DECRETO 335 2011
Síntesis:
MODIFICA EL DECRETO N° 684-09 QUE CREA LAS DIRECCIONES Y SUBDIRECCIONES OPERATIVAS DEL RÉGIMEN GERENCIAL DE LA CIUDAD - MODIFICA LA DENOMINACIÓN POR GERENCIA Y SUBGERENCIA OPERATIVA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - CARGOS GERENCIALES - APERTURAS INFERIORES
Publicación:
22/06/2011
Sanción:
15/06/2011
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 471, el Decreto N° 2.075/07 y sus modificatorios, N° 684/09 y sus modificatorios, la Resolución N° 636/MHGC/11, y el Expediente N° 77.920/11, y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 34 de la Ley N° 471 dispone que el Poder Ejecutivo reglamentará un Régimen Gerencial para los cargos más altos de la Administración Pública del Gobierno la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por el Decreto N° 684/09 se reglamentó el artículo antes mencionado y en su artículo 3° se crearon dos niveles de cargos gerenciales que se denominaron:
Dirección Operativa y Subdirección Operativa;
Que, mediante el dictado de distintos decretos, se complementó la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, originalmente aprobada por Decreto N° 2.075/07 y sus modificatorios, desarrollando el régimen gerencial hasta los niveles de Dirección Operativa y Subdirección Operativa, con su respectiva descripción de acciones;
Que, por Resolución N° 636/MHGC/11, el Ministro de Hacienda instrumentó el Acta de Negociación Colectiva N° 4/11, suscripta el 26 de marzo de 2010, y su correspondiente Adenda de fecha 29 de abril de 2010, en el seno de la Comisión Paritaria Central entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), en la que se denominan a los cargos de la carrera gerencial como Gerencias y Subgerencias Operativas;
Que, en consecuencia, se propicia modificar parcialmente el artículo 3° del Decreto N° 684/09, para adecuarlo a la nueva denominación de los cargos gerenciales;
Que, asimismo, resulta necesario aclarar que todas las Direcciones y Subdirecciones Operativas creadas por distintos Decretos de estructura pasarán a denominarse Gerencia Operativa y Subgerencia Operativa, respectivamente;
Que, por último, debe aclararse que todas los Directores y Subdirectores Operativos designados transitoriamente hasta la fecha pasarán a denominarse Gerente y Subgerente Operativo, respectivamente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Modifícase el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el que quedará redactado de la siguiente manera: Los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán Gerencia Operativa y Subgerencia Operativa, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno.
Artículo 2°.- Aclárase e intérpretase que todas las Direcciones y Subdirecciones Operativas creadas en el marco del Régimen Gerencial reglamentado por Decreto N° 684/09, dentro de la estructura organizativa del Poder Ejecutivo, pasarán a denominarse Gerencia y Subgerencia Operativas, respectivamente.
Artículo 3°.- Aclárase e intérpretase que todas los Directores y Subdirectores Operativos designados transitoriamente hasta la fecha pasarán a denominarse Gerente y Subgerente Operativo, respectivamente.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos, a la Dirección General de Organización y Estructura de Gobierno, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta