RESOLUCIÓN 379 2015 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - TRANSFIERE LA COORDINACIÓN DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL A LA DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TÉCNICA - RATIFICACIÓN - DESIGNACIÓN TRANSITORIA - ANDREA OLINDA MAJIÁN A CARGO DE LA GERENCIA OPERATIVA COOPERACIÓN INSTITUCIONAL - MODIFICACIÓN MANUAL DE PROCEDIMIENTO JURÍDICO ADMINISTRATIVO DE LA AGC - APRUEBA MISIONES Y FUNCIONES DE LA GERENCIA OPERATIVA DICTÁMENES
Publicación:
06/07/2015
Sanción:
01/07/2015
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO:
212/AGC/2012, N° 504/AGC/2012; N° 66/AGC/13 Y MODIFICATORIAS, N°
72/AGC/13 Y SU MODIFICATORIA N°
279/AGC/13, EL EXPEDIENTE
ELECTRONICO N° 12338882/MGEYA/AGC/15, Y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.624, se creó esta Agencia Gubernamental de Control (AGC) como
entidad autárquica, dentro del ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a través de la Resolución N° 212/AGC/2012 se creó la Coordinación de
Cooperación Institucional en el ámbito de la Unidad de Coordinación General (UCG),
con sus respectivas misiones y funciones, de conformidad a la estructura orgánico
funcional de esta AGC aprobada por la Resolución N° 296/AGC/2008;
Que posteriormente, la Resolución N° 504/AGC/2012 escindió la mencionada
Coordinación de Cooperación Institucional de la UCG, creándola como unidad fuera de
nivel en la órbita de la Dirección Ejecutiva; y designándose transitoriamente a cargo a
la Sra. Andrea Olinda Majián (CUIT 27-17966395-9);
Que mediante la Resolución N° 66/AGC/13 y sus modificatorias se estableció la actual
estructura organizativa de la AGC, estableciéndose las misiones y funciones de cada
una de las Direcciones Generales y Unidades que la componen, y en cuya órbita se
encuentra la Dirección General Legal y Técnica (DGLYT), a cargo entre otras cosas de
brindar el soporte técnico administrativo y legal para todas las dependencias de la
AGC;
Que por razones de eficiencia funcional y organizativa, resulta conveniente transferir
bajo la órbita de la DGLYT a la Coordinación de Cooperación Institucional,
readecuándose en consecuencia las competencias de esa unidad organizativa;
Que asimismo, en mérito al Régimen Gerencial para la Administración Pública de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispuesto por el Decreto 684/GCABA/09 y al cual
esta AGC ha adherido mediante la Resolución N° 508/AGC/2012, se torna aconsejable
modificar la denominación de la Coordinación de Cooperación Institucional por la de
"Gerencia Operativa Cooperación Institucional", manteniéndose a cargo de dicha
Gerencia Operativa en forma transitoria a la Sra. Andrea Olinda Majián (CUIT 27-
17966395-9) en calidad de Gerente Operativa;
Que en virtud de la precitada modificación de la estructura orgánico funcional de la
AGC, deviene necesario adecuar en su parte pertinente el Manual de Procedimiento
Jurídico Administrativo de la AGC, aprobado por la Resolución N° 72/AGC/13 y
modificado por la Resolución N° 279/AGC/2013, a fin de receptar tales cambios;
Que asimismo, a fin lograr una mayor eficiencia en los circuitos administrativos
existentes y con la finalidad de uniformar criterios en tratamiento de actuaciones,
corresponde modificar el punto 1.2.4 del precitado Manual en lo relativo a las
habilitaciones simples con plano y sin plano, adecuando las misiones y funciones de la
Subgerencia Operativa Dictámenes IV dependiente de la Gerencia Operativa de
Dictámenes de la DGLYT;
Que por todo lo expuesto, deviene pertinente dictar el acto administrativo que recepte
los cambios referidos;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y
Técnica ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, en el ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7 inciso e) y 12
inciso e) de la Ley N° 2624,
Artículo 1°.- Transfiérese la Coordinación de Cooperación Institucional con sus
recursos materiales y humanos a la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC,
modificándose su denominación por la de "Gerencia Operativa Cooperación
Institucional", sustituyéndose en su parte pertinente el organigrama de la Agencia
Gubernamental de Control, aprobado por el Anexo IV de la Resolución N° 66/AGC/13
y sus modificatorias, de conformidad con el Anexo I (IF 2015-18307587-AGC), que
forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Apruébase las misiones y funciones de la Gerencia Operativa
Cooperación Institucional dependiente de la Dirección General Legal y Técnica, de
conformidad con el Anexo II (IF-2015-18308131-AGC) que forma parte integrante de la
presente.
Artículo 3°.- Ratifícase la designación transitoria de la Sra. Andrea Olinda Majián
(CUIT 27-17966395-9), a cargo de la Gerencia Operativa Cooperación Institucional, en
calidad de Gerente Operativa.
Artículo 4°.- Modifícase el Manual de Procedimiento Jurídico Administrativo de la
Agencia Gubernamental de Control aprobado por la Resolución N° 72/AGC/13 y
modificado por la Resolución N° 279/AGC/13, de conformidad con el Anexo III (IF-
2015-18308003-AGC) que forma parte integrante de la presente.
Artículo 5°.- Modifícase el Anexo V de la Resolución N° 66/AGC/13 y sus
modificatorias, en lo relativo a las misiones y funciones de la Subgerencia Operativa
Dictámenes IV dependiente de la Gerencia Operativa Dictámenes de la DGLYT, de
conformidad con el Anexo IV (IF-2015-18307774-AGC) que forma parte integrante de
la presente.
Artículo 6°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaria de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a todas las Direcciones
Generales y Unidades de esta AGC y a las Gerencias Operativas Mesa de Entradas,
Dictámenes y Mesa de Ayuda y Atención al Público, y pase a la Gerencia Operativa de
Recursos Humanos dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa para su
notificación a la interesada. Cumplido, archívese. Gómez Centurión
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4673