RESOLUCIÓN 20 2014 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

INSTRUMENTACIÓN DE ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 17-13 - SUTECBA - EMPLEO PÚBLICO - AGENTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - NUEVO RÉGIMEN ESCALAFONARIO - ESCALAFÓN - CARRERA ADMINISTRATIVA- PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE - CUERPOS ARTÍSTICOS ESCENOTÉCNICOS Y DE SERVICIOS AUXILIARES - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN - CREACIÓN - COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA - COPICA - ASESORES - INTEGRANTES - MIEMBROS - ESTRUCTURA - VACANTE - NOMENCLADOR DE PUESTOS - AGRUPAMIENTOS - CATEOGORÍAS - TRAMOS - GRADOS - CARGOS DE JEFATURA - ATENCIÓN AL CIUDADANO - ACTIVIDADES ARTÍSTICAS Y ESCENOTÉCNICAS - EMERGENCIAS - INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN - SERVICIOS GENERALES Y MANTENIMIENTO - ACTIVIDADES DE ASISTENCIA A LA SALUD Y APOYO SOCIAL - TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES - GESTIÓN GUBERNAMENTAL - PROFESIONAL - TÉCNICA - GENERAL - INICIAL - MEDIO - AVANZADO - RÉGIMEN - INGRESO A PLANTA PERMANENTE - PROGRESO - PROMOCIÓN - CONCURSO CERRADO INTERNO - REMUNERACIONES - SALARIOS - SUELDOS - SUPLEMENTO REMUNERATIVO POR JEFATURA - CONCURSOS PÚBLICOS ABIERTOS - RÉGIMEN DE CAPACITACIÓN Y DESARROLLO - INSTITUTO SUPERIOR DE LA CARRERA - SISTEMA DE CRÉDITOS - DERECHOS DE CAPACITACIÓN - OBLIGATORIEDAD - OBLIGACIÓN DE OTORGAR PERMISOS - EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO ANUAL

Publicación:

13/01/2014

Sanción:

08/01/2014

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

La Ley N° 471, los Decretos Nros 465/04 y 285/10, el Acta de Negociación Colectiva

N° 17/13, el Expediente 2013-06701385-MGEYA-DGTALMH y,

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 4 de noviembre de 2013, se celebró el Acta de Negociación Colectiva

N° 17/13 Comisión Paritaria Central- en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de

Buenos Aires (SUTECBA);

Que, mediante la misma se aprobó el texto completo del nuevo Régimen Escalafonario

y de Carrera Administrativa presentado por la Comisión de Carrera;

Que, asimismo, se acordó iniciar las tareas administrativas de análisis y estudios

necesarios para poner en funcionamiento el Nuevo Régimen Escalafonario a partir del

1 de enero de 2014 y aplicables a partir del primer día del mes en que se apruebe el

respectivo presupuesto a estos efectos;

Que, se definió que todas las modificaciones que deban realizarse en función de la

aplicación del mencionado régimen quedaran sujetas a las partidas presupuestarias

que puedan autorizarse a tales efectos y a lo estipulado en el artículo cuarto del Acta

Paritaria Central del 2 de diciembre de 2009;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley N° 471, los acuerdos

arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la

misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que, así, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumente el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1°.- Instrumentase el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 de la Comisión

Paritaria Central, suscripta el 4 de noviembre de 2013 entre los representantes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como

Anexo forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos

Aires (SUTECBA) y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría

de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido,

archívese. Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4316

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Anexo I art 1 del Acta 17-13 instrumentada por la Res 20-MH-14, establece que el escalafón que se aprueba es de aplicación al Personal del Escalafón General de los Cuerpos Artísticos, Escenotécnicos y de Servicios Auxiliares comprendidos en el Anexo IV del Dto 671-92</p>
INTEGRA
<p>Cláusula I del Acta 17-13 instrumentada por Res 20-MH-14 Aprueba el texto completo del Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, quedando reglamentado Art 43 y concordantes del Convenio Colectivo de Trabajo, publicado en Comunicado y Aviso 401-DGTALMH-10.</p>
APRUEBA
Art 1 de la Res 20-MH-14 Instrumenta el Acta de Negociación Colectiva 17-13
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 2620/MGFGC/21 delega en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda y Finanzas, la facultad de promocionar de grado a los/las agentes comprendidos/as en el ámbito de aplicación del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por Resolución 20/MHGC/14, dentro del mismo agrupamiento, categoría y tramo que revistan al 30 de junio de 2021.</p>
INTEGRA
<p>Anexo I Cláusula Transitoria 4 del Acta 17-13 instrumentada por la Resolución 20-MH-14, establece que en el encasillamiento correspondiente al escalafón que se aprueba, el personal conservará el monto salarial total que hubiera alcanzado por aplicación del Escalafón General establecido en el Decreto 986-04.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 301-18 establece a partir del 1 de julio de 2018, el importe del subsidio mensual, vitalicio, de carácter no contributivo establecido en la Ley 3.014 (texto consolidado por Ley 5.666), en marco del Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, aprobado por Acta de Negociación Colectiva 17-13 y modificatorias, instrumentada por Resolución 20-MHGC-2014.</p>
INTEGRA
<p>Anexo I art 26 del Acta 17-13 instrumentada por la Res 20-MH-14,establece que la Carrera Administrativa la posibilidad de acceder transitoriamente a cargos del Régimen Gerencial, a través de los mecanismos de selección establecidos en el Dto 684-09</p>
COMPLEMENTA
Cláusula III del Acta 17-13 instrumentada por Res 20-MH-14, deja claramente definido que todas las modificaciones que deban realizarse en función de la aplicación del Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa quedarán sujetos a las partidas presupuestarias que puedan autorizarse a tales efectos y a lo estipulado en el Capítulo IV del acta paritaria central del 2-12-2009