DECRETO 684 2009

Síntesis:

APRUEBA EL RÉGIMEN GERENCIAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CARGOS DIRECCIÓN OPERATIVA - SUBDIRECCIÓN OPERATIVA - CONCURSOS PÚBLICOS Y ABIERTOS - DESIGNACIONES TRANSITORIAS - DELEGACIÓN DE FACULTADES - MINISTROS - DIRECCIONES OPERATIVAS - SUBDIRECCIONES OPERATIVAS

Publicación:

10/08/2009

Sanción:

05/08/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VER TEXTO ACTUALIZADO

VISTO: El artículo 34 de la Ley N° 471 y el Expediente N° 67.881/08, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 471 se sancionó el Régimen de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose en su artículo 34 el Régimen Gerencial;

Que el artículo 4° de la normativa citada exceptúa del Régimen de la ley:
a) al Jefe y Vicejefe de Gobierno, los Ministros, Secretarios, Subsecretarios, Directores Generales y los titulares de los entes descentralizados;
b) al personal que preste servicios en la Legislatura y en el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
c) al Procurador General, el Síndico General, los Auditores Generales de la Ciudad, el Defensor del Pueblo y sus adjuntos

Que el artículo 34 determina que el Poder Ejecutivo reglamentará el régimen gerencial para los cargos más altos de la Administración Pública en base a lo siguientes criterios:
a) ingreso por riguroso concurso público de antecedentes y oposición;
b) estabilidad por cinco (5) años con sujeción a las evaluaciones de desempeño anuales;
c) cese de la estabilidad y extinción de la relación de empleo público en el caso de una evaluación negativa y
d) obligación de realizar un nuevo llamado a concurso público y abierto una vez vencido el período de estabilidad del cargo;

Que por lo tanto, es menester instrumentar un régimen gerencial que asegure el cumplimiento de dichas exigencias legales, estableciendo un procedimiento de concursos sustentado en los principios de transparencia, idoneidad, mérito y capacitación, con el objetivo de asegurar la máxima profesionalización de dichos cargos;

Que en ese marco, es oportuno dictar la correspondiente reglamentación que prevea los lineamientos y principios a los cuales deberá ajustarse la cobertura de los cargos mas altos, con el objeto de fortalecer y consolidar una estructura coherente con las políticas públicas en ejecución;

Que la medida que por el presente acto se adopta, constituye un aspecto fundamental en la instrumentación de una política de recursos humanos respetuosa de los principios constitucionales que rigen la materia y de los derechos y garantías del personal, pilares esenciales para implementar mecanismos que permitan optimizar la gestión y mejorar las prestaciones bajo responsabilidad de la Administración Pública;

Que asimismo, al momento de diseñar las estructuras organizativas complementarias de las aprobadas por el Decreto N° 2.075/07, se determinarán los cargos gerenciales, acciones y jerarquías funcionales;

Que una vez aprobada la respectiva estructura, como medida excepcional y a efectos de optimizar el adecuado funcionamiento de los distintos organismos que componen este Poder Ejecutivo, se autoriza la designación transitoria de personal para ocupar los cargos gerenciales, hasta tanto se sustancien los concursos públicos y abiertos;

Que dichas designaciones transitorias serán dispuestas por el Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la máxima autoridad del organismo que la solicite;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en los términos de la Ley N° 1.218.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébase el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo se adjunta y forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- El Régimen será de aplicación a los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán ?dirección operativa? y ?subdirección operativa?, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevean en las estructuras organizativas de este Gobierno.

Artículo 4°.- Delégase en el Jefe de Gabinete de Ministros y en el Ministro de Hacienda, en forma conjunta, la facultad de dictar las normas complementarias, interpretativas y aclaratorias que sean necesarias para la aplicación del Régimen que por el presente se aprueba.

Artículo 5°.- Una vez aprobadas las nuevas estructuras, facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros y al Ministro de Hacienda, para que en forma conjunta, en los casos de designaciones transitorias, determinen la cantidad de cargos gerenciales a cubrir por cada organismo y sus remuneraciones.

Artículo 6°.- Autorízase al Jefe de Gabinete de Ministros a disponer la cobertura transitoria de los cargos gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para la cobertura de los mismos.

Artículo 7°.- Los funcionarios designados con carácter transitorio estarán excluidos de las previsiones contenidas en esta reglamentación.

Articulo 8°.- A los efectos de la aplicación del artículo 5° del presente Decreto, cada Ministro y/o Secretario del Jefe de Gobierno deberá proponer al Jefe de Gabinete las personas que ocuparán esos cargos en forma transitoria.

Artículo 9°.- Delégase en cada Ministro y/o en los Secretarios del Jefe de Gobierno el nombramiento del personal de su jurisdicción que resulte seleccionado para la cobertura de los cargos gerenciales, conforme al procedimiento de concursos incluido en la reglamentación que se aprueba.

Articulo 10.- Autorízase al Jefe de Gabinete de Ministros a disponer el congelamiento de los cargos de nivel de jefatura cuando la vacante se produzca por la designación de los respectivos agentes en los cargos gerenciales.

Artículo 11.- Invítase a los entes descentralizados y sociedades estatales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a dictar normas de adhesión a lo dispuesto en el presente decreto.

Artículo 12.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 13.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Dirección General de Organización y Sistemas de Gestión, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Sindicatura General y a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3233

