RESOLUCIÓN 525 2009 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
SUSTITUYE ANEXOS - II-3 - RESOLUCIÓN N 296-AGC-08 POR I - II RESOLUCIÓN N° 434-AGC-08 - POR II - II RESOLUCIÓN N° 547-AGC-08 POR III - ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL Y ORGANISMO F-N UNIDAD DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN Y CONTROL OPERATIVO - ÁREAS DE COORDINACIÓN - EVALUACIÓN DE LA INFORMACIÓN - RELACIONES INSTITUCIONALES - CONTROL INSPECTIVO Y DEPARTAMENTOS INTEGRANTES - LA UNIDAD CITADA ASESORA EN PLANIFICACIÓN DE ESTRATEGIAS VINCULADAS CON EL EJERCICIO DEL PODER DE POLICÍA A CARGO DE LA AGENCIA - MECANISMOS DE COOPERACIÓN E INTERACCIÓN FUNCIONAL ENTRE DIVERSAS ÁREAS DE LA MENCIONADA ENTIDAD Y OTRAS ESTATALES CON COMPETENCIA EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN
Publicación:
01/10/2009
Sanción:
23/09/2009
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO: La Ley N° 2.624, las Resoluciones N° 296/AGC/08, 434/AGC/08 y 547/AGC/08 y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo previsto en la Ley N° 2.624, la Agencia Gubernamental de Control fue creada como una entidad autárquica encargada de ejecutar y aplicar las políticas de su competencia, ejerciendo el contralor, fiscalización y regulación en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme lo prevé el artículo 104 inciso 11 de la Constitución de la Ciudad en las materias de su competencia;
Que mediante la Resolución N° 296/AGC/08 se ha aprobado la estructura orgánico funcional de la Agencia Gubernamental de Control, en el marco de la citada ley de creación, definiendo las responsabilidades primarias de la Unidad de Gestión de la Información y Control Operativo en su Anexo II/3;
Que, en el marco de las funciones asignadas a esa Unidad de Gestión de la Información y Control Operativo, mediante las Resoluciones N° 434/AGC/08 y 547/AGC/08 se aprobó la estructura orgánico funcional de aquel órgano fuera de nivel, a la vez que se establecieron las Áreas de Coordinación Evaluación de la Información, Relaciones Institucionales y Control Inspectivo;y los Departamentos que las integran;
Que se ha encomendado a dicha Unidad el asesoramiento en la planificación de estrategias vinculadas con el ejercicio del poder de policía a cargo de la Agencia, desarrollando mecanismos de cooperación e interacción funcional entre las diversas áreas de la entidad autárquica y otras áreas estatales con competencia en materia de fiscalización;
Que, asimismo, la Unidad de Gestión de la Información y Control Operativo colabora con el análisis de denuncias de hechos que podrían constituir faltas éticas, abusos funcionales y/o actos irregulares en la actividad inspectiva; sin perjuicio de las competencias originarias que en la materia tienen las áreas respectivas;
Que resulta una de las competencias de esta Unidad diseñar e impulsar políticas que promuevan la participación ciudadana y del personal de la Agencia en sus actividades, por lo que debe fortalecer la utilización de canales de denuncias y de acceso a la información;
Que, teniendo en cuenta las competencias descriptas, y al sólo efecto de optimizar el logro de las misiones y funciones de la Agencia, resulta oportuno redefinir en esta instancia las responsabilidades primarias de la Unidad de Gestión de la Información y Control Operativo, como así también las competencias de las Áreas de Coordinación que de ella dependen y de sus Departamentos, que desarrollarán acciones específicas vinculadas con el análisis de la información, las relaciones institucionales y el control de gestión operativo, teniendo en cuenta aspectos generales de planificación que contribuyan a una mayor eficiencia, coordinación funcional y transparencia institucional acorde al marco normativo aplicable;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 2, 3, 4 inciso a), 6, 7, 12 inciso e) y concordantes de la Ley N° 2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE:
Artículo 1°.- Sustitúyeseel Anexo II/3 de la Resolución N° 296-AGC/08, de fecha 3 de julio de 2008, por el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Sustitúyese el Anexo II de la Resolución N° 434-AGC/08, de fecha 29 de septiembre de 2008, por el Anexo II que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Sustitúyese el Anexo II de la Resolución N° 547-AGC/08, de fecha 11 de noviembre de 2008, por el Anexo III que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Unidad de Gestión de la Información y Control Operativo. Cumplido, archívese.