RESOLUCIÓN 638 2014 MINISTERIO DE MODERNIZACION
Síntesis:
ESTABLECE REMUNERACIÓN PARA EL PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE DESIGNADO EN FORMA TRANSITORIA O DEFINITIVA PARA LA COBERTURA DE CARGOS DE RÉGIMEN GERENCIAL - GERENTES - SUBGERENTES OPERATIVOS - LIQUIDACIÓN DE HABERES - DIFERENCIAS - REMUNERACIÓN NORMAL HABITUAL - ESCALAFÓN - CARRERA ADMINISTRATIVA -
Publicación:
07/10/2014
Sanción:
01/09/2014
Organismo:
MINISTERIO DE MODERNIZACION
VISTO:
La Ley N° 4013, los Decretos Nros. 684/GCABA/2009 y 660/GCABA/2011, la
Resolución N° 2458/MJGGC-MHGC/2010 y el Expediente 2014-7841121-DGALP, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 4.013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 660/GCABA/2011 y modificatorios, fue aprobada la estructura
organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, incluyendo los cargos para los niveles de Gerentes y Subgerentes;
Que, por el Decreto N° 684/GCABA/2009, se aprobó el Régimen Gerencial para la
Administración Pública de la Ciudad, de aplicación en los organismos del Poder
Ejecutivo;
Que por Expediente N° 7841121-MGEYA-DGALH-2014, la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes, plantea los desfasajes registrados en la
liquidación de los haberes del personal que revista en la planta permanente,
designado en el Régimen Gerencial en forma transitoria o definitiva, como
consecuencia de la aplicación de la Resolución N° 2458/MJGGC-MHGC/2010;
Que, en efecto, los Artículos 1° y 2° de dicho acto administrativo, determinan un
mecanismo comparativo ajustado por igual porcentaje de variación de la asignación
del cargo del Régimen Gerencial que corresponda, para que el personal de dicho
régimen perciba un monto remunerativo equivalente a la mayor remuneración normal y
habitual que hubiere percibido en su categoría de planta permanente, liquidándose
como concepto adicional.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Establécese que el personal de planta permanente designado en forma
transitoria o definitiva para la cobertura de los cargos del Régimen Gerencial, percibirá
la mayor remuneración que surja de comparar mensualmente su remuneración normal
y habitual y aquella dispuesta para su cargo dentro de dicho régimen.
Artículo 2°.- Dispónese que en aquellos casos en que como consecuencia de la
comparación establecida en el artículo anterior surgiera que el personal designado
perciba una mayor remuneración normal y habitual en su cargo de planta permanente
retenido, la diferencia se liquidará como concepto adicional en su recibo mensual y
tendrá carácter remunerativo.
Artículo 3°.- La diferencia determinada por la aplicación del artículo anterior, será
absorbida hasta su total concurrencia por los futuros aumentos que se dispongan para
los cargos del Régimen Gerencial.
Artículo 4°.- Determínase que el personal designado en los cargos del Régimen
Gerencial, no percibirán conceptos variables en su remuneración, exceptos aquellos
que se instituyeren para aquél.
Artículo 5°.- Establécese que mientras desempeñe cargos del Régimen Gerencial, el
personal de planta permanente tendrá derecho a mantener el desarrollo de su carrera
dentro de su escalafón en iguales condiciones que las que se fijaren para el resto del
personal.
Artículo 6°.- Derógase a partir de la publicación de la presente los términos de la
Resolución N° 2458-MJGGC-MHGC/2010.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a las Subsecretarías de Gestión de Recursos
Humanos y de Gestión de Proyectos de Modernización; y a las Direcciones Generales
Administración y Liquidación de Haberes y Asuntos Laborales y Previsionales, de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra