RESOLUCIÓN 502 2012 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

CREA UNIDAD FUERA DE NIVEL - COORDINACIÓN DE ENLACE DE FALTAS ESPECIALES - JEFATURA DE GABINETE - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - APRUEBA OBJETIVOS Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y  FUNCIONES Y MISIONES DE LA ESTRUCTURA 

Publicación:

10/01/2013

Sanción:

28/12/2012

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


VISTO:

LAS LEYES N° 2.624 Y N° 2.128, LAS RESOLUCIONES N° 296/AGC/08, N°

171/AGC/12 Y MODIFICATORIAS, Y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 2.128, artículo 1°, se creó, en el ámbito del Ministerio de Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Organismo Fuera de Nivel Unidad

Administrativa de Atención de Faltas Especiales (UAAFE), dependiente de la Dirección

General de Administración de Infracciones (DGAI) de la Subsecretaría de Justicia;

Que por Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), entidad

autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, con las competencias y

la organización que la norma determina;

Que por el artículo 4° inc. b), de la Ley N° 2.624, se transfirieron a la AGC las

responsabilidades primarias, objetivos, acciones, patrimonio, presupuesto y recursos

humanos de la UAAFE, con sus respectivos niveles y grados escalafonarios;

Que mediante el dictado de la Resolución N° 296/AGC/08 y sus modificatorias, se

aprobó la estructura orgánico funcional de la AGC;

Que en dicha resolución se estableció como dependencia fuera de nivel, dentro del

organigrama de la Dirección General de Control de Faltas Especiales (DGCFE), a la

UAAFE;

Que con fecha 30 de noviembre pasado, ha sido publicada en el Boletín Oficial de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Ley N° 4.340, sancionada por Legislatura de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 18 de octubre de 2012;

Que la referida norma, en su artículo primero, transfiere al ámbito de la DGAI de la

Subsecretaría de Justicia, las responsabilidades primarias, objetivos, acciones,

patrimonio, presupuesto y recursos humanos con sus respectivos niveles y grados

escalafonarios vigentes a la fecha de sanción de la misma, de la Unidad Administrativa

de Control de Faltas Especiales, hoy UAAFE, de la DGCFE;

Que la misma ley, en su artículo segundo, disuelve la DGCFE, sin contemplar la

transferencia de las responsabilidades primarias, objetivos, acciones, patrimonio,

presupuesto y recursos humanos de las distintas Direcciones y Departamentos que la

componen;

Que dichas funciones se encuentran íntimamente ligadas a las competencias propias

de la AGC y resultan ser previas a toda intervención de la UAAFE, pudiendo ser

escindidas claramente de las funciones de esta última sin que ello implique afectación

alguna en la prestación de servicio al ciudadano;

Que asimismo, resulta imprescindible que la AGC mantenga unificada la información

relativa al control que ejerce la Ciudad en materia de faltas especiales, a fin de permitir

la implementación de políticas públicas tendientes a lograr una mayor eficiencia en la

actividad fiscalizadora,

Que en atención a lo expuesto, se estima necesaria la creación de una Coordinación

de Enlace de Faltas Especiales (CEFE) dentro de la estructura orgánico funcional de

esta Agencia y como organismo fuera de nivel, dependiente de la Jefatura de Gabinete

de la Dirección Ejecutiva, que asuma tales funciones y actúe a modo de enlace de las

Direcciones Generales Inspectivas en su relación con la DGAI;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta

AGC ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 7 inciso e) y 12 inciso e)

de la Ley N° 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE

Artículo 1.- Créase a partir del 10/12/2012, como Unidad Fuera de Nivel, a la

Coordinación de Enlace de Faltas Especiales, dependiente de la Jefatura de Gabinete

de la Agencia Gubernamental de Control.

Artículo 2.- La Coordinación de Enlace de Faltas Especiales quedará integrada por la

estructura establecida en el Anexo I que forma parte de la presente.

Artículo 3.- Apruébanse los objetivos y responsabilidades primarias de la Coordinación

de Enlace de Faltas Especiales y las funciones y misiones de la estructura que la

integra según se detalla en el Anexo II que forma parte integrante de la presente.

Artículo 4.- Establécese que el nivel retributivo de quien se desempeñe como

Coordinador será equivalente al 75 % de la remuneración establecida para un Director

General y como Jefes de Departamentos en el 65% de la remuneración establecida

para un Director General.

Artículo 5.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a todos las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC, y a la

Dirección General de Administración de Infracciones de la Subsecretaría de Justicia

dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Gómez

Centurión


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. 508-AGC-12 modifica estructura orgánico funcional - misiones y funciones en el marco de la Res. 502-AGC-12