RESOLUCIÓN 150 2001 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
DESIGNA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA COMO DEPOSITARIA DE PAGARÉS EN EL MARCO DEL DECRETO N° 225/GCBA/96 - DEUDAS IMPOSITIVAS DE LA EX MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
27/02/2001
Sanción:
13/02/2001
Organismo:
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Visto el Expediente Nro. 75.052-2000 y lo dispuesto por Resoluciones Conjuntas Nros. 37-SSHyF-SSG-97 (B. O. 180) y 66-SSHyF-SSG-97, y
CONSIDERANDO:
Que por los actos administrativos mencionados se estableció un procedimiento para la retención de los documentos suscriptos por los acreedores de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires que declararon mantener deudas impositivas con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en el marco de lo establecido por el Decreto N° 225/GCBA/96;
Que a fin de mantener la debida custodia de dichos documentos y así poder asegurar el ingreso de las acreencias denunciadas , es necesario designar a la Dirección General de Tesorería como depositaria de los pagarés suscriptos;
Por ello y atento lo informado por las Direcciones Generales de Rentas y de Tesorería,
Artículo 1° - Desígnase a la Dirección General de Tesorería como depositaria de los pagarés suscriptos por los acreedores dentro del marco del Decreto N° 225-GCBA-96.
Artículo 2° - El Organismo mencionado en el Artículo anterior deberá girar a la Dirección General de Rentas un detalle de los documentos referidos y el monto de la deuda impositiva contra la cual obren.
Artículo 3° - Previa información suministrada por la Dirección General de Rentas, la Dirección General de Tesorería procederá a devolver el pagaré en el caso que se verificara la cancelación de la deuda, o bien lo remitirá para su ejecución a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, organismo que, una vez ejecutado el documento, informará a la Dirección General de Rentas sobre el resultado de dicha gestión.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a la Dirección General de Tesorería y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General de Rentas y a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.