DISPOSICIÓN 26 2007 DIRECCION GENERAL DE OFICINA DE GESTION PUBLICA Y PRESUPUESTO
Síntesis:
APRUEBA LA ORGANIZACIÓN FUNCIONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESPUESTO
Publicación:
25/07/2007
Sanción:
03/07/2007
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE OFICINA DE GESTION PUBLICA Y PRESUPUESTO
Visto la Sección III De la Organización del Sistema de la Ley N° 70 de los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad y el Anexo II/6 del Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416), y
CONSIDERANDO:
Que el art. 39 de la Ley N° 70 y su reglamentación, art. 20 del Decreto N° 1.000/99 (B.O. N° 704), establecen a esta Dirección General como órgano rector del Sistema Presupuestario del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el art. 40 de la citada ley fija las competencias de esta Dirección General en tanto órgano rector;
Que el Anexo II/6 del Decreto N° 350/06 establece las responsabilidades primarias de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto;
Que, en tal contexto y hasta tanto se apruebe el desarrollo general de las estructuras orgánicas de los primeros y segundos niveles de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es necesario disponer de una organización funcional dentro de esta unidad de organización, en pos de procurar el adecuado cumplimiento de las responsabilidades primarias que le fueron asignadas por el citado Decreto N° 350/06;
Que, por las razones de índole operativa y funcional expuestas, y a los efectos de establecer un mejor ordenamiento en la atribución de responsabilidades y de asegurar una adecuada asignación de las tareas que se desarrollan en este ámbito, resulta conveniente dotar a esta Dirección General de una organización funcional;
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA
DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO
Artículo 1° - Apruébase la organización funcional de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, conforme el Anexo I que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente disposición.
Artículo 2° - Apruébanse las funciones para cada una de las áreas establecidas, conforme el Anexo II que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente disposición.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Administración Financiera y a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.
ANEXOS
ANEXO I
ANEXO II
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