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
<p>Art. 1 del Decreto 684-09, aprueba el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el artículo 34 de la Ley 471.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 3749-MEFGC-19 aprueba las disposiciones generales aplicables al Régimen Gerencial de la Administración Pública que la integra como Anexo, en el marco del Régimen Gerencial aprobado por Decreto 684-09.</p><p>Art. 2 aprueba el procedimiento de selección para los cargos del Régimen Gerencial, que la integra como Anexo II.</p>
INTEGRADA POR
Res. 2953-MHGC-10 hace extensivo a los agentes comprendidos en el Régimen Gerencial del Dec. 684-09 que no revistan en PP el acuerdo suscripto mediante el acta de negociación colctiva 17-10
INTEGRADA POR
Res.901-el personal designado por Dec. 684-09 percibirá la totalidad de su remuneración, incluído el fondo estímulo si lo estuviera percibiendo
REGLAMENTADA POR
Res. 3017-09 establece que el personal designado en cargos gerenciales, conforme el Dto. 684-09, continuará percibiendo la remuneración mensual que percibía al momento de su designación, siempre que la misma fuera superior a la establecida en el artículo 1° de la citada Resolución 2841-09
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 4 de la Resolución 2291-MEF-18 aprueba las Competencias Laborales Individuales y de Liderazgo aplicable al personal del Régimen Gerencial, regido por Decreto 684-09.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 2822-MHGC-16 <strong>(DEROGADA) </strong>aprueba las disposiciones generales aplicables al Régimen Gerencial de la Administración Pública de la Ciudad, que fuera reglamentado oportunamente por Decreto 684-09.</p><p>Art. 2, aprueba el procedimiento de selección para los cargos del Régimen Gerencial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>
COMPLEMENTADA POR
Los miembros del Directorio del instituto de trasplante de la CABA percibirán una remuneración equivalente al nivel de Director Operativo, conforme los términos del Decreto N° 684/2009 y sus normas complementarias.
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 886-10, modifica el artículo 5 del Anexo I del Decreto 684-10.</p><p>Art. 2, modifica el artículo 7.</p><p>Art. 3, modifica el artículo 16.</p><p>Art. 4, modifica el artículo 17.</p>
INTEGRADA POR
<p>Acta 4-10, aprobada por Res. 636-MHGC-11 determina que los cargos de carrera gerencial seran ocupados por personal de P. Permanente, personal contratado, y personas que no revistan en la dotación del estado, reglamenta Dec. 684-09</p>
ADHERIDA POR
<p>Disp. N° 112-EHU-11 adhiere al régimen gerencial aprobado por el Decreto N° 684-09</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>NORMA DEROGADA. Art. 1 de la Resolución 1040-SECRH-11, aprueba  el nuevo texto del Régimen Gerencial, e marco del Decreto 684-09.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art 3 de la Res 127-MH-11 Hace extensivo lo convenido en el Acta de Negociación colectiva 2-11 a los Directores Operativos y Subdirectores Operativos comprendidos en el Régimen de la Carrera Gerencial aprobada por el Decreto 684-09</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Res. 638-MMGC-14:  Establece mecanismo comparativo para ajustar la remuneración del personal de planta permanente designado en forma transitoria o definitiva para la cobertura de los cargos del Régimen Gerencial,   complementa Dec. 684-09.</p>
INTEGRADA POR
Art. 4 de la Res. 101-SGCBA-14: Establece que se encuentran alcanzados por la presente, b). Toda dependencia de nivel inferior al de Dirección General que tenga fondos asignados para gastos o fondos recaudados, quedando comprendido el Régimen Gerencial aprobado por Dec.684-09
INTEGRADA POR
Art 2 del Dto 353-14 da instrucción de adopción de medidas que resulten necesarias a efectos de implementar restricciones presupuestarias durante el ejercicio 2014, en la creación de cargos del régimen de la carrera gerencial, regulado por Dto 684-09.
ADHERIDA POR
Art. 1 de la Resolución 76-SGCBA-14 establece que la Sindicatura General de la Ciudad adhiere al Régimen Gerencial aprobado por Decreto 684-09 y modificatorias a partir del 1-7-14. Art. 6 excluye a los titulares de la Secretaría General y de la Gerencia de Fortalecimiento Institucional de la adhesión efectuada por el art. 1.
INTEGRADA POR
Art.1, Dec. 251-14, aprueba la estructura del Régimen Gerencial dentro de las Comunas, en el marco de lo dispuesto en el Decreto 684-09.
ADHERIDA POR
<p>Artículo 2 de la Resolución 228-APRA-14, adhiere al Régimen Gerencial creado mediante Decreto 684/GCBA/09.</p>
INTEGRADA POR
Art. 1 de la Res. 198-MMGC-12, asigna a las Coordinaciones dependientes de la Coordinación General Ejecutiva del Organismo Fuera de Nivel Instituto Superior de la Carrera, del Ministerio de Modernización, una remuneración equivalente a la prevista para Gerentes Operativos, conforme lo dispuesto por el Decreto 684-2009.
INTEGRADA POR
Dec.260-12 aprueba régimen Gerencial para el M. de Salud, en conformidad con el dec. 684-09
