RESOLUCIÓN 1540 2007 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA DIRECCIÓN E INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA DEL HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE: SE AMPLÍA LA PRÓRROGA DISPUESTA POR LA RESOLUCIÓN N° 2.229-MSGC/06

Publicación:

02/08/2007

Sanción:

17/07/2007

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


Visto el Decreto N° 839/03 (B.O.C.B.A. N° 1726), la Resolución N° 2.229-MSGC/07 y el Expediente N° 11.675/03, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución citada en el visto, se dispuso la prórroga del plazo del contrato de Servicios de Consultoría para la Dirección e Inspección Técnica de Obras de Infraestructura del Hospital General de Niños Dr. Pedro de Elizalde, suscripto entre la entonces Secretaría de Salud y la consultora B.E.V. S.A., en el marco del Proyecto PNUD ARG 97/018, con fecha 15 de agosto de 2003, por un monto mensual de pesos cuarenta y seis mil novecientos treinta y siete con cincuenta centavos ($ 46.937,50), I.V.A. incluido, hasta la finalización de la obra conforme el plan de obra vigente en ese momento;

Que dicha prórroga se dispuso por el término de ocho (8) meses y quince (15) días, computados a partir del 15 de agosto de 2006, fecha de expiración del contrato original, difiriendo así su vencimiento hasta el 30 de abril de 2007 en forma coincidente con el plazo de finalización de obra;

Que en el marco del trámite de la tercera redeterminación de precios de la obra Construcción de las Obras Civiles, Equipamiento y Mantenimiento para la Rehabilitación, Reestructuración y Modernización del Hospital General de Niños Dr. Pedro de Elizalde que gestionara la Unión Transitoria de Empresas Calcaterra S.A. - Dycasa S.A., se dictó la Resolución N° 626-MHGC/07 que en su artículo 1°, aprobó en todos sus términos el acta de redeterminación de precios suscripta entre la empresa y la administración comitente, y todos sus Anexos, agregándose a fs. 478/480 copia fiel de tales actos;

Que entre los Anexos aprobados se cuenta el individualizado como Anexo VI, que se reproduce con las copias de fs. 481/483 y cuatro ejemplares del plan de trabajos, de los que surge que la finalización de la obra ha sido prevista para el día 29 de septiembre de 2007;

Que la Dirección e Inspección Técnica de la obra citada resulta vital para asegurar su ejecución en la forma requerida por la administración, por ser tales tareas inherentes a toda obra de la magnitud de la misma;

Que dadas esas circunstancias se hace necesario proveer tales prestaciones por el plazo de obra faltante;

Que el artículo 5°, apartado d) del contrato con la consultora B.E.V. S.A. prevé la contingencia señalada precedentemente, al disponer que, en caso de que la obra no fuera entregada por el contratista en la fecha de terminación prevista, el comitente podrá extender dicho contrato hasta la finalización de la obra;

Que la citada consultora, mediante presentación realizada por Registro N° 12.370-MSGC/06, solicitó la prórroga del plazo original hasta la finalización de la obra y gestionó la actualización del monto de su remuneración a través del mecanismo de redeterminación de precios previsto por el Decreto N° 1.295-PEN/02;

Que conforme a lo solicitado el plazo de obra se prorrogó hasta el 30 de abril de 2007 mediante Resolución N° 2.229-MSGC/06, mientras que el procedimiento de redeterminación se encuentra en pleno trámite, razón por la cual, a la fecha, el contrato no tiene redeterminado su precio;

Que la Unidad de Proyectos Especiales Hospital Elizalde (UPE-HE), prestó su conformidad con la ejecución de las tareas encomendadas a la firma B.E.V. S.A., manifestando que durante la misma no han mediado incumplimientos de su parte;

Que conforme con lo expuesto, resulta procedente la extensión de la prórroga oportunamente dispuesta mediante la Resolución N° 2.229-MSGC/06, en sus mismos términos, es decir a precios básicos hasta la fecha de finalización de la obra sujeta a la Dirección e Inspección Técnica objeto de la presente, la que tendrá lugar el 29 de septiembre de 2007;

Que se efectuó la imputación presupuestaria correspondiente al gasto que genera la ampliación de la prórroga propiciada, en la partida correspondiente al corriente ejercicio;

Que la Procuración General ha tomado la debida intervención;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1° - Amplíase en cinco (5) meses el término de la prórroga dispuesta por la Resolución N° 2.229-MSGC/06 respecto del plazo del contrato de Servicios de Consultoría para la Dirección e Inspección Técnica de Obras de Infraestructura del Hospital General de Niños Dr. Pedro de Elizalde, suscripto entre la entonces Secretaría de Salud y la consultora B.E.V. S.A. en el marco del Proyecto PNUD ARG 97/018, el 15 de agosto de 2003, por un monto mensual básico de pesos cuarenta y seis mil novecientos treinta y siete con cincuenta centavos ($ 46.937,50), I.V.A. incluido, ascendiendo la suma total a abonarse hasta la finalización de la obra, conforme el plan de obra vigente, que operará el 29 de septiembre de 2007, a pesos doscientos treinta y cuatro mil seiscientos ochenta y siete con cincuenta centavos ($ 234.687,50).

Artículo 2° - El gasto que genera la ampliación establecida en el artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al corriente ejercicio.

Artículo 3° - Regístrese, notifíquese a la contratista, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y hágase saber a la Dirección General de Contaduría. De Micheli

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Art 3 del Dto 1282-08 establece que será aplicable régimen de redeterminación de precios, a la prórroga de plazo que se ha aprobado mediante Res 1540-MS-07