264 - REGLAMENTA LA ACTIVIDAD DE LOS GUÍAS PROFESIONALES DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
Publicación:
03/12/2007
Sanción:
28/11/2007
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Ley N° 1.264 y su modificatoria Ley N° 2.225, el Expediente N° 1.899/07, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1.264 regula la actividad de los guías profesionales de turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó la Ley N° 2.225 mediante la cual se modifica la Ley N° 1.264, con el propósito de incrementar la oferta turística incorporando figuras no previstas en el régimen vigente; precisando las obligaciones de los/as guías de turismo, y; estableciendo respecto de tales sujetos, un régimen sancionatorio que garantice el cumplimiento de los deberes a su cargo;
Que el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que las leyes son reglamentadas por el Jefe de Gobierno;
Que a los efectos de cumplir con la ley, corresponde precisar el procedimiento de inscripción de las categorías de guías de turismo, en el Registro de Guías de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° - Apruébase la reglamentación de la Ley N° 1.264, la que como Anexo I es parte integrante del presente.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Producción.
Artículo 3° - Dese al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Producción y a la Subsecretaría de Turismo.
ANEXOS
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