RESOLUCIÓN 235 2012 MINISTERIO DE MODERNIZACION
Síntesis:
SE ESTABLECE REMUNERACIÓN BRUTA MENSUAL - RÉGIMEN GERENCIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - SALARIOS - REMUNERACIONES - GERENTES OPERATIVOS - SUBGERENTES OPERATIVOS - SUBGERENCIAS OPERATIVAS - GERENCIAS OPERATIVAS
Publicación:
13/06/2012
Sanción:
28/05/2012
Organismo:
MINISTERIO DE MODERNIZACION
VISTO:
Las Leyes N° 471 y 4013, los Decretos N° 684/09, 660/11 y 122/12, las Resoluciones
N° 64/SECRH/11 y 51/MMGC/12, el Expediente N° 1.046.093/2012, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 684/09, se reglamentó el artículo 34 de la Ley N° 471 que
establece el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, creando dos niveles que se denominaron Gerencia Operativa y
Subgerencia Operativa, a los que les correspondieron las acciones y objetivos
previstos en las estructuras organizativas de este Gobierno;
Que por la actual Ley de Ministerios N° 4013, se creó el Ministerio de Modernización,
el cual tiene entre sus funciones, el diseño e instrumentación de las políticas de
recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo
todas aquellas referidas al Régimen Gerencial;
Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resoluciones N° 64/SECRH/11 y 51/MMGC/12, se estableció la
remuneración bruta mensual correspondiente a Gerentes y Subgerentes Operativos;
Que en el marco de la pauta salarial del año en curso, dispuesta para el personal de
planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
corresponde adecuar las remuneraciones brutas previstas para el Régimen Gerencial
en sus dos niveles, Gerente y Subgerente Operativo, dejando sin efecto las
Resoluciones N° 64/SECRH/11 N°51/MMGC/2012;
Que en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 122/12, la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio, ha tomado intervención a
fin de asegurar el encuadre jurídico y reglamentario de la presente;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 4013,
Artículo 1°.- Establécese a partir del 1° de mayo de 2012, la remuneración bruta
mensual correspondiente al Régimen Gerencial de la Administración Pública de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme se detalla en el Anexo I, el que a todos
sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Déjese sin efecto las Resoluciones N° 64/SECRH/11 y N° 51/MMGC/12.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales Oficina
de Gestión Pública y Presupuesto, Planeamiento de Carreras y Estructuras del
Gobierno y Relaciones Laborales. Cumplido, archívese. Ibarra
ANEXOS