RESOLUCIÓN 2276 2007 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
SE AMPLÍA PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 4° DE LA RESOLUCIÓN N° 447-DGR-07 Y EN EL 3° DE LA RESOLUCIÓN N° 1.144-DGR-07
Publicación:
06/09/2007
Sanción:
03/09/2007
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Visto las facultades conferidas por el inciso 22) del art. 4° del Código Fiscal (t.o. 2007) y las Resoluciones N° 447-DGR/07 (B.O. N° 2663) y N° 1.144-DGR/07 (B.O. N° 2695), y
CONSIDERANDO:
Que visto la gran afluencia de público que se presentó, ante esta Dirección General y sus dependencias, para acogerse al plan de facilidades de pago, correspondiente a la Resolución N° 447/07;
Que existen actuaciones administrativas de cuyo análisis resulta posible su acogimiento al mencionado plan;
Que ello pone de manifiesto la intención de los contribuyentes en dar cumplimiento a sus obligaciones tributarias;
Que es intención de esta Administración mantener una relación Fisco-Contribuyente que permita cumplir en tiempo y forma las obligaciones tributarias;
Que en tal sentido resulta conveniente disponer la ampliación del plazo de la vigencia para la presentación de los acogimientos;
Por ello, en ejercicio de la facultad conferida por el inciso 22) del art. 4° del Código Fiscal (t.o. 2007),
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
Artículo 1° - Amplíase el alcance de la vigencia del plazo establecido en los art. 4° de la Resolución N° 447-DGR/07 y 3° de la Resolución N° 1.144-DGR/07, fijando como nueva fecha el día 7 de septiembre de 2007.
Artículo 2° - Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Subdirecciones Generales y Direcciones de esta Dirección General. Remítase copia al Banco Ciudad de Buenos Aires y a la Unidad de Proyectos Especiales de la citada entidad. Cumplido, archívese.