RESOLUCIÓN 508 2012 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - GERENCIAS OPERATIVAS - ADHIERE RÉGIMEN GERENCIAL APROBADO POR DECRETO 684-09 - MODIFICA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - DESIGNA EN FORMA TRANSITORIA GERENTES Y SUBGERENTES OPERATIVOS - INSTRUMENTACIÓN DE CONCURSOS PÚBLICOS ABIERTOS DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN - COBERTURA DE CARGOS GERENCIALES
Publicación:
14/01/2013
Sanción:
28/12/2012
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO:
LAS LEYES N° 471, N° 2.624, N° 4.013 Y N° 4.340, EL DECRETO N° 684/GCBA/09,
LA RESOLUCIÓN N° 296/AGC/08 Y SUS MODIFICATORIAS, Y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC),
entidad autárquica que cuenta con facultades legales de fiscalización y contralor de
poder de policía en materia comunal;
Que mediante el artículo 5° de la citada norma se aprobó la estructura organizativa de
la Agencia Gubernamental de Control hasta el nivel de Director General;
Que por Resolución N° 296/AGC/08 y sus posteriores modificatorias, se aprobó la
estructura de esta Agencia en los niveles inferiores a los previstos, según lo dispuesto
por el artículo 6 de la Ley N° 2.624;
Que por Ley N° 4340, se disolvió la Dirección General de Control de Faltas Especiales
dependiente de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Gubernamental de Control,
quedando en tal sentido modificado el Anexo I de la Ley N° 2.624;
Que entre las competencias asignadas al Director Ejecutivo de la Agencia por el inciso
e) del artículo 7° de la Ley N° 2.624, se encuentra la de "organizar y reglamentar el
funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico - funcional
para los niveles inferiores a los aprobados por la presente ley, organizativos,
operativos y de administración de los recursos humanos";
Que en dicha inteligencia, es menester modificar la estructura vigente e instrumentar
un régimen gerencial fundado en los preceptos dispuestos por el artículo 34 de la Ley
471, tal como fuera instituido por el Decreto N° 684/GCBA/09 para los cargos más
altos de la Administración Central de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 11 del precitado Decreto, invita a los entes descentralizados de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires a dictar normas de adhesión al mentado Régimen;
Que la Ley N° 4.013, asigna al Ministerio de Modernización entre sus funciones, las
de: "Diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los recursos
humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; "Diseñar,
implementar y supervisar en forma conjunta con el Ministerio de Hacienda, la
aplicación de la política salarial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"
y "Supervisar y coordinar con los entes y agencias del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, la formulación de iniciativas para el desarrollo de sus recursos humanos
y escalafones particulares";
Que se ha procedido al análisis de las estructuras organizativas y escalas salariales de
esta Agencia, en forma conjunta con las instancias del Ministerio de Modernización
asignadas a tales tareas por el Decreto N° 660/11, reglamentario de la Ley N° 4.013, y
en aplicación y adecuación a las pautas y condiciones establecidas en forma
transversal para todos los organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que en este sentido, y como parte de las políticas generales de recursos humanos
dispuestas por el Ministerio de Modernización para el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, se estima necesaria y conveniente la adhesión al
Régimen Gerencial dispuesto por el Decreto N° 684/GCBA/09 y sus modificatorias;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta
Agencia ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por los artículos 7° inciso e) y 12 inciso
e) de la Ley N° 2.624,
Artículo 1.- Adhiérase al Régimen Gerencial aprobado por Decreto N° 684/GCBA/09 a
partir del 1° de enero de 2013.
Artículo 2.- Modifícase a partir del 1° de enero de 2013, la estructura orgánico
funcional de la Agencia Gubernamental de Control, de acuerdo con el Anexo I
(Organigrama) que forma parte integrante de la presente, y las misiones y funciones
aprobadas mediante las Resoluciones N° 296/AGC/08, 160/AGC/09, 516/AGC/09,
525/AGC/09, 69/AGC/10, 122/AGC/10, 1/AGC/11, 171/AGC/11, 252/AGC/11,
383/AGC/11, 458/AGC/11, 479/AGC/11, 525/AGC/11, 20/AGC/12, 120/AGC/12,
212/AGC/12, 256/AGC/12, 502/AGC/12, 504/AGC/12 505/AGC/12.
Artículo 3.- Desígnase en carácter de Gerentes y Subgerentes Operativos transitorios
al personal comprendido en la nómina detallada en el Anexo II, el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente, hasta tanto se instrumenten los
correspondientes concursos públicos abiertos de antecedentes y oposición.
Artículo 4.- Fijase el plazo de un (1) año, para el desarrollo de los concursos públicos
abiertos de antecedentes y oposición normados en la Ley N° 471, para la cobertura de
los cargos gerenciales de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 684/GCBA/09.
Artículo 5.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires y comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Modernización, a todas las Direcciones Generales y
Unidades dependientes de esta Agencia, y a la Dirección de Recursos Humanos y la
Dirección Administrativa y Financiera de la Agencia Gubernamental de Control.
Cumplido, archívese. Gómez Centurión
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4073