RESOLUCIÓN 44 2011 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
Síntesis:
MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL DEL ENTE DE TURISMO - MINISTERIO DE CULTURA - ADHIERE AL RÉGIMEN GERENCIAL DE LA CIUDAD - SUPRIME EL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN E INVESTIGACIÓN, LA DIRECCIÓN GENERAL POLÍTICAS TURÍSTICAS DE INCLUSIÓN SOCIAL, LA DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN EXTERNA Y LA DIRECCIÓN DE REGISTRO DE ACTIVIDADES TURÍSTICAS - MODIFICA LAS RESPONSABILIDADES PRIMARIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO Y COMPETITIVIDAD DE LA OFERTA, DE LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL COMUNICACIÓN Y ESTRATEGIAS DE MERCADO - CREA Y APRUEBA LAS RESPONSABILIDADES PRIMARIAS LA DIRECCIÓN GENERAL INVESTIGACIÓN Y CAPACITACIÓN TURÍSTICA - CREA LA DIRECCIÓN OPERATIVA DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y COOPERACIÓN EXTERNA, LA DIRECCIÓN OPERATIVA DE PRENSA Y LA DIRECCIÓN OPERATIVA REGISTRO DE ACTIVIDADES TURÍSTICAS - TRANSFIERE EL PERSONAL DE LAS DIRECCIONES GENERALES SUPRIMIDAS A OTRAS ÁREAS CON SIMILARES MISIONES Y FUNCIONES
Publicación:
30/06/2011
Sanción:
28/02/2011
Organismo:
F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
VISTO:
la Ley N° 2.627, el Decreto N° 684/09; las Resoluciones N° 2-ENTUR-08, 15-ENTUR-08, 4-DEENTUR-08 y 5-DEENTUR-08; y,
CONSIDERANDO:
Que Ley N° 2.627 crea el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o del organismo que en el futuro lo reemplace;
Que el Decreto 684/2009 aprueba el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, invitando en su Artículo 11° a los entes descentralizados a dictar normas de adhesión a dicho régimen;
Que mediante Resolución N° 2-ENTUR-08 se aprobó la estructura orgánico funcional del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta nivel de Dirección General, ampliándose la misma con la incorporación, mediante Resolución N° 15-ENTUR-08, del Instituto de Capacitación e Investigación, con rango de Dirección General;
Que mediante Resoluciones N° 4-DEENTUR-08 y N° 5-DEENTUR-08 se crearon las Direcciones de Cooperación Externa y de Registro de Actividades Turísticas respectivamente, ambas con dependencia directa de la Dirección Ejecutiva;
Que se propone la modificación de dicha estructura a fin de dotar al organismo de una mejor distribución de responsabilidades y un mejor aprovechamiento de los recursos disponibles.
Por ello, y en uso de las facultades emergentes del Artículo 11° a) de la Ley N° 2.627,
Artículo 1° .- Suprímase de la estructura orgánico funcional del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Instituto de Capacitación e Investigación, creado por Resolución N° 15-ENTUR-08.
Artículo 2° .- Suprímase de la estructura orgánico funcional del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Dirección General Políticas Turísticas de Inclusión Social, creada por Resolución N° 2-ENTUR-08.
Artículo 3° .- Suprímanse de la estructura orgánico funcional del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las Direcciones de Cooperación Externa y de Registro de Actividades Turísticas, creadas por Resoluciones N° 4-DEENTUR-08 y 5-DEENTUR-08 respectivamente.
Artículo 4° .- Modifícanse las Responsabilidades Primarias de la Dirección General Desarrol o y Competitividad de la Oferta, de acuerdo al detal e del Anexo II, el que en un todo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 5° .- Modífícanse las Responsabilidades Primarias de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, conforme se detal a en el Anexo III, el que en un todo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 6° .- Modífícanse las Responsabilidades Primarias de la Dirección General Comunicación y Estrategias de Mercado, conforme se detal a en el Anexo IV, el que en un todo forma parte integrante de la presente Resolución
Artículo 7° .- Créase la Dirección General Investigación y Capacitación Turística, con dependencia directa de la Dirección Ejecutiva del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 8° .- Apruébanse las Responsabilidades Primarias de la Dirección General Investigación y Capacitación Turística, según el detal e obrante en el Anexo V, el que en un todo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 9° .- Adhiérese al Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con los términos del Anexo del Decreto N° 684/2009
Artículo 10° .- Créase la Dirección Operativa de Relaciones Institucionales y Cooperación Externa, con dependencia directa de la Dirección Ejecutiva del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y cuyas acciones se detal an en el Anexo VI, el que en un todo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 11° .- Créase la Dirección Operativa de Prensa, con dependencia directa de la Dirección Ejecutiva del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y cuyas acciones se detal an en el Anexo VII, el que en un todo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 12° .- Créase la Dirección Operativa Registro de Actividades Turísticas, con dependencia directa de la Dirección Ejecutiva del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y cuyas acciones se detal an en el Anexo VIII, el que en un todo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 13° .- El personal y patrimonio de las Direcciones Generales y Direcciones suprimidas por los Artículos 1°, 2° y 3°, son transferidos a las Direcciones Generales y Direcciones Operativas de la estructura que por la presente se aprueba, manteniendo sus respectivos niveles y grado, conforme las misiones y funciones que estuvieran ejecutando a la fecha de la presente Resolución. La Dirección Ejecutiva adecuará, dentro de los sesenta (60) días del dictado de la presente, la distribución actualizada del personal establecida por la Resolución N° 37-DEENTUR-10.
Artículo 14° .- Modifícase el Anexo I de la Resolución N° 2-ENTUR-08, conforme el detal e obrante como Anexo I, el que en un todo forma parte integrante de la presente Resolución y el Anexo II de la mencionada norma conforme las modificaciones introducidas por la presente. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Cultura, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Lombardi
ANEXOS
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