RESOLUCIÓN 346 2007 SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD URBANA

Síntesis:

SE APRUEBA LA EROGACIÓN DEL SERVICIO DE POLICÍA ADICIONAL EN CONCEPTO DE EVENTUAL ESPECIAL QUE PRESTÓ LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA - 4 Y 5 DE MARZO DE 2006 - VIII FESTIVAL BUENOS AIRES TANGO

Publicación:

19/07/2007

Sanción:

05/06/2007

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD URBANA


Visto el Expediente N° 51/07 y atento a los términos del Decreto N° 1.370/01, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el referido actuado la Subsecretaría de Seguridad Urbana, eleva la documentación que respalda la erogación resultante del servicio efectuado por la Policía Federal Argentina, bajo el régimen de Policía Adicional en concepto Eventual Especial, para el período comprendido entre el 4 y 5 de marzo de 2006, con motivo de llevarse a cabo el evento denominado VIII Festival Buenos Aires Tango;

Que en atención al servicio, se precedió a coordinar con la fuerza de seguridad la prestación que, no se encuentra prevista en el Convenio N° 6/03 suscripto oportunamente, razón por la cual debe ser aprobada bajo los términos del Decreto N° 1.370/01;

Que en tal sentido, corresponde aprobar la erogación resultante de la prestación realizada y que asciende a la suma de pesos seiscientos doce ($ 612);

Que el gasto cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario;

Que lucen en el cuerpo del actuado las notas facturas remitidas por la fuerza de seguridad prestataria, juntamente con las constancias de cumplimiento del servicio y el formulario de ingreso y registración en su etapa definitiva;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.370/01 y su modificatorio,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA

RESUELVE:

Artículo 1° - Aprúebase la erogación resultante del servicio que bajo el régimen de Policía Adicional en concepto de Eventual Especial, prestó la Policía Federal Argentina, en el período comprendido entre el 4 y el 5 de marzo de 2006, en ocasión de llevarse a cabo el evento denominado VIII Festival Buenos Aires Tango, por una suma total de pesos seiscientos doce ($ 612).

Artículo 2° - Dicho gasto, se ha imputado a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio en vigor.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase en prosecución de su trámite a la Dirección General de Contaduría. Cumplido archívese.

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