INTEGRADA POR
Art. 1 Dec. 56-14 aprueba los niveles de Gerencia Operativa y Subgerencia Operativa, en la órbita de la Secretaría de Medios, en el marco de lo establecido por el Dec. 684-09.
ADHERIDA POR
<p>Punto 1) del Acta 2672-IVC-14 establece que el Instituto de Vivienda adhiere al régimen establecido por el Artículo 34 de la Ley 471 e instrumentado mediante el Dto 684-09 y concordantes</p>
REGLAMENTADA POR
<p><strong>Res. 2458-MJGGCMGC-10(DEROGADA)</strong>:  Establece mecanismo comparativo para ajustar la remuneración del personal de planta permanente designado en forma transitoria o definitiva para la cobertura de los cargos del Régimen Gerencial,   reglamenta  Dec. 684-09.</p>
INTEGRADA POR
<p>Anexo I art 26 del Acta 17-13 instrumentada por la Res 20-MH-14,establece que la Carrera Administrativa la posibilidad de acceder transitoriamente a cargos del Régimen Gerencial, a través de los mecanismos de selección establecidos en el Dto 684-09</p>
INTEGRADA POR
Art. 1 Res. 849-MMGC-13 establece remuneración bruta mensual correspondiente al Régimen Gerencial, a partir del 1ro de noviembre de 2013.
INTEGRADA POR
Dec. 307-13 aprueba Régimen Gerencial , GO Y SGO para la Secretaría Gereneral, en el marco del Dec.684-09
INTEGRADA POR
Art. 1 de la Res 644-MMGC-13, establece la remuneración bruta mensual correspondiente al Régimen Gerencial, regido por Dto 684-09.
INTEGRADA POR
Art 1 de la Res 380-MM-13 establece la remuneración bruta mensual correspondiente al Régimen Gerencial, regido por Dto 684-09.
ADHERIDA POR
Res. 4/EAIT/12 aprueba la estructura orgánica funcional y adhiere el Instituto del Trasplante de la Ciudad Autónoma de BuenosAires al Régimen Gerencial aprobado por el Decreto 684/09
ADHERIDA POR
Res. 508-AGC-12 adhiere al Régimen Gerencial del Dto 684-09
INTEGRADA POR
Dec. 379-12 aprueba la estructura de los niveles gerenciales del M. de Hacienda en los términos del Dec. 684-09
ADHERIDA POR
Res. 99/ASINF/12 adhiere la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, al Régimen Gerencial aprobado por el Decreto 684/09.
REGLAMENTADA POR
Art 1 de la Res 235-MM-12 Establece la remuneración bruta mensual correspondiente al Régimen Gerencial, regido por Dto 684-09
INTEGRADA POR
Dec. 122-12 aprueba niveles de Gerencias y Subgerencias en el M. de Modernización. en el marco de lo establecido por el Dec. 684-09
REGLAMENTADA POR
Res. 2-DEENTUR-11 aprueba estructura organizativa en los niveles operativos en el marco del Dec.684-09
ADHERIDA POR
Res. 738-EATC-11 adhiere al sistema Gerencial, aprobado por Dec. 684-09, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 11 del citado decreto
MODIFICADA POR
Dec. 571-11 reemplaza el art. 6, deroga el anexo del Dec. 684-09
REGLAMENTADA POR
Res. 1188-MHGC-MJGMGC-10 reglamenta arts. 6° y 8° del Régimen Gerencial para la Administración Pública aprobado por Dec. 684-09
INTEGRADA POR
Dec. 500-10 crea el nivel institucional que aplique los lineamientos en materia de políticas de recursos humanos, en el marco del Dec. 684-09
COMPLEMENTADA POR
INTEGRADA POR
Dec. 392-1 los cargos de Coordinadores de Gestión Económico Financier en los hospitales se mantienen asa tanto sea cubierto el cargo de D.O de Gestión Administrativa Económica y Financiera, de conformidad con lo preceptuado por el Art. 6° del Dec. 684-09
COMPLEMENTADA POR
COMPLEMENTADA POR
Art 2 del Dto 1015-09 Dispone la supresión de las Coordinaciones creadas dentro de la órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano, a partir de los nombramientos transitorios previstos en el artículo 6° del Decreto 684-09
REGLAMENTADA POR
Art 1 de la Res 2481-MH-MJG-09 establece la remuneración mensual bruta de directores y subdirectores según los niveles gerenciales aprobados por Dto 684-09
REFERENCIADA POR
REGLAMENTADA POR
Res. 2841-09 fija la remuneración para los cargos de Director Operativo y Subdirector Operativo, del Régimen Gerencial aprobado por Dto. 684-09
MODIFICADA POR
<p>Art. 9 del Decreto 215-2011, reemplaza el texto del artículo 5 del Decreto 684/09.</p>
INTEGRADA POR
Res.636-MHGC-11 conforma las Gerencias y Subgcias Operativas en el marco del Dec. 684-09
REGLAMENTADA POR
Res 64-SECRH-11 establece composición del importe de la Remuneración Bruta Mensual de los Gerentes Operativos y Subgerentes Operativos que integran el Régimen Gerencial regulado por Dto 684-09
MODIFICADA POR
Dto. 335-11, Art. 1° modifica el Art. 3° del Dto. 684-09 - Establece que todas las Direcciones y Subdirecciones Operativas pasarán a llamarse Gerencias y Subgerencias Operativas
ADHERIDA POR
Res. 44-11, Art. 9° adhiere al Régimen Gerencial de la Ciudad, aprobado por Dto. 684-09 para el Ente de Turismo
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1641-MHGC-2017, otorga por única vez  una suma fija no remunerativa de $2.500 al personal que integra el Régimen Gerencial de la Administración Pública, aprobado mediante Decreto 684-2009. </p>
ADHERIDA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 13-APRA, adhiere al Régimen Gerencial creado mediante Decreto 684-09.</p>