RESOLUCIÓN 1652 2007 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

SE AMPLÍA EL ALCANCE DE LA VIGENCIA DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN LAS RESOLUCIONES N° 447-DGR-07 Y N° 1.144-DGR-07 - PLANES DE REGULARIZACIÓN DE DEUDA - REGÍMENES - FACILIDADES DE PAGO - TRIBUTOS - IMPUESTOS - CONTRIBUYENTES

Publicación:

19/07/2007

Sanción:

13/07/2007

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


Visto las facultades conferidas por el inciso 22) del artículo 4° del Código Fiscal (t.o. 2007) y las Resoluciones N° 447-DGR/07 (B.O. N° 2663) y N° 1.144-DGR/07 (B. O. N° 2695), y

CONSIDERANDO:

Que existen numerosos pedidos de regularización de deuda mediante facilidades de pago en los términos de la normativa citada precedentemente;

Que ello pone de manifiesto la intención de los contribuyentes en dar cumplimiento a sus obligaciones tributarias;

Que es intención de esta Administración mantener una relación fisco-contribuyente que permita cumplir en tiempo y forma las obligaciones tributarias;

Que en tal sentido resulta conveniente disponer la ampliación del plazo de la vigencia para la presentación de los acogimientos;

Por ello, en ejercicio de la facultad conferida por el inciso 22) del artículo 4° del Código Fiscal (t.o. 2007),

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Amplíase el alcance de la vigencia del plazo establecido en los artículos 4° de la Resolución N° 447-DGR/07 y 3° de la Resolución N° 1.144-DGR/07, fijando como nueva fecha el día 31 de agosto de 2007.

Artículo 2° - Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Subdirecciones Generales y Direcciones de esta Dirección General. Remítase copia al Banco Ciudad de Buenos Aires y a la Unidad de Proyectos Especiales de la citada entidad. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res 1652-DGR-07 Amplía el alcance de la vigencia del plazo establecido en el art. 4° de la Resolución N° 447-DGR-07 fijando como nueva fecha el día 31-8-07
MODIFICA
Res 1652-MH-07 amplía el alcance de la vigencia del plazo establecido en el art 3° de la Res N° 1.144-DGR-07 fijando como nueva fecha el día 31-8-07