DISPOSICIÓN 52 2007 F/N ENTE DE HIGIENE URBANA (LEY N° 462)

Síntesis:

SE APRUEBA EL ORGANIGRAMA DE LAS UNIDADES DE GESTIÓN QUE FUNCIONAN EN LA ÓRBITA DEL ENTE DE HIGIENE URBANA - ORGANIZACIÓN INTERNA - ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL - APRUEBA EL MANUAL DE ORGANIZACIONES - DEPARTAMENTOS - DIRECCIONES

Publicación:

31/07/2007

Sanción:

18/04/2007

Organismo:

F/N ENTE DE HIGIENE URBANA (LEY N° 462)


Visto el Decreto N° 361/06, la Ley N° 1.925, los Decretos Nros. 12/96, 350/06, el artículo 5° de la Ley N° 462,

CONSIDERANDO:

Que por el art. 3° del Decreto N° 12/96, se dispuso la caducidad de todas las estructuras organizativas correspondientes al Órgano Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ex Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires), los Entes Descentralizados y Organismos Fuera de Nivel, con excepción del Banco Ciudad de Buenos Aires y del Instituto Municipal de Obra Social;

Que, en este sentido, mediante la ley antes citada, se creó entre otros el Ministerio de Medio Ambiente, estableciéndose sus competencias y objetivos;

Que, por el Decreto N° 350/06, se aprobó la Estructura Orgánica Funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fijándose los objetivos y responsabilidades primarias de las distintas áreas dependientes de este Ministerio de Medio Ambiente;

Que por la Ley N° 462, se crea el Ente de Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires, que en su art. 5°, inc. F, donde detalla como función el aprobar la estructura orgánica y dictar el reglamento operativo interno;

Que por el Decreto N° 361, art. 2°, se designa al Sr. Leopoldo Facundo Erico Albín, DNI 20.501.676, como titular del Organismo Fuera de Nivel Ente de Higiene Urbana, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana, del Ministerio de Medio Ambiente;

Que en este orden de ideas, resulta necesario establecer la distribución de funciones de las distintas áreas de gestión que funcionan en el ámbito del Ente de Higiene Urbana dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, de conformidad con las competencias específicas de cada una de ellas, con el objeto de lograr una mayor eficiencia, celeridad en la gestión, transparencia y dar cumplimiento a lo requerido por la normativa vigente y las distintas recomendaciones realizadas por los organismos de control;

Que la mentada distribución de funciones resulta necesaria a fin de permitir la correcta ejecución y seguimiento de los programas y funciones a cargo de esta instancia;

Que en mérito de lo expuesto, y a fin de trazar una clara distribución de las tareas a cargo de cada área funcional del Ente de Higiene Urbana del Ministerio de Medio Ambiente que a su vez permita racionalizar los recursos económicos y humanos involucrados;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DEL ENTE DE HIGIENE URBANA

DISPONE:

Artículo 1° - Apruébese el organigrama correspondiente a las unidades de gestión que funcionan en la órbita del Ente de Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Apruébese el manual de organizaciones del Ente de Higiene Urbana, el cual regula las funciones, responsabilidades y dependencia de las distintas Direcciones de este organismo, el que adjunta en Anexo II.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las áreas dependientes del Ministerio de Medio Ambiente y notifíquese a los interesados. Cumplido, archívese.

Nota: el Anexo II de la presente no se publica y puede ser consultado en el Ente de Higiene Urbana, sito en Varela 555, de lunes a viernes de 10 a 16 hs.

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 185-SSHU-07, ratifica en todos sus términos la Disposición 52-EHU-07.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 52-EHU-07, aprueba el organigrama correspondiente a las unidades de gestión que funcionan en la órbita del Ente de Higiene Urbana, creado por Ley 462.</p><p>Art. 2, aprueba el manual de organizaciones del Ente de Higiene Urbana, el cual regula las funciones, responsabilidades y dependencia de las distintas Direcciones del organismo.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 52-EHU/07 modifica el organigrama de la estructura de organización del Ente de Higiene Urbana, aprobado por Disposición N° 52-EHU/07.</p><p>Artículo 2° anula el Manual de Organización de la Disposición N° 52-EHU/07.</p>